Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Solicitar la incorporación a la Red de Centros de Acceso y Certificación del servicio de evaluación rápida de conocimientos de idiomas extranjeros del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas de Formación incluidas en el Registro de Centros de Formación del SEF.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Ser Empresas de Formación incluídas en el Registro de Centro de Formación del SEF.

    - Contar con Centros de Formación homologados para impartir especialidades formativas o Certificados de Profesionalidad que incluyan módulos de formación en idiomas extranjeros.

    - Desarrollar su actividad docente de forma continua a lo largo de todo el año.

    - Contar con personal docente propio.

    - Contar con servicios permanentes de Secretaría y Administración.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Incorporar nuevos centros educativos con enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, a la Red de Centros de Excelencia de la Región de Murcia siguiendo el modelo CAF Educación.

    1.-Fases de implantación del modelo CAF Educación

    La incorporación del modelo de excelencia CAF Educación implicará en cada centro educativo el desarrollo de las tres fases que se relacionan a continuación:

    I. Primera fase, donde el centro comienza a estructurar su sistema de gestión de calidad por procesos:

    1. Mapa Procesos.
    2. Diseño de Procesos.
    3. Subprocesos/procedimientos/indicadores.
    4. Índice de Percepción de Calidad de los Servicios (IPCS).

    II. Segunda fase, finalización del sistema de gestión por procesos y planificación estratégica:

    5. Subprocesos/procedimientos/indicadores.
    6. Cuadro de Mandos Integral.
    7. Planificación estratégica: Misión, Visión y Valores.
    8. Planificación estratégica: objetivos estratégicos.
    9. Plan de Calidad, Quejas y Sugerencias, y Plan de Mejoras.
    10. Carta de Servicios.

    III. Tercera fase, implantación del modelo de Gestión de Excelencia CAF Educación:

    11. Autoevaluación.
    12. Informe de Autoevaluación.
    13. Memoria de Certificación en CAF Educación.

    2.- Número máximo de centros a seleccionar:

    Serán seleccionados para la incorporación a la Red de Centros de Excelencia de la Región de Murcia según el modelo CAF Educación un máximo de 7 centros públicos y 3 centros privados con enseñanzas concertadas.

    La oferta no cubierta por alguno de estos dos tipos de centros pasará a incrementar la del otro.

    3.- Resolución de la convocatoria.

    La resolución de la Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa será publicada en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

    Destinatarios

    Administración.

    Centros educativos no universitarios de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    No existen requisitos específicos

    SOLICITUD DE INCORPORACIÓN A LA RED DE CENTROS DE EXCELENCIA EDUCATIVA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA IMPLANTAR EL MODELO CAF EDUCACIÓN

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Autorización del Titular del Centro para la participación en el Proyecto en el caso de Centros Privados con Enseñanzas Concertadas, según Anexo III
    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Autorización del Titular del Centro para la participación en el Proyecto en el caso de Centros Privados con Enseñanzas Concertadas, según Anexo I
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado del secretario del centro del apartado del acta del Consejo Escolar en el que conste la información sobre la incorporación a la Red según Anexo III
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado del secretario del centro en el que se transcriba literalmente el apartado del acta del Claustro de profesores en el que conste expresamente la información sobre la participación en el Proyecto. Deberá hacerse constar el resultado de la votación para la participación en le Proyecto según Anexo I
    • Certificación
      (Obligatorio / Original)
      Certificado del secretario del centro en el que se transcriba literalmente el apartado del acta del Claustro de profesores en el que conste expresamente la información sobre la participación en el Proyecto. Deberá hacerse constar el resultado de la votación para la participación en le Proyecto según Anexo III
    • Certificación
      (Obligatorio / Original)
      Certificado del secretario del centro del apartado del acta del Consejo Escolar en el que conste la información sobre la participación en el Proyecto según Anexo I
    • Proyecto
      (No obligatorio / No original)
      Proyecto del Centro, según el modelo que figura en el Anexo II.
    • Memoria justificativa
      (Obligatorio / No original)
      Justificación de la incorporación a la Red de Centros de Excelencia Educativa según el modelo que figura en el Anexo IV

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 1 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Abonar la indemnización por sacrificio obligatorio de los animales enfermos al titular de los mismos.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones ganaderas de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser titulares de explotaciones ganaderas que hallan sacrificado obligatoriamente animales diagnosticados enfermos en el marco de los programas nacionales de lucha control y erradicación de tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.

