Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicación trimestralmente a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por parte de las empresas autorizadas para la organización y explotación de apuestas de todas las transacciones económicas realizadas con tarjetas electrónicas prepago o cualquier otra modalidad o soporte de en locales de apuestas.

    Esta comunicación se podrá realizar presencialmente a través del modelo normalizado o electrónicamente, rellenando el formulario de electrónico de comunicación y firmándolo con certificado digital.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas autorizadas para la organización y explotación de apuestas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La comunicación, deberá contener nombre, apellidos y número de identificación fiscal del titular de la tarjeta o soporte, así como el importe del premio y el de la apuesta.

    Comunicación de Transacciones Económicas realizadas con tarjetas electrónicas prepago o cualquier otra modalidad o soporte en locales de apuestas

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Efectuar el titular de la actividad minera las comunicaciones obligatorias en referencia a los accidentes ocurridos en la misma, así como, las comunicaciones periódicas de los accidentes con baja ocurridos mensualmente, trimestralmente y anual de enfermades profesionales.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de actividades mineras.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser titular de una actividad minera.

    Comunicación de accidentes graves o mortales. Información periódica de accidentes en actividades mineras

    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
    Para los casos en que se deriven en investigación de accidente.

    Plazo de resolución: 1 Mes/es

    Efectos del silencio.

    Información adicional sobre recursos

    Sin posibles recursos.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicar la apertura de piscinas de uso público, antes de su entrada en funcionamiento, tras las obras de construcción o modificación.

    -La no comunicación de apertura de la piscina podrá dar lugar a las sanciones establecidas en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

    -En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
    “3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos”.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Titulares de piscinas de uso público.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Las piscinas tienen que reunir los requisitos establecidos en el Real Decreeto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios sanitarios de las piscinas, y en el Decreto 58/1992, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público de la Región de Murcia, en todo lo que no se oponga al Real Decreto.

    En caso de tener vasos climatizados y con aerosolización deberán cumplir además con el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, de prevención y control de la legionelosis.

