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012 y 968 362 000
Potenciar y difundir, a través de los alumnos, unos valores que conduzcan a que la imagen del que enseña, por el solo hecho de enseñar, tenga la consideración social que se merece, lo que contribuirá a acrecentar la autoridad y la confianza en el Maestro.
Se resuelve el procedimiento mediante Orden de 16 de diciembre de 2009, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se conceden para el curso 2009-2010, los premios Alumnos Región de Murcia: mi maestr@ de apoyo y reconocimiento escolar a la figura del maestro. (BORM nº 292, de 19/12/2009).
1.- Finalidad de los premios
Este concurso se convoca orientado a los siguientes fines:
a) Difundir entre los escolares unos valores en los que la imagen del maestro tenga la consideración social que se merece.
b) Contribuir a acrecentar la confianza y autoridad en el maestro.
c) Reconocer la creatividad de los alumnos, siendo el motivo la figura del maestro.
d) Propiciar un buen clima entre maestros y alumnos.
e) Transmitir a las familias la valoración y consideración de la función docente.
2.- Modalidades
El tema de los trabajos versará en torno a la figura del Maestro en sus distintas facetas educativas y sociales, quedando su contenido libre y a voluntad del alumno.
Los trabajos deberán ajustarse a las siguientes modalidades:
- Alumnos de Educación Infantil: Dibujo, a realizar en papel o cartulina tamaño DIN A4. Se aceptará la realización en cualquier tipo de material (lápices de colores, rotuladores, recortes para collage, etc.).
- Alumnos de Educación Primaria:
* Dibujo o Pintura a realizar en papel o cartulina tamaño DIN A4 o DIN A3. Se aceptará cualquier tipo de técnica.
* Poesía o Redacción en soporte papel, con una extensión máxima de cinco folios, por una sola cara.
- Alumnos de Enseñanza Secundaria Obligatoria:
* Dibujo o Pintura a realizar en papel o cartulina tamaño DIN A4 o DIN A3. Se aceptará cualquier tipo de técnica.
* Poesía o Redacción en soporte papel, con una extensión máxima de diez folios, por una sola cara y, preferiblemente, realizados mediante un procesador de textos.
* Trabajo realizado mediante el uso de las Nuevas Tecnologías.
En todos los casos, los trabajos que se presenten deben ser originales, inéditos y no haber obtenido premios o reconocimientos en otros concursos.
Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad de la Consejería de Educación, Formación y Empleo que podrá proceder a su exposición, publicación o hacer de ellos el uso que estime conveniente.
3.- Criterios para valorar los trabajos
La evaluación se realizará atendiendo a los siguientes criterios, cuya ordenación no presupone una prioridad entre ellos.
En la modalidad de Dibujo o Pintura: diseño, originalidad con relación al tema del concurso, buen uso del color, buen uso del medio, esfuerzo y presentación.
En la modalidad de Poesía o Redacción: legibilidad, la caligrafía y ortografía, el esfuerzo, la creatividad y originalidad en relación al tema del concurso y la pulcritud.
En la modalidad de trabajos realizados mediante el uso de las Nuevas Tecnologías: desarrollo de la creatividad en relación al tema del concurso, facilidad de manejo, calidad del entorno audiovisual, diseño claro y atractivo, calidad técnica y estética.
4.- Resolución
A la vista del informe técnico definitivo emitido por el Jurado, el Director General de Recursos Humanos formulará la propuesta de concesión de los premios al Consejero de Educación, Formación y Empleo, quién resolverá la concesión de los premios.
5.- Premios
Según las categorías, los premios destinados a esta convocatoria del concurso serán los siguientes:
Alumnos de Educación Infantil:
- 1 º Premio: Caja de pinturas, caballete y consola Nintendo WII.
- 2.º Premio: Caja de pinturas y consola Nintendo WII.
Alumnos de Educación Primaria:
- 1 º Premio Dibujo o Pintura: Caja de pinturas, caballete y consola Nintendo WII.
- 1.º Premio Poesía o Redacción:: Lote de libros y consola Nintendo WII.
Alumnos de Educación Secundaria Obligatoria:
- 1.º Premio Dibujo o Pintura: Caja de pinturas, caballete y consola Nintendo WII.
- 1.º Premio Poesía o Redacción: Lote de libros y consola Nintendo WII.
- 1.º Premio trabajos mediante el uso de las NN.TT.: Cámara de vídeo y consola Nintendo WII.
