Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar al promotor la percepción de cantidades a cuenta del precio de venta de las viviendas calificadas como protegidas y de VPO (Viviendas de Protección Oficial).

    Obtener autorización para percibir cantidades a cuenta del precio de los adquirentes de las viviendas protegidas.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Promotores de viviendas calificadas como protegidas con destino a la venta.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser promotor de viviendas calificadas como protegidas de nueva construcción y de VPO con destino a la venta.

    Haber obtenido calificación provisional.

    Solicitarlo con carácter previo a la formalización de contratos de compraventa.

    Autorización para percibir cantidades a cuenta del precio de venta de la vivienda en promociones de viviendas calificadas como protegidas y de protección oficial

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder autorización para nuevas plantaciones, replantaciones o conversión de derechos.

    Los solicitantes deberán cumplir los requisitos que marca la legislación vigente para: nuevas plantaciones, replantaciones y conversión de derechos.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas.
    Propietarios o arrendatarios de terrenos agrícolas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser titular en el Registro de Explotaciones de las superficies donde se pretenda plantar viñedos.

    Poseer derechos de replantación o superficies de arranque, ambos en vigor.

    Cumplir los requisitos que marca la legislación vigente para cada una de las modalidades.

    Autorización para plantación de viñedo

    • Croquis
      (Obligatorio / Original)
      En el caso de que no se planten recintos completos, plano SIGPAC donde se dibuje la parte a plantar.
    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      En caso de la plantación se deba inscribir como V.C.P.R.D., Informe del ConsejoRegulador de la Denominación de Origen.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      En caso de sociedades documento acreditativo de que el solicitante es el representante legal de la misma.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Autorización para plantación de viñedo

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder autorización para llevar a cabo actuaciones en el ámbito de Espacios Protegidos Red Natura 2000 con Plan de Gestión aprobado que así lo requiera.

    La documentación a aportar será la exigida por cada Plan de Gestión de Espacios Protegidos Red Natura.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    De acuerdo con el artículo 46.2 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:

    Las Administraciones competentes tomarán las medidas apropiadas, en especial en dichos planes o instrumentos de gestión, para evitar en los espacios de la Red Natura 2000 el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de estas áreas, en la medida en que dichas alteraciones puedan tener un efecto apreciable en lo que respecta a los objetivos de la presente ley.

    En los Planes de Gestión vigentes se someten a autorización expresa:

    1. En las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de las Minas de la Celia y la Cueva de las Yeseras, en el apartado 12.1.4 del Plan de Gestíon (decreto n.º 13/2017, de 1 de marzo) se establece lo siguiente:

    -Queda prohibido el acceso al interior de las cavidades subterráneas de la ZEC “Cueva de las Yeseras”, excepto para realizar tareas de seguimiento, gestión e investigación, previa autorización del organismo gestor de Red Natura.

    -Las visitas en la ZEC “Minas de la Celia” estarán prohibidas del 15 de marzo al 31 de octubre. El resto del año solo se podrá visitar aquellas galerías donde no se encuentren individuos hibernando, previa autorización administrativa del órgano gestor de Red Natura. Deberán respetarse los derechos de propiedad privada.

    2. En la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Almenara, Moreras y Cabo Cope en los artículos 16 y 17 del Documento IV del Plan de Gestión (Decreto nº 299/2010, de 26 de noviembre) se somenten a autorización:

    -la instalación de aerogeneradores de pequeño tamaño destinados al consumo de vivienda aislada (art. 16)

    -La realización de actividades deportivas o recreativas organizadas en las Áreas Faunísticas Críticas, requiriéndose autorización de la Dirección General competente en materia de patrimonio natural y biodiversidad para su realización en el resto del ámbito de la ZEPA (art. 17).

    3. En la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Isla Grosa (Decreto n.º 274/2010, de 1 de octubre) en su artículo 11.1 se establece que:

    Cuando el presente Plan establezca la obligación de someter a evaluación o informe la ejecución de actividades, proyectos, obras de adecuación o reforma de las instalaciones existentes en el ámbito del Plan, la no obtención de la correspondiente autorización impedirá su ejecución. En cualquier caso, la obtención de la referida autorización no prejuzgará el cumplimiento de cualquier otra normativa sectorial que resulte de aplicación, ni eximirá de la necesidad de otorgamiento de otras licencias o autorizaciones.