    Comunicación de apertura de piscinas de uso público

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicar a la autoridad laboral competente la apertura de un centro de trabajo, el cambio de actividad o la reanudación de la misma después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, así como el traslado del centro de trabajo ubicado en todo caso, en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    1. La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades.
    2. En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos, deberá exponerse en la obra en lugar visible, se mantendrá permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios no identificados inicialmente, y se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas conforme al indicado real decreto. A tal efecto el promotor deberá facilitar a los contratistas los datos que sean necesarios para el cumplimiento de dicha obligación.
    3. En el caso de que la autoridad laboral advirtiera que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos en la normativa, lo pondrá en conocimiento del interesado, a fin de que en el plazo de diez días pueda éste subsanar los defectos de que adoleciera, con expresa indicación de entenderse por no efectuada la comunicación, si transcurrido el referido plazo no se hubiera cumplimentado correctamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    4. La autoridad laboral pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, los expedientes relativos a la comunicación de apertura o reanudación de actividades, con objeto de seleccionar aquellas comunicaciones que, por el número de trabajadores afectados, los datos sobre producción o almacenamiento y la propia naturaleza de los riesgos de la actividad, requieran una vigilancia especial en cuanto a las condiciones en materia de seguridad y salud de los trabajadores.
    5. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo, dará lugar a la exigencia de la correspondiente responsabilidad administrativa, de conformidad con el texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Respecto a las comunicaciones de apertura que deban presentarse en las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, la responsabilidad administrativa, será exigible igualmente al promotor de la obra, de acuerdo con lo señalado en el artículo 6.3 del Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, ya que deberá velar por el cumplimiento de la obligación impuesta al contratista.
    6. El anexo parte A, contendrá los datos e informaciones siguientes:
      • Datos de la empresa:
        • Nombre o razón social, domicilio, municipio, provincia, código postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
        • Identificación, documento nacional de identidad o código de identificación fiscal, y si se trata de extranjero, asilado o refugiado, pasaporte o documento sustitutivo.
        • Expresión de si la empresa es de nueva creación o ya existente.
        • Actividad económica.
        • Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
      • Datos del centro de trabajo:
        • Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Para la exacta localización del centro deberá concretarse su ubicación de forma clara y precisa.
        • Número de inscripción en la seguridad social, clase de centro, causa que ha motivado la comunicación y fecha de comienzo de la actividad.
        • Actividad económica.
        • Número total de trabajadores de la empresa ocupados en el centro de trabajo, distribuidos por sexo.
        • Superficie construida en metros cuadrados.
        • Modalidad de la organización preventiva.
      • Datos de producción y/o almacenamiento del centro de trabajo:
        • Potencia instalada (kw o cv).
        • Especificación de la maquinaria y aparatos instalados.
        • Si realiza trabajos o actividades incluidos en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como, en su caso, la especificación de trabajo, actividades, operaciones o agentes incluidos en dicho anexo.
    7. El anexo parte B, contendrá los datos e informaciones siguientes:
      • Número de Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas según el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
      • Número del expediente de la primera comunicación de apertura, en los supuestos de actualización de la misma.
      • Tipo de obra.
      • Dirección de la obra.
      • Fecha prevista para el comienzo de la obra.
      • Duración prevista de los trabajos en la obra.
      • Duración prevista de los trabajos en la obra del contratista.
      • Número máximo estimado de trabajadores en toda la obra.
      • Número previsto de subcontratistas y trabajadores autónomos en la obra dependientes del contratista.
      • Especificación de los trabajos del anexo II del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que, en su caso, se vayan a realizar por el contratista.
      • Datos del promotor: Nombre/razón social, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
      • Datos del proyectista: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
      • Datos del coordinador de seguridad y salud en fase de elaboración del proyecto: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
      • Datos del coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    - Empresarios del sector de la construcción.
    (Que tengan la condición de contratistas conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción).
    - Empresarios cuya actividad esté incluida en cualquier otro sector.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • EN CASO DE QUE LA ACTIVIDAD A REALIZAR SEA DE CUALQUIER OTRO SECTOR QUE NO SEA EL DE LA CONSTRUCCIÓN: Se ha de realizar PREVIAMENTE O DENTRO DE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES AL HECHO QUE MOTIVA LA COMUNICACIÓN.
    • EN CASO DE QUE LA ACTIVIAD A REALIZAR SEA DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud): Se ha de realizar
    • 0CON CARÁCTER PREVIO AL COMIENZO DE LOS TRABAJOS.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • EN CASO DE QUE LA ACTIVIDAD A REALIZAR SEA DE CUALQUIER OTRO SECTOR QUE NO SEA EL DE LA CONSTRUCCIÓN: Se ha de acompañar cumplimentado el formulario "ANEXO PARTE A".
    • EN CASO DE QUE LA ACTIVIAD A REALIZAR SEA DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud):
      • Se ha de acompañar cumplimentados los formularios "ANEXO PARTE A" y "ANEXO PARTE B".
      • Se ha de acompañar el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD, cuando el mismo sea exigible conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, acompañado de su correspondiente aprobación, conforme al artículo 7 de dicho Real Decreto. Si no fuera exigible el plan de seguridad y salud, se acompañará de la correspondiente EVALUACIÓN DE RIESGOS, conforme al artículo 2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    Comunicación de apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo

    • Declaración responsable
      (No obligatorio / Original)
      Evaluación de Riesgos Laborales
    • Declaración responsable
      (No obligatorio / Original)
      Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Comunicación de apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

    Plazo de resolución:

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunciar la baja definitiva en el Registro General del Juego de máquinas recreativas.

    Este procedimiento está sujeto al pago de tasa cuyo justificante ha de aportarse para tramitar comunicación. La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM

    El justificante del abono, puede presentarlo cuando realice con la solictud electrónica, como documento anexo, o mediante el formulario de actos de tramite de este procedimiento 85, dentro del plazo máximo que se establezca, e indicando el nº de registro de la comunicación.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar inscrito en el Registro General del Juego como empresa operadora de máquinas recreativas y de azar y ser titular de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas y de azar.

    Formulario de Comunicación de baja definitiva de máquinas recreativas

    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa administrativa correspondiente.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicar el nuevo domicilio fiscal en relación con los tributos cuya gestión le compete a la Administración tributaria de la Comunidad Autonoma de la Región de Murcia.

    Para la solicitud de cambio de domicilio fiscal, ha de adjuntar la Solicitud de cambio de domicilio fiscal (en Modelos para la presentación) a la solicitud electrónica

    Destinatarios

    Administración.

    Los obligados tributarios, ya sean personas físicas o personas jurídicas

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM) (A14028289)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Las personas físicas que deban estar en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, así como las personas jurídicas y demás entidades deberán cumplir la obligación de comunicar el cambio de domicilio fiscal, establecida en el artículo 48.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el plazo de UN MES a partir del momento en que se produzca dicho cambio.