    • Acta
      (Obligatorio / Original)
      Acta de sacrificio de los animales enfermos cumplimentada por los inspectores veterinarios de la correspondiente Oficina Comarcal Agraria (OCA), y firmada por el titular de los animales.
    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      Informe de notificación e identificación de los animales diagnosticados enfermos, que acompaña al Acta de sacrificio.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Certificación del Código IBAN.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Abonar la indemnización por sacrificio obligatorio de los animales enfermos de tuberculosis caprina.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones ganaderas de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser titulares de explotaciones ganaderas que hayan sacrificado obligatoriamente animales diagnosticados enfermos de tuberculosis en el marco del programa regional de erradicación de tuberculosis caprina de la Región de Murcia.

    • Acta
      (Obligatorio / Original)
      Acta de sacrificio de los animales enfermos cumplimentada por los inspectores veterinarios de la correspondiente Oficina Comarcal Agraria (OCA), y firmada por el titular de los animales.
    • Acta de inspección
      (Obligatorio / Original)
      Acta de desinfección de la explotación posterior al sacrificio de los animales.
    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      Informe de notificación de los animales diagnosticados enfermos.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Certificado del código IBAN.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar a los operadores para la utilización de indicaciones facultativas correspondientes al año de cosecha y/o de la(s) variedad(es) de uva de vinificación en el etiquetado y presentación de los vinos sin denominación de origen protegida ni indicación geográfica protegida o vinos varietales.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Los productores-elaboradores, almacenistas y/o embotelladores de vinos varietales

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los operadores deben ser titulares de industrias del sector vitivinícola que estén inscritas en la Sección de Datos de Industrias Agrarias y Alimentarias del Registro de Establecimientos industriales de la Región de Murcia.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de autorización
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      En caso de que la solicitud de autorización se haga a través de representante legal, se aportará documentación legal que acredite o deje constancia fidedigna de la misma.
    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Contrato con la entidad certificadora que corresponda.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
    • Escritura o estatutos inscritos en el Registro correspondiente
      (No obligatorio / No original)
    • Declaración suscrita por el representante legal
      (No obligatorio / No original)
      En caso de que la solicitud de autorización se haga a través de representante legal, se aportará documentación legal que acredite o deje constancia fidedigna de la misma.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Tramitar las solicitudes de documentación disponible en el Sistema Territorial de Referencia, publicado en http://www.sitmurcia.es o http://www.sitmurcia.com, para llevar un registro del tráfico de información proporcionada por la Unidad de Información Territorial, en el ámbito de su gestión.

    La información proporcionada es la difundida a través del geoportal SITMurcia (www.sitmurcia.es o www.sitmurcia.com) y está sujeta a las condiciones señaladas en el siguiente

    AVISO LEGAL

    La Unidad de Información Territorial facilita el acceso a diversa información temática de los municipios de la Región, que incluye el planeamiento urbanístico general vigente en cada momento. La Unidad de Información Territorial procura que la información proporcionada sea exacta y veraz, tratando de evitar errores y subsanándolos cuando se detectan.

    Condiciones de Uso.

    Todos los derechos de propiedad industrial e intelectual de los planos e información ubicados en los portales www.sitmurcia.es o www.sitmurcia.com y de sus contenidos (textos, imágenes, sonidos, audio, vídeo, diseños, creatividades, software, etc) pertenecen a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El usuario puede visualizar todos los elementos, imprimirlos, copiarlos y almacenarlos en el disco duro de su ordenador o en cualquier otro soporte físico siempre y cuando sea, única y exclusivamente, para su uso personal y privado, quedando, por tanto, terminantemente prohibida su utilización con fines comerciales, su distribución, así como su modificación, alteración o descompilación. El usuario se compromete a hacer un uso adecuado de los contenidos y servicios que la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio ofrece en SITmurcia y a no emplearlos para incurrir en actividades ilícitas o contrarias a la buena fe y al ordenamiento legal; difundir contenidos o propaganda de carácter racista, xenófobo, pornográfico-ilegal, de apología del terrorismo o atentatorio contra los derechos humanos; provocar daños en sus sistemas físicos y lógicos, así como en los de sus proveedores o de terceras personas; introducir o difundir en la red virus informáticos o cualesquiera otros sistemas físicos o lógicos que sean susceptibles de provocar los daños anteriormente mencionados.