Cada uno de los alumnos premiados obtendrá además su correspondiente diploma.
Maestros y Profesores coordinadores de los trabajos de los alumnos Premiados:
- Un ordenador portátil
Los centros educativos con alumnos premiados, así como aquéllos que hayan presentado un mayor número de alumnos concursantes, recibirán un diploma de participación y reconocimiento.
Los alumnos premiados, así como los maestros y profesores estarán exentos de cumplir el requisito previsto en los artículos 13.2. e) y 14.1. e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6.- Entrega de Premios
La entrega de Premios a los alumnos concursantes, maestros, profesores y centros docentes, se efectuará en el Salón de Actos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, en un acto público que, presidido por el Consejero, constituirá una actuación más de reconocimiento a la labor docente del que puedan participar conjuntamente distintas generaciones, y proyectándose así la continuidad en la contribución a la dignificación de la profesión docente.
Alumnos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Estar matriculados en el presente curso 2009-2010 en los centros docentes públicos y privados concertados radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en las siguientes categorías:
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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Reconocer la calidad de los trabajos de arquitectura que se realizan en la Región, valorando especialmente su aportación a la sociedad.
A.- Premios:
B.- Información de bases de los premios y presentación de documentación:
Arquitectos/as a modo individual o formando parte de equipo multidisciplinar
Premios Arquitectura de la Región de Murcia
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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Dar un reconocimiento institucional, al más alto nivel, a aquellas actuaciones reconocidas como excelentes y ejemplares en el campo de la artesanía, e impulsar el desarrollo y la competitividad de artesanos, empresas, estudiantes y entidades u organismos públicos y privados para que se incentive la innovación, el diseño y la capacidad de adaptación al mercado en el mundo de la artesanía.
Solicitud y declaración responsable Premios de Artesanía de la Región de Murcia 2019
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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Distinguir a los agentes de la edificación y usuarios de los edificios, que han permanecido en el tiempo, manteniendo las características iniciales o aquellos cuyas cualidades, al menos, han alcanzado un equilibrio en los requisitos de seguridad y habitabilidad que satisfacen a los usuarios.
Estos premios se convocan con carácter bianual.
La convocatoria de 2019 es la VIII edición de estos premios.
El jurado podrá otorgar el Premio Regional de Calidad en la Edificación VIII Edición a un edificio de cada una de las clases establecidas en la Base 2ª, así como, una mención especial a la accesibilidad, establecido en el apartado 3.2.
El jurado podrá otorgar premios o menciones a los trabajos relacionados con la duración de los edificios que reúnan los méritos técnicos suficientes. Podrán entregarse hasta un máximo de siete premios a aquellos trabajos o iniciativas que supongan aportación técnica, tecnológica o social a la duración eficiente de los edificios o a la difusión de una mentalidad de mantenimiento de los mismos. Podrán concederse menciones a aquellos casos no premiados que hagan algún tipo de aportación a las ideas que el Premio Regional quiere destacar.
El Premio Regional a la Calidad será expresado del siguiente modo: el Director de Ejecución recibirá un trofeo y un diploma acreditativo. El Director de Obra, el Promotor, el Constructor del edificio, y el Administrador de Fincas, en su caso, recibirán un diploma acreditativo.
El jurado podrá conceder un Premio Especial a la meritoria labor personal o profesional a favor de la conservación eficiente de la construcción, a propuesta del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de la Región de Murcia, consistente en un trofeo y un diploma acreditativo.
Comunidades de propietarios, arquitectos, aparejadores, administradores de fincas y/o entidades públicas o privadas.
Podrán concursar a estos premios los edificios existentes en la Región de Murcia que tengan una antigüedad igual o mayor a 15 años desde su construcción.
Los edificios que hayan sido objeto de intervenciones parciales, reformas puntuales y reparaciones de poca envergadura, o actuaciones de mantenimiento podrán ser inscritas en los apartados A,B,C o E en función de su uso
En el apartado D de rehabilitación, podrán participar aquellos edificios en los que haya trascurrido al menos 5 años desde la fecha de su rehabilitación o se haya mejorado la eficiencia energética así como la accesibilidad.
Los apartados a los que se podrán presentar los edificios serán los siguientes:
A. Edificaciones de uso residencial
A.1. Viviendas unifamiliares
A.2. Viviendas colectivas
B. Edificaciones de uso institucional
C. Edificaciones de uso turístico
D. Rehabilitaciones
D.1. Inversión pública
D.2. Inversión privada
E. Otros usos
Solicitud para participar en la convocatoria de los Premios de Calidad en la Edificación de la Región de Murcia
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
La finalización del procedimiento se hará mediante el fallo del jurado que será inapelable y se levantará acta.
