Convocatoria cerrada.
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012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0441 - Fomento de la contratación temporal de jóvenes menores de 30 años (Bono Empleo Joven)
Objeto
Subvencionar las contrataciones a tiempo completo realizadas a partir de la entrada en vigor de la Orden reguladora, de jóvenes menores de 30 años que, en el momento del inicio de la relación laboral, se encuentren desempleados e inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del SEF correspondiente, mediante un contrato de duración determinada, según lo previsto en los apartados a) y b) del artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, Estatuto de los Trabajadores) de titulados universitarios, FP grado medio y superior o con certificado de profesionalidad de nivel 3, y siempre que la contratación se adecue a la titulación del trabajador.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
DOCUMENTACIÓN EMPRESA :
A) En el supuesto de AUTORIZACIÓN AL SEF para obtener los datos de otras Administraciones u organismos:
A.1. Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa solicitante, o N.I.F. del Trabajador Autónomo que efectúa la contratación. Para el caso de Comunidad de Bienes, se presentará además del C.I.F. correspondiente a la Comunidad de Bienes, el N.I.F. de los comuneros individualizados.
A.2. Fotocopia del Contrato de trabajo concertado, debidamente comunicado a la Oficina de Empleo, o copia del mismo y huella del sistema <<contrat@>>.
A.3. Certificado expedido por la entidad bancaria donde el solicitante tenga domiciliado el abono de la subvención, en el que consten los 20 dígitos identificadores de su código cuenta cliente, y su Código de Identificación Fiscal (CIF) o NIF en caso de Autónomos contratantes.
A.4. Declaración responsable de haber obtenido, o no, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario, así como las ayudas "de minimis" recibidas en los tres años anteriores a la fecha de solicitud, o solicitadas pendientes de resolver (incluido en la declaración responsable).
A.5. Anexo V. "Información a los trabajadores", debidamente cumplimentada y firmada por las partes (en original o copia compulsada)
B) En el supuesto de NO AUTORIZACIÓN AL SEF para obtener los datos de otras Administraciones u organismos: En el caso de NO autorizar al SEF para que obtenga las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y demás requisitos exigidos para la concesión de la subvención, deberá aportar, además de la documentación del apartado anterior, la siguiente
B.1. Certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
B.2. Certificación expedida por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto a la Hacienda Regional.
B.3. Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas ante la misma.
B.4. Para el caso de Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles, se presentaran los certificados indicados anteriormente de los comuneros o miembros de la sociedad civil individualizados.
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR
C) En ambos supuestos (CON y SIN AUTORIZACIÓN de la empresa AL SEF), deberá aportar la documentación siguiente:
C.1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del trabajador contratado o copia del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuere extranjero no comunitario.
C.2. Copia compulsada del título universitario de grado medio o superior, o de Formación Profesional de grado medio o superior, o, en su caso, acreditar que tiene pagado los derechos para su expedición del Título correspondiente, o del Certificado de Profesionalidad nivel 3.
C.3 Anexo VI.- Autorización trabajador/a acceso datos personales (en original o copia compulsada)
En caso de no autorización, el/la trabajador/a deberá facilitarle la siguiente documentación:
- Informe de su Vida Laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social donde conste, tanto la contratación por la que se solicita la subvención, como todos aquellos datos referidos a los 24 meses anteriores a la fecha del inicio de esta contratación.
- Certificado de demanda de empleo donde conste que a la fecha de la contratación se encontraba inscrito en la Oficina de Empleo del SEF
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Conceder subvenciones, de acuerdo con el Programa Operativo FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) Murcia 2014/2020, a empresas establecidas en la Región de Murcia, para la ejecución de inversiones con las siguientes finalidades:
No se considerarán subvencionables los conceptos siguientes:
El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general, cualquier impuesto o tasa pagados.
Los recursos informáticos que no estén expresamente dedicados al fin que motiva la solicitud de subvención.
Las inversiones en bienes de equipo usados o de segunda mano, a excepción de aquellos de los que conste declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no hayan sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria, así como de certificación de tasador independiente de que el precio no es superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares.
