Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir y/o modificar información o datos en el Registro de Explotaciones Agrarias

    Todas las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán inscribirse en el Registro de Explotaciones Agrarias, sean o no perceptoras de subvenciones por las mismas. La superficie mínima que deberá tener la explotación en su conjunto para su inscripción es de 0,1 Ha.

    Deben estar inscritos todos aquellos titulares de explotaciones agrarias que deseen percibir ayudas públicas agrarias con cargo a los presupuestos generales de esta Comunidad Autónoma.

    De acuerdo con el Real Decreto 9/2015 En los casos en los que se interrumpa la actividad de las explotaciones agrícolas, esto es, que no se realice ninguna notificación de modificación o actualización durante un periodo de tres años, se procederá a dar de baja a la explotación agrícola en el REGEPA, en cualquier caso se conservará la información histórica de todas las explotaciones agrícolas, e igualmente se hace con el Registro de Explotaciones.

    Cualquier incidencia que surja al hacer la solicitud con respecto a la utilización del programa"SGA", se puede consultar con la siguiente dirección de correo: demeter@carm.es

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones agrarias situadas en la Región de Murcia con una superficie mínima de 0,1 Hectáreas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 01/01/2019 hasta 31/12/2019

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ostentar la condición de titular de una explotación agraria con superficie superior a 0,1 Hectáreas ubicadas en la Región de Murcia.

    ----------------------------

    Si desea realizar consulta al personal técnico, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: dg.fondosagrarios@carm.es

    También puede solicitar cita previa para consulta presencial, llamando al 968 36 27 54 ó 012. El horario de consulta será de 9 a 12 h. de lunes a viernes.

    Solicitud única y SGA/REGEPA

    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento y de la liquidación de impuestos del mismo
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Las solicitudes se pueden realizar a través del programa
    • Contrato de compraventa
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada del contrato de cesión o compraventa y de la liquidación de impuestos del mismo.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Cualquier otro documento válido en derecho que justifique el derecho a ejercer la actividad agraria en los recintos SIGPAC objeto de duplicidad declarados
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Cualquier otro documento válido en derecho que justifique el derecho a ejercer la actividad agraria en los recintos SIGPAC objeto de duplicidad declarados
    • Escritura de la propiedad
      (No obligatorio / No original)
      Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad de los recintos.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Solicitud única y SGA/REGEPA

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Registrar la formación permanente del profesorado, para tener y catalogar las actividades de formación permanente que realiza el profesorado no universitario de la Región de Murcia.

    Se ha publicado el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso escolar 2018-2019.

    Destinatarios

    Administración.

    Profesorado no universitario de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    No existen requisitos específicos

    Solicitud de reconocimiento de actividades de formación.

    • Certificación
      (Obligatorio / Original)
      Certificado/s que acredite las actividades de formación para las que solicita el reconocimiento a efectos de formación permanente del profesorado.
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Dar conocimiento público de la infraestructura de información al consumidor y usuario en la Región y garantizar la capacidad de defensa de los consumidores que acudan a la misma.

    Las Oficinas inscritas tendrán los siguientes beneficios:

    a) Acceso a la información del Centro de Documentación en materia de Defensa del Consumidor y Usuario gestionado por la Oficina Regional de Información al Consumidor y Usuario.

    b) Acceso al material relativo a la defensa del consumidor y usuario que elabore la Administración Autonómica como consecuencia de publicaciones y campañas de difusión propias, el cual será proporcionado gratuitamente y en cantidad suficiente de acuerdo con las disponibilidades.

    Las entidades titulares de las Oficinas inscritas tendrán las siguientes obligaciones:

    a) Solicitar la inscripción del correspondiente asiento de modificación cuando se produzcan alteraciones de los datos de los asientos del Registro.

    b) Comunicar al Registro todas aquellas alteraciones que se produzcan respecto de los datos contenidos en las Memorias justificativas de suficiencia de medios.

    c) Abstenerse de realizar cualquier tipo de publicidad comercial expresa o encubierta en las Oficinas.