    Tratándose de personas físicas que no deban figurar en el Censo de Empresarios, profesionales y Retenedores, la comunicación del cambio de domicilio se deberá afectuar en el plazo de TRES MESES desde que se produzca.

    Comunicación de cambio de domicilio fiscal a la Administración Tributaria Regional

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Comunicación de cambio de domicilio fiscal a la Administración Tributaria Regional

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Emisión de informe sobre la utilidad y comportamiento del medio de defensa fitosanitario de que se trate, y remisión del mismo junto con la comunicación recibida por el solicitante a la Dirección General de Agricultura, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    A los operadores que produzcan o sean responsables de la puesta en el mercado de organismos de control biológico, productos, dispositivos u otros medios comprendidos en el ámbito de aplicación de la Orden APA /1470/2004.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Que sean operadores que produzcan o sean responsables de la puesta en el mercado de organismos de control biológico, productos, dispositivos u otros medios comprendidos en el ámbito de aplicación de la citada Orden APA/1470/2007.

    Tener sede fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Estar inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (R.O.P.O,) en la sección sector SUMINISTRADOR DE MEDIOS DE DEFENSA FITOSANITARIA, según indica el R.D. 1311/2012

    Solicitud de comunicación de comercialización de otros medios de defensa fitosanitarios (OMDFs)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO

    Plazo de resolución: 1 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Presentación de la Memoria-Resumen anual de instalaciones productoras de energía eléctrica acogidas al régimen especial, según establece el artículo 19 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

    Desde la publicación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, que entró en vigor el 11/06/2014, y de acuerdo a lo indicado en su art. 8 y su Disposición Transitoria Tercera, las instalaciones fotovoltaicas, eólicas e hidroeléctricas inscritas en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (PRETOR) no tienen obligación de presentar la memoria anual de producción eléctrica que se recogía en el Anexo IV del ya derogado Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, hasta que no se publique la orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo al respecto.

    Se mantiene la obligación de la remisión de información, entre ella datos de producción, a esta Dirección General, antes del 31 de marzo de cada año, sólo de las instalaciones de cogeneración, de biomasa, de biogás, de residuos, instalaciones híbridas y termosolares. Dicha comunicación se puede realizar telemáticamente (a través de www.carm.es, en “Guía de Procedimientos y Servicios”, código de procedimiento 0287)

    La tramitación será telemática, se deberá cumplimentar un formulario en el que se deberán indicar los datos que prescribe el anexo IV del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

    Al trámite telemático se deberán adjuntar como documentos anexos, en archivos con formato “pdf”, el Certificado de Rendimiento Eléctrico Equivalente, en el supuesto de instalaciones con tecnología de cogeneración y, un documento justificativo de la representación, en el supuesto de que la persona que cumplimente el trámite actúe en calidad de representante del titular.

    Al finalizar el trámite telemático, se genera un archivo con formato “pdf” que puede ser descargado para su almacenamiento e impresión posterior, que acredita la presentación ante la Administración de la memoria-resumen anual y tiene plena validez jurídica.

    Seguimiento de la tramitación:

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Productores de energía eléctrica en régimen especial.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    No existen requisitos específicos

    Comunicación de datos de instalaciones productoras de energía eléctrica

    • Certificado
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de rendimiento eléctrico equivalente

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Comunicación de datos de instalaciones productoras de energía eléctrica

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicar, a la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social), el desplazamiento de trabajadores que se realice a España, en el marco de una prestación de servicios transnacional, siempre que tal prestación de servicios se vaya a realizar en el territorio de dicha Comunidad Autónoma (artículo 5.1 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional).

