Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular el derecho de admisión, ingresos y traslados de usuarios en centros para personas con discapacidad (no dependientes).

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Ciudadanos de la Región de Murcia con deficiencia intelectual o enfermedad mental(no dependientes).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
    D.G. PERSONAS CON DISCAPACIDAD (A14013938)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Requisitos generales:

    Ser mayor de 18 años y no superar los 60.

    Haber residido en la Región de Murcia durante al menos dos años, o que su representante legal resida en ella desde, al menos, los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o haya sido trasladado a ésta por motivos laborales.

    Estar afectado de deficiencia intelectual o de enfermedad mental (no dependiente).

    Estar incapacitado judicialmente o haberse iniciado el trámite de incapacitación.

    No ser posible su integración en el mercado laboral o en un Centro Especial de Empleo.

    Para acceder al servicio de residencia es necesario que carezca en su medio habitual de recursos que garanticen la atención integral necesaria para su desarrollo personal y alcanzar al menos el 30% de la puntuación máxima del Área Social del Baremo de Evaluación que, como Anexo Único, se incorpora al Decreto que regula este procedimiento.

    Requisitos específicos:

    No padecer trastornos de conducta que puedan provocar graves problemas de convivencia en el Centro.

    No padecer enfermedad infecto-contagiosa o enfermedad crónica que requieran atención permanente en centro hospitalario.

    Disponer de la autorización judicial a que se refiere el artículo 211 del Código Civil, cuando se incluya la prestación del servicio de residencia.

    • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificación acreditativa de la condición de pensionista no contributivo (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS

    Plazo de resolución: 2 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Dar de alta en el registro informático, a los usuarios del Servicio Regional de Empleo y Formación, para poder participar de los servicios que ofrece, incluyendo la demanda de empleo.

    La inscripción la puede hacer personándose en su oficina de empleo correspondiente o a través de internet.

    Para la inscripción de trabajadores vía internet, es necesario haber tenido demanda de servicios con anterioridad.

    El lugar de presentación será la oficina de empleo que le corresponda, según el código postal de su domicilio.

    Es conveniente que mantenga actualizados sus datos personales y profesionales registrados en el servicio público de empleo.

    La contraseña para inscribirse por internet le sera remitida por sms a su teléfono móvil, en caso de constar en la base de datos del SEF, de lo contrario debera acudir a su Oficina de Empleo.

    Por otro lado, para prestaciones por desempleo, hay que contactar con el Servicio Público de Empleo Estatal.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Ciudadanos en edad laboral, tanto españoles como extranjeros (estos últimos con permiso de residencia en vigor o autorización para poder trabajar).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los requisitos para adquirir la condición de Persona Demandante son:

    - Tener como mínimo 16 años.

    - No estar incapacitado para el trabajo

    - Disponer de DNI o NIE. Las personas sin DNI o NIE podrán inscribirse según determine la normativa vigente.

    - Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea, o nacional de un país firmante del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega o Liechtenstein) o nacional de la Confederación Suiza.

    - Ser trabajador extranjero no comunitario, con reconocimiento de acceso al mercado nacional de trabajo.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Solicitar la inscripción de la constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

    Las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones deberán inscribirse en el Registro de Asociaciones a los solos efectos de publicidad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la Constitución Española y 10.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

    La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, y es garantía tanto para los terceros que con ellas se relacionan como para sus propios miembros.

    Se regirán por su legislación específica: los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones empresariales, las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios; así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales. En este sentido existen Registros Específicos por lo que habrá que referenciar la citada legislación en el articulado de los estatutos para su adecuada inscripción en el Registro correspondiente.

    El artículo 7.1.d de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece que los fines y actividades de la asociación han de estar descritos de forma precisa en los estatutos.

    Dirección postal del Registro de Asociaciones:

    C/ Isaac Albéniz nº 4, Entresuelo- 30071 MURCIA.

    Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.

    Secretaría General.

    Consejería de Presidencia y Hacienda.