Los gastos de mantenimiento y reparación de equipos, maquinaria o instalaciones.
Los gastos de adquisición o arrendamiento de terrenos.
Los honorarios de proyectos de ejecución, direcciones facultativas, gestión y tramitación de autorizaciones, inscripciones o solicitudes de ayuda, en su caso.
En general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos energéticos, siendo en todo caso el criterio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el que prevalecerá en caso de controversia.
Proyectos y actuaciones financiados mediante alquiler, arrendamiento financiero (leasing), renting o métodos similares. No se considerarán subvencionables las actuaciones financiadas por terceros, mediante convenios o contratos en los que la propiedad de los bienes objeto de la actuación no pertenezca al beneficiario dentro del período subvencionable, o no establezcan el abono de la totalidad de los gastos dentro de dicho período.
Seguimiento de la tramitación
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío", debiendo disponer de certificado digital.
Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. La Ley 39/2015 establece en su artículo 14 que las personas jurídicas (sociedades de cualquier tipo, incluidas las sociedades profesionales, asociaciones, etc.), y también quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Actuaciones de información y publicidad
Los beneficiarios de ayudas deberán realizar las actuaciones de información y publicidad contenidas en el documento "Estrategia de comunicación", en particular en su apartado 3.3, epígrafe IV: MEDIDAS A REALIZAR POR LOS BENEFICIARIOS PARA INFORMAR AL PÚBLICO DE LA AYUDA OBTENIDA.
Empresas pertenecientes a los sectores industrial y/o terciario, con establecimiento en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Se considerará como empresa perteneciente al sector industrial toda aquella que ejerza alguna de las actividades incluidas en las secciones B, C y D, y perteneciente al sector terciario toda aquella que ejerza alguna de las actividades incluidas en las secciones E a N y P a S del Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).
Los proyectos para los que se solicite la ayuda deberán estar relacionados con la actividad declarada en la solicitud de subvención.
A.- Requisitos exigidos al beneficiario:
Estar constituida como empresa con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de convocatoria correspondiente.
Pertenecer a los sectores industrial o terciario.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social.
B.- Requisitos exigidos al proyecto de inversión:
Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse en establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Auditorías energéticas:
Que se realicen cumpliendo con la norma UNEEN 16247 sobre auditorías energéticas, en las partes que sean de aplicación.
Actuaciones de renovación de equipos y mejora de la eficiencia energética de los procesos productivos:
Importe de inversión mínima por proyecto: 6.000 euros.
Cumplir con alguna de las siguientes opciones:
a) Inversiones correspondientes con medidas propuestas como resultado de la realización de una auditoría energética que cumpla con la norma UNEEN 16247.
b) El solicitante aplica un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que dicho sistema de gestión incluya una auditoría energética.
Instalaciones de generación y autoconsumo de energía final a partir de fuentes de energía renovables:
Importe de inversión mínima por proyecto: 10.000 euros.
Se presentará Memoria justificativa suscrita por el beneficiario de ayuda y por técnico titulado competente en materia de eficiencia energética y/o energías renovables, conforme al modelo y con el formato establecido y que encontrará en el apartado "Anexos" .
En caso de que el importe del gasto subvencionable previsto supere la cuantía de 40.000 en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 15.000 en el supuesto de suministro de bienes o prestación de servicios, deberá presentar, junto con el resto de documentación justificativa de la realización del proyecto, documentos justificativos de que se han solicitado como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que, por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso se presentará declaración al respecto, firmada electrónicamente por representante legal de la empresa solicitante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitud subvención FEDER, Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Fomentar las razas autóctonas españolas, catalogadas según el anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y sus posteriores modificaciones.