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene
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La finalización del procedimiento se hará mediante el fallo del jurado que será inapelable y se levantará acta.
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Difundir las actuaciones de diseño de interior de todo tipo de espacios y edificaciones, para contribuir a fomentar la calidad de su diseño, la funcionalidad y la estética de las mismas, promocionándolo como actividad profesional.
Premios y Menciones:
El jurado otorgará un premio por cada una de las categorías indicadas, salvo en la referida trabajos realizados fuera de la región que otorgará una mención especial, pudiendo quedar desierto en cada categoría.
El jurado podrá otorgar, además de los indicados premios, las menciones a aquellos proyectos que, aun no habiendo sido premiados, destaquen por su calidad.
El jurado otorgará un Premio honorífico a la trayectoria del profesional que el Colegio de Diseñadores de Interior y Decoradores de la Región de Murcia considere merecedor, una vez valoradas, tanto su trayectoria profesional como la calidad de su trabajo.
A los autores de las obras premiadas se les entregará el correspondiente diploma acreditativo y un galardón indicando el premio y el año de la concesión.
Decoradores y/o Diseñadores de Interior titulados.
Podrán optar a estos premios las obras o trabajos realizados por decoradores y/o diseñadores de interior titulados, (Graduados en Artes Aplicadas, Especialidad Decoración, Diseñadores de Interior, Técnicos Superiores de Artes Plásticas y Diseño, en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, Amueblamiento, Arquitectura Efímera, Escaparatismo o Elementos de Jardín, Titulados Superiores en Diseño de Interiores y Titulados de Grado en Diseño de Interiores), ubicados en la Región de Murcia. Podrán además concurrir trabajos ejecutados fuera de la región por colegiados del Colegio Oficial de Diseñadores de Interior y Decoradores de la Región de Murcia.
Los trabajos que se presenten deben haber sido finalizados entre los días 1 de enero de 2015 y 31 de diciembre de 2017.
Las categorías a las que pueden presentarse las obras o trabajos serán las siguientes:
A. Viviendas Unifamiliares (exentas y entre medianeras).
B. Viviendas urbanas (edificación vertical).
C. Hoteles y aparta hoteles.
D. Locales de acceso público-comercio.
E. Locales de acceso público de ocio (Bares, restaurantes, pubs y discotecas).
F. Locales de acceso público- de trabajo (oficinas, consultas, despachos).
G. Diseño efímero (stands para ferias, exposiciones y escaparates) y escenográfico (teatro, cine y televisión).
H. Diseño de mobiliario e iluminación (integrado en un proyecto de diseño de interior).
I. Trabajos realizados fuera de la región por los colegiados del CODID-RM.
Una vez admitidos los proyectos se solicitará un panel rígido y ligero (cartón pluma) en tamaño A1 (vertical) con el resumen del proyecto para la exposición en el día del fallo.
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Reconocer y dar a conocer los ejemplos de Obra Civil de calidad y excelencia, en la Región de Murcia.
Premios:
1. Premio regional de obra civil. El jurado podrá otorgar el Premio Regional de Obra Civil - 2.ª Edición -, entre los trabajos indicados en los apartados A) al D) de la base 2ª.
2. Premios y menciones. Podrán otorgarse premios entre los trabajos descritos en los apartados 1) y 2) de la base 2ª.
Entre las actuaciones que no hayan obtenido premio, podrán destacarse con mención aquéllas que el jurado aprecie como merecedoras de un reconocimiento.
3. Premios especiales. El jurado podrá otorgar premios en las categorías especiales que se indican a continuación:
3.1. A la innovación y divulgación. Reconocimiento a las iniciativas, procesos o actuaciones a que hace referencia el apartado E de la base 2ª y que hayan optado a este premio.
3.2. A la labor profesional. Reconocimiento a la meritoria trayectoria personal y profesional a favor de la ingeniería a que hace refrencia el apartado F de la base 2ª, que lo otorgará el jurado en base a las propuestas formuladas por el Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos Canales y Puertos, Demarcación de Murcia.
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Podrán optar a estos premios, las obras o trabajos emplazados en la Región de Murcia, que hayan sido finalizados entre los días 1 de enero de 2015 y 31 de diciembre de 2018.