    Dirección electrónica del Registro de Asociaciones:

    asociaciones@carm.es

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Asociaciones cuyo ámbito territorial es la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y HACIENDA (A14028305)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Existencia de acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas de constituir una Asociación de ámbito regional en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

    Inscripción de constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia

    • Acta
      (Obligatorio / No original)
      Acta Fundacional de la Asociación
    • Estatutos
      (Obligatorio / No original)
      Un ejemplar de Estatutos de la Asociación que se solicita inscribir, que debe ir firmado en todas sus páginas, al menos por el Presidente/a y el Secretario/a de la Asociación.
    • Solicitud
      (Obligatorio / No original)
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / No original)
      Justificante del pago de la Tasa T010.2 General de Administración, para la primera inscripción de constitución de una Asociación en el Registro.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: SECRETARIO/A GENERAL PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Proteger y defender la propiedad intelectual como actividad fundamental para el correcto funcionamiento de las industrias culturales. Los contenidos creativos constituyen el principal activo de la industria cultural y de este sector depende una buena parte de la economía en la actualidad.

    El Registro Territorial de la Propiedad Intelectual es el órgano administrativo encargado de proteger los contenidos creativos de las industrias y de los titulares de derechos intelectuales mediante el registro de sus derechos.

    En el Registro pueden inscribirse los derechos sobre todas las obras, actuaciones y producciones protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual y por las restantes disposiciones legales y tratados internacionales ratificados por España, relativos a la protección de la propiedad intelectual.

    Web: http://www.carm.es/rtpi

    Email: rtpi.murcia@carm.es

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Los titulares de derechos de propiedad intelectual (de autor y derechos afines) sobre todas las creaciones originales literarias, científicas y artísticas, expresadas por cualquier medio o soporte, comprendiéndose entre ellas: dibujos y diseños, fotografías, obras plásticas, proyectos de arquitectura o ingeniería, programas de ordenador, bases de datos, páginas web, obras multimedia, etc.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN Y CULTURA (A14028775)

    No existen requisitos específicos

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • T940. Tasa prestacion servicio Registro Territorial P.Intelectual

      H00001 - Tramitación exped.Incripción derechos Propiedad Intelectual

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve:

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Información adicional sobre recursos

    Contra el Acuerdo del Registrador, admitiendo o denegando la inscripción de dere
    chos, podrán ejercitarse directamente ante la jurisdicción civil las acciones co
    rrespondientes, de conformidad con lo dispuesto en el punto 2 del artículo 145 d
    el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el tex
    to refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en la Sección correspondientes del Registro General del Juego.

    - El importe de las fianzas viene recogido en el artículo 27 y 41 del Decreto 72/2008 de acuerdo a las siguientes cantidades:

    1º Inscripción como empresa fabricante o importadora. 90.000 € (Esta fianza se exigirá si el proceso de fabricación o el domicilio social radica en el ámbito territorial de la Región de Murcia).

    2º. Inscripción por cada modelo provisional: 9.000 €.

    3º. Inscripción por cada tres modelos provisionales simultáneos: 18.000 €.

    4º. Inscripción como empresa comercializadora, de reparación o servicio técnico: 48.000 €.

    5º Inscripción como empresa operadora de máquinas tipo B: 30.000 €.

    6º Inscripción como empresa operadora de máquinas tipo B: 60.000 €.

    7º. Explotación de hasta 50 máquinas: 30.000 €.

    8º Explotación de hasta 100 máquinas: 60.000 €.

    9º Explotación de hasta 300 máquinas: 180.000 €.

    10º Explotación de hasta 500 máquinas: 300.000 €.

    11º Explotación de hasta 1.000 máquinas: 601.000 €.

    12º Explotación de más de 1.000 máquinas: 60.000 €adicionales por cada 100 máquinas o fracción.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Las empresas que tengan por objeto la fabricación, comercialización o distribución, reparación o explotación de las máquinas o explotación de salones deberán inscribirse en la Sección correspondiente del Registro General del Juego de la Región de Murcia.

    - Las empresas que soliciten autorización para la organización y explotación del juego que estén constituidad en forma de sociedad mercantil deberán contar con un capital social mínimo de 90.000 euros que estará representado por acciones o participaciones.

    - Las empresas cuyo titular fuese persona física que soliciten autorización para la organización y explotación de juego deberán contar con un patrimonio neto de 90.000 euros, fijado de acuerdo con las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.