    Las OICU de titularidad pública o de Organizaciones de Consumidores tendrán además las siguientes obligaciones:

    a) Ostentar en exclusiva y públicamente el anagrama identificativo en lugar y tamaño que permita su perfecta visualización por el ciudadano desde el exterior de la Oficina. Dicho anagrama deberá ser reproducido asimismo en los documentos que expida la Oficina.

    b) Remitir a la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía una Memoria de las actividades desarrolladas en cada año natural, en el plazo de un mes tras su finalización, con la obligación de utilizar, en su caso, los modelos normalizados que se establezcan.

    Las OICU inscritas en el Registro no podrán realizar ninguna forma de publicidad comercial expresa o encubierta.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Ayuntamientos, asociaciones de consumidores y usuarios y oficinas de información de cualquier tipo

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ofrecer gratuitamente el servicio de información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos, fundamentalmente atendiendo las consultas que realicen, así como indicando las direcciones y principales funciones de otros centros, públicos o privados, de interés para el consumidor y usuario.

    Gestionar las reclamaciones, denuncias y quejas presentadas por consumidores y usuarios.

    Tener ubicación de fácil acceso y estar debidamente señalizadas.

    Horario de apertura al público durante la jornada laboral.

    Disponer de personal con la formación suficiente.

    No podrán dedicarse a actividades ajenas a la defensa del consumidor.

    Registro de Oficinas de Información al Consumidor y Usuario de la Región de Murcia

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      de suficiencia de medios, que deberá especificar:a) Horario de atención al público previsto.b) Nombre del responsable de la Oficina.c) Formación del personal al servicio de la Oficina.d) Teléfono y fax, en su caso.e) Descripción de la ubicación, tamaño, equipamiento y señalización de la Oficina.f) Cuantos otros datos se consideren necesarios para acreditar la suficiencia de medios en relación a las funciones que vaya a realizar.(No será necesario presentar la Memoria cuando se solicite sólo el cambio de denominación de la Oficina).
    • Memoria justificativa
      (No obligatorio / No original)
      de suficiencia de medios, que deberá especificar:a) Horario de atención al público previsto.b) Nombre del responsable de la Oficina.c) Formación del personal al servicio de la Oficina.d) Teléfono y fax, en su caso.e) Descripción de la ubicación, tamaño, equipamiento y señalización de la Oficina.f) Cuantos otros datos se consideren necesarios para acreditar la suficiencia de medios en relación a las funciones que vaya a realizar.(No será necesario presentar la Memoria cuando se solicite sólo el cambio de denominación de la Oficina).

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada Consejero/a competente

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Calificar e inscribir a las sociedades cooperativas y a las asociaciones de cooperativas, así como, los actos y negocios jurídicos que se determinen en la Ley de Cooperativas y en su Reglamento.

    Cumplir las funciones de legalización de los libros de sociedades cooperativas, depósito y publicidad de sus cuentas anuales y anotación de las sanciones muy graves por infracción a la legislación cooperativa, así como, aquellas funciones que le atribuya el Reglamento.

    La Cooperativa tendrá personalidad jurídica desde el momento en que se inscriba su escritura pública de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas.

    La certificación será el único medio de acreditar el contenido de los asientos registrales.

    La legalización de los libros de la sociedad cooperativa precisa el abono de las tasas correspondientes.

    Para la solicitud de certificados de actos registrales y copias de cuentas anuales que no se realice electrónicamnete se abonará la tasa correspondiente.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Sociedades cooperativas que desarrollen su actividad cooperativizada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o en varias Comunidades Autónomas, siempre y cuando, la actividad principal se ejerza en la Comunidad Autónoma de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA SOCIAL Y TRABAJO AUTÓNOMO (A14028267)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Haber otorgado escritura pública.

    Para presentar el depósito de cuentas anuales y legalizar libros deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas.