    La Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social), pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a los efectos oportunos, las comunicaciones de desplazamiento que hubiera recibido, en los términos que se establecerán reglamentariamente. (artículo 5.5 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional)

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    - Empresas que desplacen temporalmente a sus trabajadores a España en el marco de una prestación de servicios transnacional, y que estén establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea, o en un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. (artículo 1.2 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional).
    - Quedan excluidas las empresas de la marina mercante, respecto de su personal navegante, y los desplazamientos realizados con motivo del desarrollo de actividades formativas que no respondan a una prestación de servicios de carácter transnacional. (artículo 1.3 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1.- Ha de tratarse de un “desplazamiento en el marco de una prestación de servicios transnacional”. Se considera como tal, el desplazamiento efectuado a España por las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la citada Ley 45/1999, durante un período limitado de tiempo en cualquiera de los siguientes supuestos (artículo 2.1 de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional):

    a) El desplazamiento de un trabajador por cuenta y bajo la dirección de su empresa, en ejecución de un contrato celebrado entre la misma y el destinatario de la prestación de servicios, que esté establecido o que ejerza su actividad en España. – En este caso, la comunicación no será exigible si la duración del desplazamiento no excede de 8 días (Artículo 5.3 de la citada Ley 45/1999).

    b) El desplazamiento de un trabajador a un centro de trabajo de la propia empresa, o de otra empresa del grupo del que forme parte. A estos efectos, se entiende por grupo de empresas, el formado por una empresa que ejerce el control y las empresas controladas en los términos del artículo 4 de la Ley 10/1997, de 24 de abril, sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria. - En este caso, la comunicación no será exigible si la duración del desplazamiento no excede de 8 días (Artículo 5.3 de la citada Ley 45/1999).

    c) El desplazamiento de un trabajador por parte de una empresa de trabajo temporal para su puesta a disposición de una empresa usuaria que esté establecida o que ejerza su actividad en España. – En este caso, la comunicación de desplazamiento deberá incluir, además:
    ? - La acreditación de que reúne los requisitos exigidos por la legislación de su Estado de establecimiento para poner a disposición de otra empresa usuaria, con carácter temporal, trabajadores por ella contratados.
    ? - La precisión de las necesidades temporales de la empresa usuaria que se traten de satisfacer con el contrato de puesta a disposición, con indicación del supuesto que corresponda de los previstos en el artículo 6 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

    2.- El desplazamiento se ha de comunicar antes de su inicio y con independencia de su duración. Se exceptúan los supuestos recogidos en el artículo 5.2, apartados a) y b) de la Ley 45/1999, cuya comunicación de desplazamiento no será exigible, si la duración del mismo no excede de 8 días.

    3.- La comunicación se ha de dirigir a la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, siempre que la prestación de servicios se vaya a realizar en el territorio de dicha Comunidad Autónoma.

    Requisitos posteriores

    La comunicación de desplazamiento contendrá los datos e informaciones siguientes:

    • a) La identificación de la empresa que desplaza al trabajador.
    • b) El domicilio fiscal de dicha empresa y su número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
    • c) Los datos personales y profesionales de los trabajadores desplazados.
    • d) La identificación de la empresa o empresas y, en su caso, del centro o centros de trabajo donde los trabajadores desplazados prestarán sus servicios.
    • e) La fecha de inicio y la duración previstas del desplazamiento.
    • f) La determinación de la prestación de servicios que los trabajadores desplazados van a desarrollar en España con indicación del supuesto que corresponda de los previstos en el artículo 2.1.1.º de la Ley 45/1999.
    • g) Los datos identificativos y de contacto de una persona física o jurídica presente en España que sea designada por la empresa como su representante para servir de enlace con las autoridades competentes españolas y para el envío y recepción de documentos o notificaciones, de ser necesario.
    • h) Los datos identificativos y de contacto de una persona que pueda actuar en España en representación de la empresa prestadora de servicios, en los procedimientos de información y consulta de los trabajadores, y negociación, que afecten a los trabajadores desplazados a España.

    COMUNICACIÓN DE DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES EN EL MARCO DE UNA PRESTACIÓN DE SERVICIOS TRANSNACIONAL.

    • Comunicación
      (Obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

    Plazo de resolución: 0 No tiene

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicación a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por parte de las empresas autorizadas para la organización y explotación de apuestas, de la instalación de una máquina auxiliar de apuestas homologada y documentada en un local o área de apuestas específicamente autorizado para la explotación de estas máquinas. Esta comunicación se producirá previamente a su instalación.

    Esta comunicación se podrá realizar presencialmente a través del modelo normalizado o electrónicamente, rellenando el formulario de electrónico de comunicación y firmandolo con certificado digital.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas autorizadas para la organización y explotación de apuestas

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La comunicación deberá contener identificación del local o área de apuestas, así como el modelo, serie y número de registro de la máquina auxiliar de apuestas

    Comunicación de emplazamiento para la instalación de máquinas auxiliares de apuestas en locales o áreas de apuestas

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

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