    En la ZEPA de Isla Grosa quedan sujetas a autorización expresa (Anexo II del Plan):

        1. La corta, recolección o desarraigo de las especies de la flora silvestre así como sus partes, frutos y elementos de diseminación, y cualquier actividad que suponga la destrucción o deterioro de la cubierta vegetal.
        2. La recolección, uso, manejo o aprovechamiento de especies de la flora silvestre por motivos didácticos, científicos, de conservación o de restauración.
        3. La ejecución de trabajos de restauración de la cubierta vegetal.
        4. Actuaciones localizadas y debidamente justificadas de control de poblaciones de especies silvestres exóticas o que se consideren plagas, incluida la captura o reducción de poblaciones animales de determinadas especies cuando existan razones de orden biológico o técnico que lo justifiquen.
        5. La recolección de rocas, minerales y muestras de suelo, así como la alteración de cualquier elemento de la gea.
        6. La acampada y la pernocta dentro de la ZEPA por razones de gestión o investigación.
        7. El acceso a tierra firme. La autorización será otorgada directamente por la Consejería competente en materia de medio ambiente.
        8. Reforma de edificaciones e infraestructuras.
        9. Los amarres en boyas de amarre de la Zona de Amortiguación Marina.
        10. Los recorridos guiados en barco por la Zona de Amortiguación Marina.
        11. Las actividades de buceo autónomo de recreo.
        12. La pesca profesional dentro de la Zona de Amortiguación Marina para aquellas embarcaciones incluidas en el censo de embarcaciones autorizadas para esta actividad.
        13. La realización de trabajos de investigación en el ámbito del Plan de Gestión.
        14. El acceso a Isla Grosa para labores de vigilancia aduanera y mantenimiento de instalaciones de señalización marítima.
        15. Las actividades arqueológicas.

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      informativa, explicativa o proyecto, croquis de situación y plano de las parcelas.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la realización de apuestas internas a través de terminales de expedición y máquinas auxiliares de apuestas en casinos, bingos y salones de juego.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas autorizadas para la organización y explotación de apuestas y el titular del establecimiento.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La vigencia de la autorización se extenderá por el mismo período de tiempo que el de la autorización para la organización y explotación de las apuestas pudiendo ser renovada por idéntico periodo de tiempo por el que, en su caso, fuera renovada esta autorización, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el momento de solicitar la renovación.

    Un local autorizado para la celebración de apuestas deberá cumplir los siguientes requisitos:

    a) Tener colocado a la entrada de los mismos y de forma visible un letrero o rótulo con indicación de su carácter de local de apuestas.

    b) Exhibir la autorización administrativa al efecto.

    c) Hacer constar a la entrada a los mismos de forma visible la prohibición de participar en la apuestas a los menores de edad.

    d) Disponer de pantallas o paneles electrónicos que permitan conocer el estado de las apuestas y el seguimiento de los acontecimientos objeto de las mismas.

    e) Situar en un lugar visible un cartel con la indicación de que la práctica de juegos u apuestas puede producir ludopatía.

    f) Poner a disposición de los clientes, en lugar visible, folletos o información sobre los lugares donde acudir en caso de que se detecte algún tipo de patología relacionada con el juego

    Autorización para realizar apuestas en casinos, bingos y salones de juego

    • Contrato
      (No obligatorio / No original)
      Acuerdo para la autorización de apuestas en establecimientos de juego
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa Administrativa correspondiente.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A AGENCIA TRIBUTARIA DE LA R.M.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener autorización para poder realizar inmersiones en las aguas interiores de las Reservas Marinas de la Región de Murcia, excepto en las zonas de Reserva Integral.

    Las inmersiones en la zona de aguas interiores correspondiente a las zonas de Reserva Integral están prohibidas, no siendo susceptibles de autorización.