    Veracidad de la Información.

    La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio se reserva el derecho de efectuar sin previo aviso las modificaciones que considere oportunas en SITmurcia, pudiendo cambiar, suprimir, añadir o actualizar tanto los contenidos de este dominio y servicios que presta como la forma en la que éstos aparezcan presentados o localizados. Aunque la información se actualiza continuamente, la Unidad de Información Territorial no puede garantizar que la totalidad de la información esté en vigor y libre de errores. La información ofrecida tiene carácter orientativo y no vinculante para la resolución de los procedimientos administrativos, regulados estrictamente y sujetos a las normas legales que les sean de aplicación, salvo en aquellos casos en los que expresamente se indique.

    Responsabilidad Penal.

    La Unidad de Información Territorial declina toda responsabilidad por cualquier perjuicio que pueda derivarse del uso del dominio y de la información consultada: el acceso al dominio y el uso de la información que contiene, son de exclusiva responsabilidad del usuario. La Unidad de Información Territorial no asume ninguna responsabilidad derivada de las conexiones o contenidos de los enlaces a sitios web de terceros, ni tampoco puede garantizar que el acceso no se vea interrumpido o que el contenido o software al que pueda accederse esté libre de error. La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio perseguirá el incumplimiento de las condiciones señaladas en este AVISO LEGAL, así como cualquier utilización indebida de los contenidos presentados ejerciendo todas las acciones civiles y penales que les puedan corresponder en derecho. La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio tan sólo autoriza menciones a sus contenidos en otras sedes web, con el tratamiento que éstas consideren, siempre y cuando no reproduzcan los contenidos de www.sitmurcia.es o www.sitmurcia.com. En el caso de disponer de un enlace hipertexto a alguna de sus páginas, el usuario debe saber que está entrando en www.sitmurcia.es o www.sitmurcia.com y debe percibir en su navegador su dirección URL.

    Confidencialidad de los Datos Personales.

    En relación a los servicios a disposición de los usuarios a través de registro previo, todos los datos se mantienen en la más estricta Privacidad de acuerdo con la legislación vigente. www.sitmurcia.es y www.sitmurcia.com cumplen esta legislación respecto a la protección de datos personales de sus suscriptores y los mantiene en la más estricta confidencialidad de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 del 13 de diciembre de 1999 sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), así como en lo dispuesto en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (ley 34/2002 de 11 de julio).

    Destinatarios

    Administración.

    Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que requieran información relativa al Sistema Territorial de Referencia de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE TERRITORIO Y ARQUITECTURA (A14028861)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Debe estar identificada la persona que solicita la documentación, aun cuando lo haga en representación de terceros o de cualquier entidad. Para ello se indicará el tipo de documento identificativo que se consigna (DNI, CIF, NIF, NIE, pasaporte).

    El correo electrónico será imprescindible en el caso de solicitar documentación en formato digital, pues preferiblemente se remitirá la información por este medio.

    También son datos obligatorios, el municipio, provincia y código postal, así como un teléfono de contacto.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve:

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Informar al ciudadano sobre la normativa vigente relativa a las viviendas de protección oficial.

    Prórroga del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Normativa Regional

    Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Normativa Regional

    Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. Normativa Regional

    Plan Estatal de Vivienda 2005-2008. Normativa Regional

    Plan Regional de Vivienda 2007-2010. Normativa Regional

    Prórroga Plan Estatal de Vivienda 2013-2016:

    - Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, por el que se prorroga el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 regulado por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril. (BOE nº 298, de 10/12/2016).

    - Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. (BOE nº 86, de 10/04/2013).