Las organizaciones o asociaciones reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011
Podrán acogerse a estas ayudas las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por las comunidades autónomas que cumplan los requisitos siguientes:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas, por la comunidad autónoma correspondiente.
c) En el caso de que existan varias asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma comunidad autónoma o en distintas comunidades autónomas, deberán estar integradas en una única asociación de segundo grado, según establece el artículo 13.1 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, para poder acceder a estas ayudas, debiendo ser dicha asociación de segundo grado la solicitante de las ayudas.
d) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como tener la condición de PYME de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado.
e) Cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 11 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Convocatoria cerrada.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
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012 desde la Región de Murcia
968 362 000
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La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0446 - Fomento del contrato en prácticas para jóvenes menores de 30 años
Objeto
Subvencionar las contrataciones a tiempo completo realizadas a partir de la entrada en vigor de la Orden reguladora, de jóvenes menores de 30 años que, en el momento del inicio de la relación laboral, se encuentren desempleados e inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del SEF correspondiente, mediante un contrato formativo en prácticas, regulado por el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
DOCUMENTACIÓN EMPRESA
A) En el supuesto de AUTORIZACIÓN AL SEF para obtener los datos de otras Administraciones u organismos:
A.1. Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa solicitante, o N.I.F. del Trabajador Autónomo que efectúa la contratación. Para el caso de Comunidad de Bienes, se presentará además del C.I.F. correspondiente a la Comunidad de Bienes, el N.I.F. de los comuneros individualizados.
A.2. Fotocopia del Contrato de trabajo concertado, debidamente comunicado a la Oficina de Empleo, o copia del mismo y huella del sistema <<contrat@>>.
A.3. Certificado expedido por la entidad bancaria donde el solicitante tenga domiciliado el abono de la subvención, en el que consten los 20 dígitos identificadores de su código cuenta cliente, y su Código de Identificación Fiscal (CIF) o NIF en caso de Autónomos contratantes.
A.4. Declaración responsable de haber obtenido, o no, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario, así como las ayudas ?de minimis? recibidas en los tres años anteriores a la fecha de solicitud, o solicitadas pendientes de resolver .
A.5. Anexo V. ?Información a los trabajadores?, debidamente cumplimentada y firmada por las partes (en original)
B) En el supuesto de NO AUTORIZACIÓN AL SEF para obtener los datos de otras Administraciones u organismos: En el caso de NO autorizar al SEF para que obtenga las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y demás requisitos exigidos para la concesión de la subvención, deberá aportar, además de la documentación del apartado anterior, la siguiente:
B.1. Certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
B.2. Certificación expedieda por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia acrditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la hacienda Regional.
B.3. Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas ante la misma.
B.4. Para el caso de Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles, se presentaran los certificados indicados anteriormente de los comuneros o miembros de la sociedad civil individualizados.
C) En ambos supuestos (CON y SIN AUTORIZACIÓN de la empresa), deberá aportar la documentación relativa al trabajador contratado siguiente:
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR
C.1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del trabajador contratado o copia del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuere extranjero no comunitario.
C.2. Copia compulsada del título universitario de grado medio o superior, o de Formación Profesional de grado medio o superior, o, en su caso, acreditar que tiene pagado los derechos para su expedición del Título correspondiente, o del Certificado de Profesionalidad.
C.3 Anexo VI.- Autorización del trabajador/a para el acceso a sus datos personales.
En caso de NO AUTORIZACIÓN DEL/LA TRABAJADOR/A éste deberá facilitar a la empresa, para su posterior comunicación al SEF, la siguiente documentación:
Informe de Vida Laboral (del trabajador) expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social donde conste, tanto la contratación por la que se solicita la subvención, como todos aquellos datos referidos a los 24 meses anteriores a la fecha del inicio de esta contratación.
Certificado de demanda de empleo donde conste que a la fecha de la contratación se encontraba inscrito en la Oficina de Empleo del SEF correspondiente.
Convocatoria cerrada.
En ejecución de la Sentencia del TC 150/2012, de 5 de julio de 2012, corresponde a esta Comunidad Autónoma a través de esta Dirección General resolver los expedientes de subvenciones concedidas y pendientes de justificar correspondientes a estas subvenciones.
Unidad orgánica responsable
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012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
0512 - Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local
Objeto
Financiar la realización por los Ayuntamientos de inversiones generadoras de empleo y actuaciones de carácter social, de competencia municipal, que contribuyan a la sostenibilidad económica, social y ambiental.
Destinatarios
Administraciones.