    - Las empresas deben figurar en alta en la declaración censal y estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones fisicales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego

    • Declaración
      (No obligatorio / No original)
      En caso de personas físicas, declaración del Impuesto sobre Patrimonio (si no presenta declaración, relación de bienes y derechos siguiendo los mismos criterios del Impuesto sobre el Patrimonio, no inferior a 90.000 euros).
    • Memoria
      (No obligatorio / No original)
      Memoria sobre la experiencia profesional, medios humanos y técnicos, locales,oficinas, etc., indicando si son propios o ajenos.
    • Justificante de depósito de Fianza
      (No obligatorio / No original)
      Justificación de haber constituido la fianza correspondiente.
    • Certificación de alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda.
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, tanto de la empresa como de sus empleados.
    • Escritura pública
      (No obligatorio / No original)
      En caso de sociedades, escritura pública en la que constará la cuantía de capital desembolsado, no inferior a 90.000 euros, los nombres y apellidos de los socios, con la cuota de participación de los mismos, copia de los estatutos y Certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa administrativa correspondiente.
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
    • Consulta de Inexistencia de Antecedentes Penales por Documentación (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A AGENCIA TRIBUTARIA DE LA R.M.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir como fiador en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias para prestar caución a favor de personas no residentes.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Tener asegurada su solvencia para prestar caución por importe de, al menos, 300.000 euros.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

    Plazo de resolución: 5 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir instalaciones productoras de energía eléctrica, en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.

    Seguimiento de la tramitación:

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder a la Sede Electrónica de la CARM y pulsar sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío". En caso de estar en posesión de la diligencia de inscripción, podrán también realizar esta consulta seleccionando el procedimiento correspondiente e introduciendo el número de expediente y la contraseña que figura en la parte inferior del código de barras que contiene la diligencia de inscripción.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica, a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Se puede ver la documentación a adjuntar en la parte posterior de las diferentes solicitudes que se pueden descargar desde este procedimiento (inscripciones nuevas, cancelaciones, cambios de titular y modificaciones técnicas).

    Para las nuevas inscripciones los requisitos son:

    Permisos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes por la totalidad de la potencia de la instalación.

    Inscripción en el Registro de instalaciones eléctricas de baja tensión.

    Autorización administrativa de explotación provisional para pruebas, para la inscripción previa, y autorización de explotación definitiva para la inscripción definitiva, en el caso de tratarse de instalaciones de alta tensión.

    Contrato técnico con la empresa distribuidora o, en su caso, contrato técnico de acceso a la red de transporte.

    Certificado emitido por el encargado de la lectura, que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, aprobado por el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, con detalle del Código de la Instalación de producción a efectos de Liquidación (CIL).

    Informe del gestor de la red de transporte, o del gestor de la red de distribución en su caso,que acredite la adecuada cumplimentación de los procedimientos de acceso y conexión y el cumplimiento de los requisitos de información, técnicos y operativos establecidos en los proecedimientos de operación, incluyendo la adscripción a un centro de control de generación con los requisitos establecidos en el presente real decreto.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir una instalación elevadora de aguas subterráneas en sondeos, un grupo electrógeno o una línea eléctrica de baja tensión que preste servicio en actividades extractivas de exterior.

    - Seguimiento de la tramitación

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.

    Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Notificaciones electrónicas

    Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

    - Información Particular

    Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.

    Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Tasas

    El abono de esta tasa podrá realizarse junto con la solicitud o, posteriormente durante la tramitación del expediente, remitiendo el justificante del abono mediante el formulario para actos de trámite en un expediente ya iniciado.

    Obligados a tramitar electrónicamente

    La autoliquidación se hará en la Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La carta de pago para el abono de la tasa se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud.

    Ciudadanos no obligados a tramitar electrónicamente

    Tienen tres opciones distintas:

    1.- Tradicional: La carta de pago se facilitará en las dependencias del Registro de la Dirección General de Energía y Actividad Industria y Minera, sita en calle García Alix nº 9 (duplicado) de Murcia capital, realizando posteriormente el abono en cualquiera de las entidades indicadas en la misma.

    2.- Electrónica con certificado digital: Entrando en la Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, donde realizaremos una búsqueda del procedimiento que deseamos iniciar. Una vez localizado, abrimos el menú del procedimiento pinchando sobre el texto de la denominación del mismo y, posteriormente, sobre el enlace “Obtener carta de pago” disponible dentro de la pestaña “Tasas”. Una vez cumplimentados los datos necesarios se generará un archivo .pfd con tres ejemplares de carta de pago en los que aparecen indicadas las posibles formas de efectuar el abono.