    Registro de Sociedades Cooperativas

    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Para legalización de libros de la sociedad cooperativa.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Una copia autorizada y una copia simple
    • Cuentas anuales
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud para el Depósito de cuentas anuales de la sociedad cooperativa y documentación que se precisa.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)
      Sólo para legalización de libros
    • Libro inventario y cuentas anuales
      (Obligatorio / Original)
      - Depósito de cuentas: registro de las cuentas anuales de la cooperativa y documentación que se precisa.- Legalización de los libros: solicitud de presentación de los libros de la cooperativa a efectos de su legalización.- Modelo de certificación de cuentas: que se podrá utilizar (no es obligatorio) para aprobar las cuentas del año.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Registro de Sociedades Cooperativas

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ECONOM.SOCIAL Y TRAB. AUTONOMO

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información general

    Unidad orgánica responsable

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Sanidad
        • Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano

    Código y denominación

    8242 - Registro de altas y bajas de médicos especialistas que lleven a cabo procedimientos de radiologia intervencionista en instituciones sanitarias del ámbito público o privado

    Objeto

    Realizar el seguimiento y control de los médicos especialistas que lleven a cabo procedimientos de radiología intervencionista en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Empresas.

    Instituciones sanitarias con médicos especialistas que realizan procedimientos de radiologia intervencionista

    Requisitos

    Las instituciones sanitarias del ámbito público o privado tienen que estar autorizadas por el Registro de recursos sanitarios regionales y realizar procedimientos de radiología intervencionista.

    Documentación

    • Solicitud según modelo normalizado

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir en el registro de aparatos elevadores un ascensor, una grúa torre o una grúa móvil autopropulsada.

    DECLARACIÓN RESPONSABLE

    • La presentación de la declaración responsable habilita a los titulares de las instalaciones para ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte la instalación.
    • La declaración responsable ha de ser suscrita por el titular y el resto de agentes que intervienen en el diseño y ejecución de la instalación (Empresa instaladora, redactor de la memoria técnica de diseño, técnico proyectista y/o técnico director de obra)
      • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable y la realización de la actividad sin haber realizado la declaración responsable, están tipificadas como infracciones, pudiendo ser sancionadas con multas de hasta 90.151,82 euros.

    TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

    • Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
      • -Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
      • Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      • Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
      • En el supuesto de intervención de una empresa instaladora, deberá estar habilitada y contar con instaladores habilitados en el campo reglamentario correspondiente al tipo de instalación ejecutada.
      • En su caso, la habilitación de los instaladores se realizará dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1032 - Certificados y carnés profesionales' del catálogo de procedimientos y servicios de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Una vez que la empresa disponga de instaladores habilitados, deberá proceder a su habilitación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1045 - Registro de empresas de servicio a la actividad industrial'.

    TASAS

    T610. Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas

    • En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente, para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito. No es necesario obtener la carta de pago.
    • Las personas físicas que opten por desplazarse a una Oficina Presencial a presentar la solicitud, pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá acompañar a la solicitud el justificante de abono de la tasa correspondiente.

    SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, podrá acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento del registro de la declaración responsable, cuando la tramitación se haya realizado de forma presencial.

    Información de notificaciones

    Si usted es una persona física puede elegir el sistema de notificación (por carta o electrónicamente) ante la Administración, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

    Si usted está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen) será notificado electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, aunque haya elegido notificación postal.

    Los actos y resoluciones administrativos que se deriven de la tramitación de esta solicitud serán notificados electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen).

    Pueden acceder a las notificaciones DEH en https://notificaciones.060.es o en carpeta ciudadana https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

    Además de los avisos de notificación que se realicen desde DEH, podrá indicar una dirección de correo electrónico y/o un nº de teléfono móvil para que se le avise cuando se le envíen nuevas notificaciones.

    Información Particular

    Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa': http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    El titular de la instalación o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Disponer de la documentación, que en cada caso establezca la Declaración responsable.