Documentación
Solicitud
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Favorecer la inserción laboral en empresas normalizadas de las personas con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o sensorial que se encuentran desempleadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF.
Para ello, se llevan a cabo acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral, de acompañamiento a la inserción y de ayudas al empleo, englobadas en el llamado «empleo con apoyo».
También, favorecer la inserción laboral, en empresas normalizadas, de las personas con discapacidad física y/u orgánica que se encuentran desempleadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF, para ello, se llevarán a cabo acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral y de prospección en el mercado de trabajo.
El Servicio Regional de Empleo y Formación podrá derivar, para su incorporación a las acciones contempladas en este Programa, a los desempleados inscritos en sus Oficinas de empleo que, cumpliendo los requisitos generales exigidos en el mismo, se consideren más idóneos.
1. En el Subprograma de Empleo con Apoyo, tendrán la consideración de gastos subvencionables los establecidos en el artículo 39 de la Orden de bases, y se compone de:
Gastos directos de personal: serán subvencionables los costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensualidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes.
Los costes laborales subvencionables de este personal no podrán exceder de lo fijado en el Convenio Colectivo Sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, el Convenio Colectivo general de «centros y servicios de atención a personas con discapacidad», incluidos los acuerdos de revisión salarial para el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dictados en desarrollo del citado Convenio colectivo general.
Para la determinación del coste laboral, se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, que tengan esta naturaleza, incluida la indemnización por finalización de contrato, así como las cotizaciones a la Seguridad Social.
Otros costes: además, de acuerdo con lo previsto con el artículo 68 ter del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, para sufragar otros costes podrá imputarse un máximo de un 10 por ciento de los costes directos de personal técnico. En estos costes podrán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y suministro y cualquier otro gasto estrictamente necesario y relacionado con la actividad a desarrollar.
Cuando la entidad disponga, en proporción, de al menos tres técnicos a jornada completa, la entidad beneficiaria podrá imputar hasta un 20 por ciento de los costes directos de personal técnico para sufragar otros costes
2. En el Subprograma de Gabinetes de Orientación e Inserción de Personas con Discapacidad, tendrán la consideración de gastos subvencionables los establecidos en el artículo 48 de la Orden de bases, y se compone de:
Gastos directos de personal. Serán subvencionables los costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensualidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes
Los costes laborales subvencionables de este personal no podrán exceder de lo fijado en el Convenio Colectivo Sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, el Convenio Colectivo general de «centros y servicios de atención a personas con discapacidad», incluidos los acuerdos de revisión salarial para el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dictados en desarrollo del citado Convenio colectivo general.
Para la determinación del coste laboral, se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, que tengan esta naturaleza, incluida la indemnización por finalización de contrato, así como las cotizaciones a la Seguridad Social.
Otros costes: Además, para sufragar otros costes podrá imputarse un máximo de un 15 por ciento de los costes directos de personal técnico. En estos costes podrán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y suministro y cualquier otro gasto estrictamente necesario y relacionado con la actividad a desarrollar.
Cuando la entidad disponga, en proporción, de al menos tres técnicos a jornada completa, la entidad beneficiaria podrá imputar hasta un 25 por ciento de los costes directos de personal técnico para sufragar otros costes.
_________________
Atendiendo a la naturaleza y finalidad de este programa de inserción laboral, no se admitirá la inclusión de una misma persona con discapacidad destinataria de las acciones de inserción simultáneamente en los proyectos de distintas entidades. La Plataforma de Orientación Laboral, a la que en lo sucesivo nos referiremos como "POL", a través de la cual se gestionará la incorporación de las personas con discapacidad al programa de empleo con apoyo, no permitirá el alta de ninguna persona que ya figure adscrita a otra entidad, en tanto no se autorice la baja en aquella.
Si la entidad solicitante fuere titular de un Centro Especial de empleo, la organización y desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, será ajena a la actividad y organización del referido centro que no podrá quedar implicado en modo alguno en dicho proyecto.