    3.- Mediante TPV-Datáfono. Se hará personalmente en cualquiera de la Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Administración Regional de la CARM. Más información sobre el pago de tasas en servicio con código 2544 “pago impuestos y tasas de la CARM” de la Guía de Procedimientos y Servicios.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    El titular de la instalación o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser titular, concesionario y/o explotador autorizado de una explotación minera, excepto para instalaciones elevadoras de aguas subterráneas que debe ser titular de un sondeo.

    Solicitud de inscripción de instalación elevadora de aguas subterráneas en sondeo, grupo electrógeno y línea eléctrica en baja tensión en actividades extractivas de exterior

    • Proyecto Técnico
      (No obligatorio / Original)
      Proyecto técnico de instalación elevadora de aguas subterráneas o grupo electrógeno y línea de distribución en baja tensión en actividades extractivas de exterior
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)
    • Certificado de inspección
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de inspección inicial de la instalación eléctrica de baja tensión, realizado por Organismo de Control, conforme a la ITC-BT 05, del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión
    • Certificación
      (No obligatorio / Original)
      Certificación de finalización de obra relativa a las instalaciones eléctricas, expedida por el Director Facultativo de obras e instalaciones donde se haga constar que dichas instalaciones se han ejecutado bajo su dirección conforme al proyecto y que cumplen con el vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Complementarias
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Documento público de transmisión de la instalación con liquidación del impuesto correspondiente
    • Memoria técnica de diseño
      (No obligatorio / Original)
      Memoria técnica de diseño de instalaciones eléctricas de baja tensión

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Información adicional sobre recursos

    Alzada: ante la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir la constitución de clubes deportivos, que tengan su domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    -La inscripción en el Registro será requisito indispensable para:

    a) Reconocimiento oficial de la actividad de las entidades deportivas, a los efectos de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia (BORM 71, de 27/03/2015). Puede consultarse en Normativa.

    b) Acceder a los derechos y beneficios que prevé la citada Ley, además de percibir subvenciones y celebrar cualquier tipo de convenio, con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    c) Solicitar su integración en la federación deportiva regional correspondiente.

    - En la Carta de servicios de la Dirección General de Deportes figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "23. Tramitar el alta en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia de la constitución de un Club Deportivo en el plazo máximo de un mes".

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Clubes deportivos de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Son los establecidos por:

    El Decreto 221/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan los clubes deportivos y entidades de promoción y recreación deportiva de la Región de Murcia (BORM nº 257, de 07/11/2006). Puede consultarse en Normativa.

    El Decreto 222/2006, de 27 de octubre, por el que se regula el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM nº 257, de 07/11/2006). Puede consultarse en Normativa.

    • Acta
      (Obligatorio / Original)
      Dos originales del Acta fundacional del club, cumplimentando el Anexo II.
    • Estatutos
      (Obligatorio / Original)
      Dos originales de los Estatutos del Club, conforme al Anexo III.
    • Relación
      (Obligatorio / Original)
      Autorización para consultar la identidad de los promotores, según Anexo V.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Realizar la inscripción de la modificación de estatutos de clubes deportivos, en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto n.º 221/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan los clubes deportivos y entidades de promoción y recreación deportiva de la Región de Murcia (BORM nº 257, de 07/11/2006, puede consultarse en Normativa), los clubes inscritos en el Registro de Entidades Deportivas, con anterioridad al 1 de diciembre de 2006, deberán adaptar sus estatutos y reglamentos al contenido del citado Decreto, en el plazo máximo de un año, desde su entrada en vigor.

    En caso de que no se realice la correspondiente adaptación e inscripción de la misma en el Registro, antes del plazo señalado, se revocará la inscripción del club en dicho Registro.

    En la Carta de servicios de la Dirección General de Deportes figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "24. Tramitar la modificación de estatutos sociales de un Club Deportivo en el Registro de Entidades Deportivas en el plazo máximo de quince días".

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Clubes deportivos de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los establecidos por:

    El Decreto 221/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan los clubes deportivos y entidades de promoción y recreación deportiva de la Región de Murcia (BORM nº 257, de 07/11/2006). Puede consultarse en Normativa.

    El Decreto 222/2006, de 27 de octubre, por el que se regula el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM nº 257, de 07/11/2006). Puede consultarse en Normativa.

    • Estatutos
      (Obligatorio / Original)
      y certificado de aprobación de la modificación de los estatutos del club (AnexoII).
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      del club deportivo

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

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