    Requisitos posteriores

    A. Disponer, mientras esté en servicio, y para presentar a la autoridad competente cuando ésta le requiera para su control o inspección, de toda la documentación que establecen los reglamentos e instrucciones técnicas complementarias que le son de aplicación a la instalación declarada. A efectos informativos se indica a continuación:

    1. Escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, debidamente inscritos en el registro mercantil o que, como titular de la actividad o instalación declarada, se dispone de la documentación de índole fiscal y laboral acreditativa de constitución de la misma.
    2. En caso de cambio de titularidad: título/documento de transmisión patrimonial, público/privado acreditativo del cambio de titularidad de las instalaciones declaradas, así como el correspondiente documento de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
    3. La documentación que establece el Reglamento de aparatos elevadores y sus Instrucciones Técnicas y resto de disposiciones que en esta materia establece la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que le son de aplicación a la instalación declarada.

    B. Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de los datos declarados, así como la baja de la instalación, mediante la presentación de una nueva declaración responsable a esta Administración en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca.

    Registro de aparatos elevadores

    • Declaración responsable
      (No obligatorio / Original)
    • Certificado
      (No obligatorio / Original)
      Archivo de ratificación de la empresa instaladora. Archivo de ratificación del técnico proyectista. Archivo de ratificación del técnico director de obra.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Registro de aparatos elevadores

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00002 - Instalaciones industriales y energéticas con proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Potenciar las relaciones con los ciudadanos, a través de medios telemáticos, al amparo de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que establece que las Administraciones Públicas posibilitarán que los ciudadanos puedan relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos e informáticos, siempre atendiendo a los requisitos y garantías previstos en cada procedimiento.

    Mientras no se encuentre operativo el Registro de apoderamientos previsto en el a´rtículo 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas´, este procedimiento seguirá activo.

    La lista de los procedimientos que necesitan de apoderamiento para su presentación / consulta por Internet se encuentran en la página Web de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca dentro de DESTACADOS / Entidades Colaboradoras / Apoderamientos / Relación de Trámites con Apoderamiento. La URL es https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=9508&IDTIPO=100&RASTRO=c80$m22721,22770,1916

    Destinatarios

    Administración.

    Personas físicas o jurídicas que deseen presentar telemáticamente solicitudes de ayudas de la P.A.C.(Política Agraria Común) o realizar otros trámites telemáticos relacionados con las mismas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 01/01/2019 hasta 31/12/2019

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Se incorporarán al Registro los apoderamientos acreditados por alguna de las siguientes formas:

    a) Poder otorgado mediante comparecencia personal del poderdante en la Unidad de Coordinación del Sistema Integrado de Ayudas en la Consejería de Agricultura y Agua o en las Oficinas Comarcales Agrarias dependientes de la Consejería de Agricultura y Agua mediante el empleo del formulario del Anexo I.

    En el formulario, que se cumplimentará en su totalidad, deberá constar la firma del poderdante y la identificación y firma del funcionario ante quien se comparece que, en todo caso, deberá estar autorizado para dar de alta en el registro los apoderamientos, en las condiciones establecidas en esta Orden.

    Si el poderdante es una persona jurídica, el compareciente deberá acreditar que es el representante legal de la entidad o que ostenta poder suficiente para otorgar los apoderamientos de que se trate.

    b) Poder otorgado mediante documento público, o privado con firma notarialmente legitimada.

    En el caso de otorgamiento de poder para la recepción telemática de comunicaciones y notificaciones además de los requisitos a los que se refiere el apartado anterior, para ser dados de alta en el Registro, será necesaria la aceptación del apoderado que podrá acreditarse por comparecencia, en documento público o privado con firma notarialmente legitimada.

    Se darán de baja del Registro las revocaciones de apoderamientos acreditados por alguna de las siguientes formas:

    a) Revocación de poder otorgado mediante comparecencia personal del poderdante en la Unidad de Coordinación del Sistema Integrado de Ayudas en la Consejería de Agricultura y Agua o en las Oficinas Comarcales Agrarias dependientes de la Consejería de Agricultura y Agua mediante el empleo del formulario del Anexo II.