    Lugares de la inmersión autorizados:

    • RMIP Cabo de Palos-Islas Hormigas:
      • Bajo de la Testa
      • Bajo de Piles 1
      • Bajo de Piles 2
      • Bajo de Dentro
    • Bajo de la Morra.
    • RMIP de Cabo Tiñoso
      • Las Palomas norte
      • Las Palomas poniente
      • Bajo de Las Palomas
      • Loberica
      • Arco levante
      • Arco poniente
      • Cueva del lago
      • Muellecico
      • Mina de cristal
      • Punta las ánimas
      • Cala abierta
      • Cala Cerrada centro
      • Cala Cerrada oeste
      • Tajo colorao
      • Cala Muñoz
      • Garita
      • Corralón

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas que deseen practicar el buceo autónomo (inmersiones) en aguas interiores de las Reservas Marinas de la Región de Murcia, a excepción de la zona de reserva integral.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Procedimiento permanente.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Cumplimentar adecuadamente el impreso de solicitud.

    Pagar la tasa correspondiente.

    Requisitos posteriores

    Durante el ejercicio de la actividad, podrá ser requerida la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para la práctica de actividades subacuáticas tanto a la persona que realiza la inmersión como al patrón de la embarcación.

    Autorización para realizar inmersiones en las Reservas Marinas de Interés Pesquero

    • Certificado médico
      (No obligatorio / No original)
      Certificado médico oficial, y en caso necesario, posteriores reconocimientos (libreta de actividades subacuáticas).
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      Título adecuado a la exposición hiperbárica que va a realizar
    • Póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil
      (No obligatorio / No original)
      Seguro de accidentes y responsabilidad civil en vigor

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro.

    • T762. Autori Inmersión Reserva Marina. C.Palos-I.Hormigas,C.Tiñoso

      H00001 - Autori Inmersión Reserva Marina. C.Palos-I.Hormigas,C.Tiñoso

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Gestiona Servicio de Pesca y Acuicultura

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada Consejero/a competente
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la realización de obras, actividades e instalaciones en las carreteras regionales.

    Una vez concedida la autorización se liquidará la tasa Modelo T410 por la Dirección General de Carreteras.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS (A14024257)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Presentar solicitud.

    Solicitud de autorizacion del uso de zona de proteccion de carreteras regionales

    • Plano
      (Obligatorio / No original)
      Croquis o plano de situación del lugar donde se pretende realizar la obra, instalación o actividad
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener el formulario E.112, expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que acredita el derecho a continuar un tratamiento médico ya iniciado o para recibir un tratamiento médico específico y programado, en el territorio del Estado Miembro al que se desplaza el asegurado/a temporalmente.

    El paciente deberá comprobar que el centro sanitario, así como el facultativo y el equipo médico que va a atenderle, pertenecen o están concertados con el sistema sanitario público del país al que se desplaza el paciente y que los gastos ocasionados estarán cubiertos con el formulario E.112.-

    El paciente recibirá la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que la ciudadania del país al que se desplaza.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Pacientes que tienen que desplazarse al extranjero, para continuar un tratamiento médico ya iniciado o para recibir un tratamiento médico específico programado.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Que la asistencia sanitaria necesaria no pueda ser prestada en ningún centro sanitario público de España.

    Que haya sido prescrito por un facultativo del Servicio Murciano de Salud, donde conste:

    El motivo y/o la necesidad de recibir la asistencia sanitaria o tratamiento específico.

    El centro sanitario donde se le puede realizar el tratamiento propuesto.

    Por razones sociales:

    Traslado temporal de residencia con tratamiento médico ya iniciado (por ejemplo maternidad/incapacidad temporal/otros).

    Necesidad sobrevenida de recibir asistencia sanitaria programada durante una estancia temporal en otro pais.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar el servicio de transporte regular de uso especial de estudiantes y obreros, con origen o destino en su centro de estudio o de trabajo.

    Escolares y Obreros: sometidos a calendarios, horarios e itinerarios.

    Correo Electrónico de Contacto: transportes-viajeros@listas.carm.es

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas titulares de autorización de viajeros discrecional (VD).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser persona física o jurídica.

    Disponer de autorización para el transporte público discrecional de viajeros en autobús.

    Tener contrato con el colectivo que se transporta.

    Abonar Tasa 430-1.

    • Croquis
      (Obligatorio / Original)
      Croquis del itinerario, con especificación de carreteras, paradas y horarios.
    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Contrato entre las partes (cliente y transportista).
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Tarjeta de transportes.*En poder de la Administración. No está obligado a presentar el documento, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder el dato/documento de forma electrónica o por otros medios.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
    • Tarjeta
      (No obligatorio / No original)
      Tarjeta de transportes.*En poder de la Administración. No está obligado a presentar el documento, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder el dato/documento de forma electrónica o por otros medios.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar los traslados de cadáveres o de restos humanos y en su caso las exhumaciones de los mismos.