    Prórroga Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Normativa regional:

    - Decreto n.º 8/2017, de 25 de enero, por el que se prorroga el Decreto n.º 5/2015, de 30 de enero, por el que se regula el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016. (BORM nº 21, de 27/01/2017).

    - Decreto n.º 5/2015, de 30 de enero, por el que se regula el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016. (BORM nº 27, de 3/02/2015).

    Plan Estatal de Vivienda 2013-2016:

    - Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. (BOE nº 86, de 10/04/2013).

    Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Normativa regional:

    - Decreto n.º 5/2015, de 30 de enero, por el que se regula el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016. (BORM nº 27, de 3/02/2015).

    Plan Estatal de Vivienda 2009-2012:

    - Real Decreto 1961/2009, de 18 de diciembre, por el que se introducen nuevas medidas transitorias en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOE nº 314, de 30/12/2009).

    - Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOE nº 307, de 18/12/2010).

    - Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOE nº 309 de 24/12/2008).

    Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. Normativa Regional:

    - Decreto n.º 157/2012, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 321/2009, de 2 de octubre, modificado por el Decreto 169/2010, de 25 de junio, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda de la Región de Murcia para el cuatrienio 2009-2012. (BORM nº 281, 04/12/2012)

    - Decreto n.º 169/2010 de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 321/2009, de 2 de octubre, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda de la Región de Murcia para el cuatrienio 2009-2012. (BORM nº 147, de 29/06/2010)

    - Decreto n.º 321/2009, de 2 de octubre por el que se regula el Plan Regional de Vivienda para el cuatrienio 2009-2012 (BORM nº 231, de 06/10/2009)

    Plan Estatal de Vivienda 2005-2008:

    - Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (BOE n° 11 de 12/01/2008).

    - Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (BOE n° 166 de 13/7/2005).

    - Orden VIV/946/2008, de 31 de marzo, por la que se declaran los ámbitos territoriales de precio máximo superior para el año 2008, a los efectos del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (BOE n° 85 de 8/04/2008).

    Plan de Vivienda 2005-2008. Normativa Regional:

    - Decreto número 86/2008 de 9 de mayo, por el que se modifica el Decreto 141/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia para el cuatrienio 2005-2008, modificado parcialmente por Decreto 192/2006 de 22 de septiembre (BORM n° 111 de 14/5/2008).

    - Decreto número 192/2006 de 22 de septiembre de modificación parcial del Decreto número 141/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia para el cuatrienio 2005-2008 (BOE n° 227 30/9/2006). Corrección de errores (BORM n° 246 de 24/10/2006).

    - Decreto número 141/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia para el cuatrienio 2005-2008 (BORM n° 19 de 24/1/2006).

    - Convenio entre el Ministerio de Vivienda y la Comunidad Autónoma de Murcia para aplicación del Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (BORM n° 38 de 15/2/2006).

    Normativa Técnica:

    - Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. (BOE nº 61 de 11/03/2010).

    - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (BOE nº 74 de 28/03/2006).

    - Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. (BOE nº 266 de 6/11/1999).

    - Ley 5/1995, de 7 de abril, de condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y de promoción de la accesibilidad general. (BORM nº 102 de 04/05/1995).

    - Orden de fecha 15 de octubre de 1991 de la Consejería de Política territorial, Obras Públicas y Medio Ambiente sobre accesibilidad en espacios públicos y edificación. (BORM nº 260 de 11/11/1991).

    - Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE nº 103 de 30/04/1982).

    - Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre Política de Viviendas de Protección Oficial (BOE nº 267 de 8/11/1978).

    - Real Decreto 727/1993, de 14 de mayo, sobre precio de las Viviendas de Protección Oficial. Precios de las de Promoción privada (BOE nº 130 de 1/06/1993).

    - Real Decreto 1563/1992, de 18 de diciembre, de Viviendas de Protección Oficial. Modifica Real Decreto 2076/1979, de 20 de julio de 1979, sobre condiciones a cumplir por las terminadas o en construcción para acogerse al régimen del Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre (BOE nº 12 de 14/01/1993).

    - Real Decreto 248/1981, de 5 de febrero, sobre medidas de distribución de la reserva de viviendas destinadas a minusválidos, establecidas en el Real Decreto 355/1980, de 25 de enero (BOE nº 49 de 26/2/1981).

    - Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, sobre reserva y situación de las Viviendas de Protección Oficial destinadas a minusválidos (BOE nº 51 de 28/2/1980).

    - Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre Política de Vivienda (BOE nº 14 de 16/1/1979).

    - Real Decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de Viviendas de Protección Oficial (BOE nº 311 de 28/12/1976).

    - Decreto 2114/1968, de 24 de julio (Ministerio de la Vivienda), por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial, Texto Refundido aprobado por Decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre (BOE nº 216 de 7/09/1968).

    - Orden de 4 de agosto de 1980, por la que se aprueban los nuevos modelos de placas para su colocación en Viviendas de Protección Oficial (BOE nº 219 de 11/9/1980).

    -Orden de 20 de mayo de 1969 por la que se aprueba la adaptación de las ordenanzas técnicas y normas constructivas, aprobadas por Ordenes de 12 de julio de 1955 y 22 de febrero de 1968, al texto refundido y revisado de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial y su Reglamento. Ordenanzas provisionales de Viviendas de Protección Oficial. (BOE nº 123 de 23/05/1969).

    - Normas técnicas de diseño y calidad que deben cumplir las Viviendas de Protección Oficial, reguladas por el Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre.

    Plan Regional de Vivienda 2007-2010. Normativa Regional:

    - Decreto nº 139/2008, de 6 de junio, por el que se regulan en el plan regional de vivienda 2007-2010, la vivienda protegida de precio limitado y la adquisición protegida de suelo (BORM n° 134 de 11/6/2008).

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    No existen requisitos específicos

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Facilitar la inscripción telemática de los interesados en recibir información de las convocatorias PREAR (Procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de la competencia profesional) para la formación y habilitación como persona experta con perfil de asesor y/o evaluador.

    Una vez superada la formación de carácter general y de Asesoramiento se puede cursar además la formación específica correspondiente a la Evaluación.

    Deberá realizar los dos cursos si desea obtener la doble habilitación como asesor y evaluador, si desea obtener sólo una habilitación, ésta será la de asesor, en tanto que la formación de carácter general se encuentra incluida en el bloque de asesoramiento.

    Una vez superados los correspondientes bloques del curso, se publicará la Resolución de habilitación como Asesor y/o Evaluador, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

    • Funciones del asesor en el PREAR:

    Las funciones de los asesores se regulan en el artículo 23 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio:

    “1. Las personas habilitadas por las administraciones competentes para desarrollar las tareas de asesoramiento tendrán, en el marco de este procedimiento, las siguientes funciones:

    a) Asesorar al candidato o candidata en la preparación y puesta a punto del proceso de evaluación, así como, en su caso, en el desarrollo del historial profesional y formativo presentado y en la cumplimentación del cuestionario de autoevaluación.

    b) Elaborar un informe orientativo sobre la conveniencia de que el aspirante a participar en el proceso pase a la fase de evaluación y sobre las competencias profesionales que considera suficientemente justificadas y, en su caso, sobre la formación necesaria para completar la unidad de competencia que pretenda sea evaluada.

    c) Colaborar con las comisiones de evaluación cuando así les sea requerido.”

    • Funciones del evaluador en el PREAR:

    Una vez superada la formación de carácter general y de Asesoramiento se puede cursar además la formación específica correspondiente a la Evaluación.

    Deberá realizar los dos si desea obtener la doble habilitación como asesor y evaluador, si desea obtener sólo una habilitación, ésta será la de asesor, en tanto que la formación de carácter general se encuentra incluida en el bloque de asesoramiento.

    Una vez superados los correspondientes bloques del curso, se publicará la Resolución de habilitación como Asesor y/o Evaluador, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

    Las funciones de los evaluadores vienen establecidas en el artículo 24 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio:

    "Las personas habilitadas por las administraciones competentes, como miembros de las comisiones de evaluación, tendrán las siguientes funciones:

    a) Concretar las actividades de evaluación de la competencia profesional, de acuerdo con los métodos e instrumentos establecidos por la comisión de evaluación y con lo establecido en la correspondiente Guía de Evidencias.

    b) Realizar la evaluación de acuerdo con el plan establecido y registrar sus actuaciones en los documentos normalizados.

    c) Evaluar a los candidatos y candidatas siguiendo el procedimiento establecido, así como resolver las incidencias que puedan producirse.”