    En el formulario, que se cumplimentará en su totalidad, deberá constar la firma del poderdante y la identificación y firma del funcionario ante quien se comparece que, en todo caso, deberá estar autorizado para dar de baja en el registro los apoderamientos, en las condiciones establecidas en este Decreto.

    Si el poderdante es una persona jurídica, el compareciente deberá acreditar que es el representante legal de la entidad o que ostenta poder suficiente para revocar los apoderamientos de que se trate.

    b) Poder de revocación otorgado mediante documento público, o privado con firma notarialmente legitimada

    Solicitud de Otorgamiento o Revocacion de apoderamientos a traves de internet.

    • Documento de identidad: NIF
      (No obligatorio / No original)
      Al venir la mayoría de los apoderamientos escritos a mano, es necesario solo a efectos de poder comprobar el Numero del mismo y el nombre y apellidos del interesado

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve:

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener la autorización de publicidad sanitaria de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

    • -Se debe presentar una solicitud individual por cada documento publicitario nuevo.
    • -Se debe incluir la transcripción completa de la comunicación a publicitar en texto, imágenes y/o capturas de pantalla.
    • -En cada mensaje publicitario deberá incluir:
      • Identificación del profesional sanitario mediante su nº. de colegiación.
      • Espacio para “Control Publicidad Sanitaria número de Registro_ _ _ RMu.”,que se le asigne.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios que quieran publicitarse.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar inscritos en el Registro de Centros Servicios y Establecimientos Sanitarios. (RES)

    Requisitos posteriores

    Las autorizaciones tienen una vigencia de 5 años, pudiendo solicitarse su renovación transcurrido ese plazo, por periodos iguales de tiempo.

    Solicitud de Autorización de Publicidad Sanitaria

    • Descripción de la actuación que se pretende realizar
      (Obligatorio / No original)
      - Si la publicidad consiste nueva solicitud de autorización en: ? FOLLETOS, se debe incluir anexo copia del documento. ? WEBS y RADIO, se debe incluir transcripción completa del texto, imágenes y capturas de pantalla. ( Anexar preferentemente en formato pdf o jpg - Se debe presentar una solicitud por cada documento publicitario nuevo. - En los documentos publicitarios deberán incluir: ? Identificación del profesional sanitario mediante su nº. de colegiación. ? Espacio para ?Control Publicidad Sanitaria número de Registro_ _ _ RMu.?,que se le asigne.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir aves rapaces en posesión de particulares para la práctica de la cetrería.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Personas físicas propietarias o depositarias de aves rapaces.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Ser propietario o depositario de un ave rapaz, con cualificación de cetrero y documentación cites, en el caso de adquisición en el extranjero.
    • Si el ave ha sido adquirida en cualquiera de las Comunidades Autónomas de España, se precisa certificación de cría en cautividad o certificación del organismo oficial de la comunidad autónoma de procedencia.
    • El propietario o depositario del ave rapaz ha de pertenecer, con anterioridad a la fecha de la solicitud, a alguna asociación de cetrería legalmente constituida.

    Registro de aves rapaces en posesión de particulares para la práctica de la cetrería

    • Factura
      (Obligatorio / Original)
      Factura que acredite la adquisición del ave, o en su caso, del documento de cesión.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditar la pertenencia a una asociación de cetrería.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado de cría en cautividad o CITES.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    • T210. Tasa por Actuac.,licencias,permisos,aut.activ.cineg./pisc.

      S1H010 - Autoriz.e inscrip.de tenencia de especies distintas a perro.

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener la autorización sanitaria preceptiva para el funcionamiento de un centro, servicio o establecimiento sanitario y su posterior inscripción el el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios (RES).

    • Los centros autorizados figurarán inscritos en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios como fuente de información que le facilita el conocimiento de los recursos sanitarios de la Región de Murcia, configurarán el Catálogo de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Régión de Murcia, así como formarán parte, a nivel nacional, del Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, información que estará a disposición de los ciudadanos desde la web del Servicio Murciano de Salud.