No obstante, los trabajos realizados con anterioridad a la fecha indicada y que no hayan recibido algún premio, ni mención, en otras convocatorias, podrán optar a la correspondiente categoría de premio especial que se indica en la base tercera.
Los autores de las obras o trabajos deberán ser Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, excepto las actuaciones descritas en la base 2ª apartado F, que podrán ser realizadas por cualquier persona física o jurídica.
Podrán concurrir a estos premios actuaciones de:
1.- Obras y/o proyectos de:
A) Obras Hidráulicas y Medio Ambiente.
B) Transporte y Movilidad.
C) Ordenación del Territorio y Urbanismo
D) Costas y Obras Marítimas
E) Innovación y Divulgación.
F) Labor Profesional.
2.- Proyectos, anteproyectos, informes, estudios previos, estudios de movilidad, etc, redactado por Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que no hayan pasado a fase de ejecución.
El solicitante recibirá por correo electrónico el acuse de haber formalizado correctamente la inscripción así como un código de identificación.
La cuota de inscripción será de 20 + IVA por trabajo u obra presentada.
El abono de la cuota se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta ES79 2038 3024 5760 00270073 (BANKIA) Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Por vía telemática en la WEB http://opeweb.carm.es/premiosingenieriacivil/ utilizando el código de identificación se presentará justificación de la transferencia bancaria, la ficha de obra, en su caso certificado final de obra, y documentación técnica con imágenes, lámina resumen, en su caso Video y Memoria Descriptiva ( máximo 400 palabras).
Premios de Obra Civil de la Región de Murcia
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Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Jurado
Plazo de resolución: 0
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Reconocer públicamente el mérito de aquellas empresas, instituciones, organizaciones y colectivos de la Región que contribuyen a estimular la seguridad industrial en la Región de Murcia y que hayan realizado un importante esfuerzo para mejorar su competitividad a través de algunos de los factores que afectan a la seguridad de sus instalaciones y organización.
Se considerará como empresa perteneciente al sector industrial toda entidad, independientemente de su forma jurídica, incluida en el ámbito de aplicación del artículo 3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
A juicio del jurado, podrán considerarse como empresas pertenecientes al sector industrial aquellas que, aún no estando encuadradas en las actividades relacionadas en dicho artículo, justifiquen documentalmente mediante anexo a la memoria técnica la condición del solicitante de pertenencia a dicho sector.
Seguimiento de la tramitación:
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.
a) Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otros tipos de unidades económicas o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las instituciones sin fines de lucro, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Empresas pertenecientes al sector industrial, agrupaciones o asociaciones de las mismas.
Las empresas que presenten candidatura deberán estar inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, en caso de que así proceda reglamentariamente. En tal caso, y al efecto, se considerará como requisito para adquirir la condición de candidato la disposición de número de Registro Industrial actualizado, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 47/2003, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, y el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial, o bien la existencia de expediente de inscripción y/o actualización en trámite a la fecha de la solicitud correspondiente.
En el caso de las empresas o entidades, estas deberán tener la sede social o al menos un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Cuando se trate de agrupaciones de empresas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud. Cada una de ellas tendrá igualmente la consideración de candidatos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como candidato, corresponden a la agrupación.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
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Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
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Reconocer y distinguir públicamente la labor de aquellas personas físicas, instituciones, entidades sociales y demás personas jurídicas que se hayan distinguido por su labor a favor de la integración de las personas mayores.
Modalidades:
a) Un premio a la persona mayor del año, en reconocimiento de quien se haya distinguido de forma eminente en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política, laboral o económica. A estos efectos se entenderá por persona mayor la persona física que tenga 65 ó más años de edad.
b) Un premio al colectivo o persona física o jurídica que haya destacado por su labor de fomento y sensibilización en pro de la integración de las personas mayores en el ámbito autonómico de la Región de Murcia.
c) Un premio al colectivo o persona física o jurídica que haya destacado por su labor de fomento y sensibilización en pro de la integración de las personas mayores en el ámbito local de la Región de Murcia.
En ningún caso se podrán otorgar estos premios a aquellas personas mayores que hayan sido galardonadas en ediciones anteriores.
Las candidaturas a obtener los premios convocados para las modalidades recogidas en los apartados a) y b) del punto primero del artículo 3 de la Resolución de convocatoria, serán propuestas por las Consejerías de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Para la modalidad recogida en el apartado c), los candidatos serán propuestos por las entidades locales de la Región de Murcia. En los tres supuestos habrán de remitirse las candidaturas en sobre cerrado al titular de la presidencia del jurado.