Entidades sin fines de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia, y cuyo objeto social esté directamente relacionado con la actividad específica a desarrollar (de atención a personas con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o sensorial, en el caso del subprograma de "Empleo con Apoyo" y de personas con discapacidad física y/u orgánica en el subprograma de "Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral") y tengan suscrito un "Convenio de Colaboración con el SEF en materia de empleo" o haber obtenido con anterioridad a la publicación de la modificación de la Orden de bases, el 20 de agosto de 2015, la autorización como agencia de colocación por los Servicios Públicos de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación y hubiesen obtenido, en los tres últimos años inmediatamente anteriores a dicha publicación, subvención del programa 2 ("Formas innovadoras de integración laboral"), aunque no tengan suscrito convenio de colaboración con el SEF en materia de empleo.
Requisitos Generales:
1. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. En particular, para poder obtener la condición de beneficiario el solicitante deberá:
a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
Estos requisitos deberán acreditarse por el beneficiario con anterioridad a la realización de la propuesta de resolución de concesión.
Subvenciones Empleo con apoyo-Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Facilitar, mediante la iniciativa europea de Garantía Juvenil en la que participa la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que los jóvenes menores de 30 años puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado o abandonado sus estudios o quedar desempleados.
El objetivo es conseguir que en el menor plazo de tiempo posible puedas recibir:
- Una oferta de empleo adecuada a tus características.
- Una formación de aprendiz acorde a tu perfil.
- Un periodo de prácticas para la titulación de la que dispones.
- Una oferta formativa adecuada a tus necesidades e intereses.
-Si necesitas información más detallada sobre esta iniciativa puedes consultar en la página Web del Ministerio o puedes dirigirte a los Centros Locales de Empleo para Jóvenes.
-En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios.
Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años.
Se establecen los siguientes requisitos para inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil:
a) Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
b) Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
c) Tener más de 16 años y menos de 30.
d) No haber trabajado el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
e) No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
f) No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
g) Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Una vez aceptada tu solicitud, tus datos pasaran a formar parte de un fichero que contiene una lista con todos los jóvenes participantes .Después los organismos implicados en la Garantía Juvenil , dependientes de los Servicios de Empleo y Juventud se pondrán en contacto contigo para ofertarte según tu perfil personal, profesional y laboral una serie de acciones y medidas destinadas a garantizar la igualdad de trato y de oportunidades para atender tus necesidades de empleabilidad, de intermediación y /o de emprendimiento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Facilitar la presentación de solicitudes y documentación al personal empleado público, como sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, con las excepciones que se relacionan a continuación.
(En caso de que el asunto de su solicitud o la documentación que desee aportar esté relacionada con alguno de los procedimientos que se citan a continuación, deberá presentar la misma a través del procedimiento correspondiente y no a través del 2769).
RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA ( NO ADMITIDOS EN 2769)
662 | Ayuda de anticipos reintegrables para empleados públicos de la Administración Regional |
885 | Ayuda para hijos discapacitados de empleados públicos de la Administración Regional |
892 | Ayuda por discapacidad para empleados públicos de la Administración Regional |
893 | Ayuda por natalidad o adopción para empleados públicos de la Administración Regional |
895 | Ayuda para otros estudios para empleados públicos de la Administración Regional |
1139 | Oferta de puestos a personal funcionario de carrera (excepto docente) |
1149 | Registro de Órganos de Representación del personal al servicio del sector público de la CARM |
1225 | Variación de zonas de Listas de Espera del Sector Administración y Servicios. |
1247 | Procedimiento derivado de concurso de méritos y procedimiento extraordinario para la selección de personal interino y laboral temporal del Sector Administración y Servicios. |
1267 | Nombramiento de personal funcionario interino |
1268 | Nombramiento y toma de posesión de personal funcionario de carrera en la Administración Pública de la Región de Murcia (excepto personal docente) |
1358 | Registro General de Personal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia |
1455 | Proyecto piloto experimental de teletrabajo en la Administración Pública Regional |
1482 | Jubilación de empleados/as de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente y estatutario) |
1500 | Prolongación de permanencia en servicio activo de personal empleado público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal estatutario y docente) |