    Comentario a las Tasas:

    • Este procedimiento NO requiere el pago anticipado/autoliquidación de la tasa T 810. Después de realizada inspección, se emitirá la carta de pago por la unidad gestora correspondiente. En ningún caso, el pago de la tasa debe realizarse en el momento de presentar la solicitud.
    • Cuando se solicite por el interesado la expedición de un certificado de su centro, SI procederá el pago de la tasa general de la Administración por expedición de Certificados T010-H00001. En este caso, el pago de la tasa deberá realizarse en el momento de solicitar el certificado.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Los centros, servicios y establecimientos Sanitarios deberán:
      • Cumplir los requisitos técnico sanitarios específicos que les sea de aplicación y, especialmente, en todo aquello que afecte a la seguridad de las personas.
      • Mantener las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias y estar diseñados de tal modo que se evite en todo momento los riesgos biológicos asociados a los mismos.
      • Disponer de los recursos humanos y materiales adecuados para ejercer su actividad.

    Requisitos posteriores

    Solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios

    • Declaración responsable
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de un centro: Declaración Responsable del solicitante en la que se manifieste que cumple con las condiciones y requisitos generales previstos en el Artículo 5. del Decreto nº 73/2004 de 2 de julio (Existe modelo normalizado).
    • Plano
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de la estructura de un centro: Plano de distribución con mobiliario y equipamiento, a escala. (Las instalaciones deben estar adaptadas a personas afectadas por minusvalías, según Decreto 39/1987, de 4 de junio sobre supresión de barreras arquitectónicas y Orden 15 de octubre de 1991).
    • Actividades de formación reconocidas por la Administración educativa correspondiente
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta de instalación de Rayos X, Radiactiva o de Medicina nuclear: Formación adecuada y/o Acreditación para dirigir/supervisar aparatos de rayos X.
    • Cédula de compatibilidad urbanística
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta de un centro: Cédula urbanística o Informe de uso, expedidos por el Ayuntamiento correspondiente.
    • Solicitud
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de instalación de Rayos X: Solicitud en modelo oficial del Registro de dicha instalación en Industria con detalle de los equipos (Código nº 987 de la Guia de Procedimientos de la Carm).
    • Certificado de Colegiación
      (No obligatorio / No original)
      En caso de nuevos profesionales: Detallando especialidad si se posee, de todos los profesionales sanitarios.
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de un centro: Acreditación del nombramiento y aceptación del Director Técnico o responsable máximo sanitario (Existe modelo normalizado).
    • Programa
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta de instalación de Rayos X, Radiactiva o de Medicina nuclear: Programa de Garantía de Calidad de Radiodiagnóstico de dicha instalación.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
      En caso de actuar el Solicitante por representación del interesado o de una Sociedad: Documento que acredite la representación.
    • Escritura de constitución
      (No obligatorio / No original)
      En caso de que el propietario del centro o establecimiento sea una sociedad: Escritura de constitución de la misma y tarjeta de identificación fiscal (CIF).
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta de nuevas ofertas, Indicar: Tipo de centro y Oferta asistencial, cartera de servicios, principales técnicasdiagnósticas, relación del utillaje y aparataje, plantilla de personal con nº de NIF/NIE, agrupada por servicios médicos/sanitarios que presta el centro, horario, fecha y firma del solicitante.
    • Solicitud o inscripción en el Registro de Productores de Residuos Peligrosos
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de generación de Residuos: Acreditación, con sello de presentación, de la Comunicación previa y modificaciones al Registro de Productor de Residuos Peligrosos de menos de 10Tm/AÑO (Pequeño Productor de Residuos Peligrosos) (Código nº.5822 de la Guia de Procedimientos y Servicios de la CARM).
    • Programa de Garantía de Calidad de Radiodiagnóstico
      (No obligatorio / No original)
      En caso de alta o modificación de instalación de Rayos X, Radiactiva o de Medicina nuclear. Detallando los equipos y firmado por el titular de la instalación.
    • Certificado de inscripción de instalación eléctrica de baja tensión (*)
    • Certificado de inscripción de instalación radiactiva (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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Expansión
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CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.