Las propuestas deberán ser comprensivas de los valores y méritos de cada candidatura, de forma que permitan su adecuada valoración por el jurado, no pudiendo exceder de dos para cada una de las modalidades establecidas.
La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las bases reguladoras. Las propuestas que no se sujeten a lo dispuesto no serán admitidas.
El jurado estará compuesto por:
Presidencia: La persona titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, o persona en quien delegue. En caso de vacante, ausencia o enfermedad será ejercida por la Vicepresidencia.
Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección Gerencial del IMAS o persona en que delegue.
Vocalías:
- La persona titular de la Dirección General de Personas Mayores del IMAS. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la Dirección Gerencial designará un suplente.
- La persona titular de la Subdirección General de Personas Mayores del IMAS. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la Dirección General de Personas Mayores designará un suplente.
- Dos representantes de la Federación de Municipios de la Región de Murcia.
- Dos representantes de los medios de comunicación de la Región de Murcia, designados por la persona titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
- Dos representantes del Consejo Asesor Regional de Personas Mayores de la Región de Murcia, designados por el mismo de entre sus miembros.
- El representante de los mayores de la Región de Murcia en el Consejo Estatal de Mayores.
Se nombrará igual número de suplentes que de miembros titulares que representen a estas entidades y organizaciones.
La Secretaría corresponderá a una persona funcionaria del Instituto Murciano de Acción Social, designada por la persona titular de la Dirección Gerencial del IMAS.
El jurado podrá declarar desiertas todas o algunas de las modalidades convocadas, no pudiendo declararse compartidas.
Con carácter excepcional y sólo en el caso de que en las personas candidatas no premiadas concurrieran especiales méritos que las hicieran acreedoras de distinción, el jurado podrá otorgar menciones especiales.
El funcionamiento y régimen interno del jurado será el establecido para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
El jurado seleccionará las candidaturas elegidas para cada una de las modalidades.
Estos premios tendrán carácter exclusivamente honorífico y no generarán derecho económico alguno.
La entrega de los premios se realizará en acto público por la persona titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el lugar y fecha que oportunamente se designe, otorgándose un galardón conmemorativo.
Personas físicas, instituciones, entidades sociales y demás personas jurídicas.
Las propuestas deberán ser comprensivas de los valores y méritos de cada candidatura, de forma que permitan su adecuada valoración por el jurado, no pudiendo exceder de dos para cada una de las modalidades establecidas.
Deberán presentarse únicamente a través de la Sede Electrónica Habilitada de la Administración Pública de la CARM, ubicada en la página web http://www.carm.es, en el supuesto de las Entidades Locales; y a través de la aplicación Corporativa de Comunicaciones de Régimen Interior, en el supuesto de otras Consejerías pertenecientes a la Comunidad Autónoma.
En la página web se cumplimentará la presentación de las candidaturas, que deberán presentarse en un archivo en formato PDF o JPG.
No deberán tener una extensión superior a las 5 páginas.
Deberá utilizarse el tipo de letra Arial 12.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
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Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A MUJER,IGUALDAD,LGTBI,FAM Y PS |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Facilitar al alumnado que haya finalizado las Enseñanzas Profesionales de Música, de Danza y de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en la Región de Murcia, la participación en los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales, modalidades Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño.
Se convocan tres modalidades para los premios correspondientes al año académico 2018-2019 - Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño - con la distribución siguiente:
Modalidad Música: 6 premios.
Modalidad Danza: 2 premios.
Modalidad Artes Plásticas y Diseño: 2 premios.
Los premios de la presente convocatoria consistirán en un diploma acreditativo y una dotación económica de 600 euros por premio. Se entregarán a los ganadores en un acto público. Se consignará su obtención en su expediente académico.
Los ganadores de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia serán propuestos por la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial para participar en los Premios Nacionales de estas enseñanzas. Será necesario además que los interesados presenten la correspondiente solicitud según establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la convocatoria anual.
La resolución provisional de concesión estará disponible en las dependencias del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y se notificará a los interesados mediante la publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura, (Avda. de La Fama, 15 Murcia). También se podrá acceder a través de la dirección http://www.carm.es/educacion, en el área temática de enseñanzas artísticas. Los interesados dispondrán de un plazo de 2 días hábiles para presentar alegaciones.