    1. Exhumación y traslado de restos mortales: en la Región de Murcia sólo es obligatorio solicitar autorización sanitaria para la exhumación y traslado de restos mortales (lo que queda del cuerpo humano, una vez transcurridos los 5 años siguientes a la muerte real) para su posterior reinhumación en otro cementerio del territorio nacional, ya sea de la Región o fuera de ella, o para su incineración fuera del cementerio. Asimismo, es obligatorio solicitar dicha autorización en caso de exhumación de cadáveres, tanto para su reinhumación en el mismo cementerio como fuera del mismo (articulos 30 al 33, Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria).

    Por tanto, toda exhumación de restos mortales para su posterior reinhumación dentro del mismo cementerio no precisa autorización sanitaria previa, con la excepción de que dichos restos pertenezcan al grupo I de la clasificación sanitaria de los cadáveres.

    Dicho Grupo I Comprende: 1) Los de las personas cuya causa de la defunción represente un peligro sanitario como es el cólera, viruela, carbunco, Ébola y aquellas otras que se determinen en virtud de Resolución de la Dirección General de Sanidad, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», y 2) Los cadáveres contaminados por productos radiactivos.

    2. Es necesaria la presencia de médico tanatólogo, inscrito en el libro de registro de Tanatólogos de la Región de Murcia, en caso de exhumación de cadáver, tanto para su reinhumación en el mismo cementerio como fuera del mismo. El acta de exhumación deberá ser remitida a esta Dirección General en un plazo máximo de 48 horas.

    3. Se precisa Acta de conservación transitoria: si el traslado del cadáver se hace pasadas 48 horas y menos de 72 horas desde el momento de producirse la defunción.

    4. Se precisa Acta de embalsamamiento: si el traslado del cadáver se hace pasadas las 72 horas desde el momento de producirse la defunción.

    5. El traslado debe ser realizado mediante vehículo autorizado y en féretro adecuado. Se debe usar féretro especial (féretro de zinc o bolsa sanitaria homologada) para el traslado de cadáveres embalsamados o conservados transitoriamente, así como en caso de traslado de mas de 3 horas de duración durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

    6. En cumplimiento de la normativa vigente, no se podrá proceder a la exhumación de cadáveres, salvo por orden de la Autoridad Judicial, durante los meses de JUNIO, JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE, tanto para su reinhumación en el mismo cementerio como fuera de él (art. 3º, Orden 07/06/91, BORM fecha14/06/1991).

    En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "7 La autorización sanitaria para el traslado de cadáveres y restos mortales será emitida de inmediato (Procedimiento 1662)".

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Empresas de Pompas Fúnebres y particulares

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    No ser un sepelio ordinario.

    Empresa funeraria autorizada por el familiar o representante del fallecido.

    SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA TRASLADO DE RESTOS MORTALES Y CADÁVERES

    • Acta
      (Obligatorio / No original)
      Actas de prácticas tanatológicas: Se precisa Acta de conservación transitoria si el traslado del cadáver se hace pasadas 48 horas y menos de 72 horas desde el momento de producirse la defunción y se precisa Acta de embalsamamiento si el traslado del cadáver se hace pasadas las 72 horas desde el momento de producirse la defunción. Acta de exhumación (en caso de exhumación de cadáver inhumado).
    • Autorización
      (Obligatorio / No original)
      En caso de traslado de personas fallecidas por causas judiciales, se debe presentar autorización judicial de traslado (si se va a incinerar debe ser explícito).
    • Certificado
      (Obligatorio / No original)
      Se debe aportar Certificado facultativo de la defunción en caso de traslado de cadáver para su inhumación en otra CCAA o fuera de España.
    • Consulta de defunción (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES

    Plazo de resolución:

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reintegrar las ayudas percibidas (subsidiación y subvención) más el incremento del interés legal, así como cancelar el préstamo cualificado.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Personas fisicas adquirentes de viviendas de protección pública, viviendas a precio protegido y de precio limitado.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Venta de la vivienda objeto de las ayudas antes de los diez años o de cinco años en caso de vivienda de precio limitado, por alguno de los motivos recogidos en el plan de vivienda correspondiente.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

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