    Los evaluadores forman parte de una Comisión de Evaluación, que de acuerdo con el artículo 27 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio:

    “Cada comisión estará formada por un mínimo de cinco personas acreditadas para evaluar: una que ostentará la presidencia, otra la secretaría y al menos tres como vocales. Se garantizará la presencia de evaluadores tanto del sector formativo como del productivo”.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Confome al Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, (BOE nº 205 de 25/08/2009):

    Tener una experiencia de al menos cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:
    - Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Técnicos de formación profesional, con atribución docente en la Familia Profesional correspondiente.
    - Formadores y formadoras especializados en las unidades de competencia que se especifiquen.
    - Profesionales expertos en las unidades de competencia que se especifiquen.

    Superar un curso de formación específica organizado o supervisado por las administraciones competentes, en su caso, el Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia.

    El ICUAM organizará en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el curso de formación específica para la habilitación como Asesor y/o Evaluador;

    Si le interesa recibir información de la actividad formativa debe registrarse en: Solicitud previa para ICUAM para elaborar un censo de interesados en HABILITACIÓN como ASESORES Y EVALUADORES del PREAR de: Trámites Online

    En la información enviada se indicará el plazo y forma indicados para presentar la documentación justificativa de los requisitos exigidos conforme a la convocatoria de la acción formativa.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Las plantas públicas de tratamiento de residuos domésticos consistentes en recogida selectiva de envases y recogida de fracción resto realizan muestreos y análisis periódicos de los residuos procesados en sus instalaciones.

    Estos muestreos y análisis se efectúan en diferentes puntos del proceso de selección: en su recepción, durante su procesamiento y en los diferentes flujos recuperados o rechazados.

    La información recogida, durante los muestreos y análisis, debe comunicarse a la Dirección General competente en la materia de medio ambiente, para su tratamiento estadístico, a efectos de su consideración en la planificación regional, en materia de residuos. Se comunica en la URL:

    https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=38407&IDTIPO=11&RASTRO=c503$m1463,50163

    Las plantas públicas de tratamiento de residuos domésticos consistentes en recogida selectiva de envases y recogida de fracción resto realizan muestreos y análisis periódicos de los residuos procesados en sus instalaciones.

    Estos muestreos y análisis se efectúan en diferentes puntos del proceso de selección: en su recepción, durante su procesamiento y en los diferentes flujos recuperados o rechazados.

    La información recogida, durante los muestreos y análisis, debe comunicarse a la Dirección General competente en la materia de medio ambiente, para su tratamiento estadístico, a efectos de su consideración en la planificación regional, en materia de residuos.

    Destinatarios

    Administración.

    Plantas públicas de tratamiento de residuos domésticos consistentes en recogida selectiva de envases y recogida de fracción resto.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)

    No existen requisitos específicos

    Informe de caracterización de residuos de recogida selectiva de envases y fracción resto de las plantas de tratamiento públicas

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener informe previo sobre su adecuación a la normativa, clasificación y categoría que pudiera corresponderle en función de sus características, instalaciones y servicios.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas del sector turístico.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    El establecimiento tiene que estar en fase de proyecto.

    El uso del suelo tiene que permitir la realización de dicha actividad y establecimiento en los terrenos donde se prevé la instalación.

    Cumplimiento de la normativa vigente en materia de construcción y edificación, accesibilidad, seguridad industrial, ahorro y eficiencia energética, sanidad, consumo, seguridad, abastecimiento de aguas, depuración, medio ambiente y cualquiera otras disposiciones que les sean de aplicación.

    Se tendrá en cuenta, especialmente, la normativa vigente en materia de prevención y extinción de incendios.

    La emisión de informes técnicos está sujeta al pago de las tasas correspondientes.

    Solicitud de clasificación previa de establecimientos turísticos

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Información adicional sobre recursos

    No hay recurso por no tratarse de un Acto administrativo sino de un Informe

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