La resolución definitiva de concesión debe efectuarse mediante orden de la Consejera de Educación y Cultura
Alumnos que hayan finalizado en el año académico 2018-2019 las Enseñanzas Profesionales de Danza, de Música o de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño en centros educativos de la Región de Murcia.
Haber finalizado en el año académico 2018-2019 las Enseñanzas Profesionales de Danza, de Música o de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño en centros educativos de la Región de Murcia y cumplir los siguientes requisitos académicos:
a) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en los dos últimos cursos de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza.
b) Haber obtenido una nota media final en el ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño igual o superior a 8,75 puntos.
Solicitud de premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Con el fin de facilitar el procedimiento, se recomienda que las solicitudes se presenten, preferentemente, en las secretarías de los centros públicos, donde los solicitantes hayan finalizado en 2019 las enseñanzas profesionales correspondientes. En el caso de los centros privados autorizados, la solicitud se presentará en el centro público al que estén adscritos.
También podrá presentarse la solicitud en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Región de Murcia, en el Registro Electrónico Único de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (sede.carm.es), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para presentar la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Facilitar la presentación de solicitudes de procedimientos o trámites que no disponen de procedimiento publicado en Guía de Procedimientos y Servicios y ofrecer información respecto de la tipología de formularios electrónicos.
A.- Téngase en consideración la tipología de formularios electrónicos disponibles:
1.- .- FORMULARIO ELECTRÓNICO ESPECÍFICO:
Si la solicitud que pretenda realizar dispone de Formulario electrónico específico, ha de presentarla en el modelo oficial aprobado, al que puede acceder desde el menú Dónde y Cómo tramitar escogiendo Presentación de solicitud de inicio de la Guía de Procedimientos y Servicios (en adelante GSE) o a través de la Sede electrónica desde el menú Acceda a todos los trámites electrónicos de la sede.
Mediante los buscadores podrá localizar el procedimiento bien introduciendo en el campo correspondiente el código, si se conoce, o la denominación o parte de ella, en el buscador habilitado al efecto en la Sede electrónica de esta Administración Regional.
2.-FORMULARIO ELECTRÓNICO GENÉRICO
Cuando la solicitud que se pretenda realizar NO disponga de formulario electrónico específico, se ha de utilizar la opción Formulario electrónico genérico, en este caso puede acceder a la Guía de procedimientos y Servicios en adelante (GSE) , o mediante los buscadores de código o destino disponibles en la Sede electrónica.
Existe la posibilidad de que para el inicio del procedimiento se requiera información concreta adicional a la que solicita el formulario electrónico genérico, en este caso, el sistema le informa de ello y deberá cumplimentar el modelo de los solicitud disponible en el menú de presencial de la Guía de Procedimientos y Servicios y adjuntarlo a la solicitud electrónica genérica junto con el resto de documentación requerida y la autoliquidación de la tasa, con la validación bancaria, en el supuesto de que se requiera pago de tasas.
3.-ACTOS DE TRÁMITE EN UN EXPEDIENTE YA INICIADO:
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
- El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
4. DESESTIMIENTO O RENUNCIA:
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
5. PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE SOLICITUDES, ESCRITOS Y COMUNICACIONES NO DISPONIBLES EN GUÍA DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS:
Para aquellas solicitudes que se desean realizar electrónicamente y cuyo procedimiento asociado no está publicado en Guía de Servicios, se ha puesto a disposición el formulario genérico de este procedimiento.
B.- Para la presentación de la solicitud electrónica con carácter general :
a) Una vez seleccione el formulario que se desea realizar, pinchando sobre él, nos lleva a la pantalla de inicio de la tramitación, en la que aparece el mensaje tramitar ONLINE para realizar la solicitud. Además, encontrará un apartado de ayuda, otro de información de interés, desde el que podrá acceder a la información de la Guía de Procedimientos y Servicios, sobre requisitos y documentos a aportar junto con la solicitud (excepto para el supuesto de solicitudes de procedimientos no disponibles en la GSE) y a los trámites realizados electrónicamente y obtención de copias auténticas.
b) En cualquiera de los tipos de formulario de presentación, cuando la documentación a adjuntar supere las 10 MB, se debe presentar una nueva solicitud, utilizando el Formulario para actos de trámite.
No existen requisitos específicos
Presentación Electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones no disponibles en la Guía de Procedimientos y Servicios
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.