1582 | Declaración de la situación administrativa de excedencia del personal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente y estatuario) |
1947 | Ayuda para estudios universitarios para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores |
1954 | Ayuda para estudios reglados no universitarios para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores |
1956 | Actualización de datos de miembros de la unidad familiar para el Plan de Acción Social de Empleados Públicos |
2041 | Certificado de ejercicios aprobados en pruebas selectivas del Sector Administración y Servicios. |
2100 | Provisión de puestos de trabajo, mediante concurso de méritos, para el personal propio e integrado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. |
2120 | Pruebas Selectivas y Listas de Espera derivadas de las mismas del Sector Administración y Servicios |
2256 | Cobertura provisional de puestos de trabajo o desempeños provisionales por personal funcionario de carrera (no docente) de distinta Consejería, Organismo o de otra Administración Pública |
2320 | Provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos |
2387 | Elaboración de la nómina mensual del personal adscrito a la mesa sectorial de Administración y Servicios |
2411 | Premios a la Innovación y las Buenas Prácticas y el Premio a la Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia |
2453 | Solicitud de contribución económica voluntaria y solidaria mediante aportaciones periódicas a través de la nómina a Fundaciones, Asociaciones y Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucrativos que persiguen fines sociales de interés general |
2455 | Certificado de servicios prestados en Administración Regional de Murcia (para bolsas de trabajo o acreditación de méritos) |
2492 | Solicitud de autorización asamblea sindical |
2531 | Ayudas para víctimas de violencia de género empleadas públicas de la Administración Regional |
2563 | Aprobación del Plan de Formación de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia, dirigido a personal empleado público de las distintas administraciones en la Región de Murcia |
2604 | Compatibilidad de personal empleado público (excepto personal estatutario) |
2614 | Integración de personal de otra Administración que ha obtenido un puesto en la Administración Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por concurso de méritos o libre designación (excepto personal estatutario y docente) |
2615 | Cese en puesto obtenido por Libre Designación (en el ámbito de la competencia de la persona titular de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma Región de Murcia (excepto personal estatutario y docente) |
2619 | Convenio de Colaboración Tipo de la CARM con Fundaciones, Asociaciones y ONGs sin fines de lucro |
2640 | Reconocimiento de grado - Plus de destino a personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal estatutario y docente) |
2645 | Rehabilitación de la condición de personal funcionario de carrera en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal estatutario y docente) |
2651 | Concesión de permisos, licencias y reducción de jornada de personal de Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal estatutario y docente) |
2754 | Declaración de la situación administrativa de servicios especiales del personal funcionario de carrera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente y estatutario) |
3036 | Declaración de la situación administrativa de servicios en otras Administraciones Públicas del personal funcionario de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente) |
3042 | Reconocimiento del Encuadramiento Inicial en el Tramo I de la Carrera Profesional Horizontal para el Personal Funcionario de Carrera del ámbito Sectorial de Administración y Servicios |
3048 | Reconocimiento y acumulación de servicios prestados, a efectos de antigüedad y trienios pare el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia (excepto personal docente y personal del Servicio Murciano de Salud) |
3089 | Reingreso o reincorporación al servicio activo del personal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente y estatutario) |
5361 | Provisión de puestos de trabajo mediante libre designación |
Personal de Administración y Servicios de la Administración Regional. No personal docente ni estatutario.
No existen requisitos específicos
Solicitud Gestión de Recursos Humanos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: Secretarios/as Generales
La persona titular de la Consejería, Secretaría General o Director/a del organismo según corresponda la competencia
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Facilitar las tramitaciones de los procesos de Tesorería y Cajas de Depósito no incluidos en otros procedimientos
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PRESUPUESTOS Y FONDOS EUROPEOS
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL PRESUPUESTOS Y FONDOS EUROPEOS |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Comunicar los animales muertos recogidos en las explotaciones ganaderas para su transformación, a los sistemas informáticos de recepción de la Consejería de Agricultura y Agua.
Empresas de transformación y tratamiento térmico de cadáveres animales
Empresas autorizadas con certificado digital de usuario para la tramitación electrónica.
Comunicación de los animales muertos recogidos en las explotaciones ganaderas para su transformación
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.