Registro de Oficinas de Información al Consumidor y Usuario de la Región de Murcia (código 830)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Dar conocimiento público de la infraestructura de información al consumidor y usuario en la Región y garantizar la capacidad de defensa de los consumidores que acudan a la misma.

Las Oficinas inscritas tendrán los siguientes beneficios:

a) Acceso a la información del Centro de Documentación en materia de Defensa del Consumidor y Usuario gestionado por la Oficina Regional de Información al Consumidor y Usuario.

b) Acceso al material relativo a la defensa del consumidor y usuario que elabore la Administración Autonómica como consecuencia de publicaciones y campañas de difusión propias, el cual será proporcionado gratuitamente y en cantidad suficiente de acuerdo con las disponibilidades.

Las entidades titulares de las Oficinas inscritas tendrán las siguientes obligaciones:

a) Solicitar la inscripción del correspondiente asiento de modificación cuando se produzcan alteraciones de los datos de los asientos del Registro.

b) Comunicar al Registro todas aquellas alteraciones que se produzcan respecto de los datos contenidos en las Memorias justificativas de suficiencia de medios.

c) Abstenerse de realizar cualquier tipo de publicidad comercial expresa o encubierta en las Oficinas.

Las OICU de titularidad pública o de Organizaciones de Consumidores tendrán además las siguientes obligaciones:

a) Ostentar en exclusiva y públicamente el anagrama identificativo en lugar y tamaño que permita su perfecta visualización por el ciudadano desde el exterior de la Oficina. Dicho anagrama deberá ser reproducido asimismo en los documentos que expida la Oficina.

b) Remitir a la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía una Memoria de las actividades desarrolladas en cada año natural, en el plazo de un mes tras su finalización, con la obligación de utilizar, en su caso, los modelos normalizados que se establezcan.

Las OICU inscritas en el Registro no podrán realizar ninguna forma de publicidad comercial expresa o encubierta.

Destinatarios

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Ayuntamientos, asociaciones de consumidores y usuarios y oficinas de información de cualquier tipo

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

Requisitos de solicitud o iniciación

Ofrecer gratuitamente el servicio de información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos, fundamentalmente atendiendo las consultas que realicen, así como indicando las direcciones y principales funciones de otros centros, públicos o privados, de interés para el consumidor y usuario.

Gestionar las reclamaciones, denuncias y quejas presentadas por consumidores y usuarios.

Tener ubicación de fácil acceso y estar debidamente señalizadas.

Horario de apertura al público durante la jornada laboral.

Disponer de personal con la formación suficiente.

No podrán dedicarse a actividades ajenas a la defensa del consumidor.

Registro de Oficinas de Información al Consumidor y Usuario de la Región de Murcia

  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    de suficiencia de medios, que deberá especificar:a) Horario de atención al público previsto.b) Nombre del responsable de la Oficina.c) Formación del personal al servicio de la Oficina.d) Teléfono y fax, en su caso.e) Descripción de la ubicación, tamaño, equipamiento y señalización de la Oficina.f) Cuantos otros datos se consideren necesarios para acreditar la suficiencia de medios en relación a las funciones que vaya a realizar.(No será necesario presentar la Memoria cuando se solicite sólo el cambio de denominación de la Oficina).
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    de suficiencia de medios, que deberá especificar:a) Horario de atención al público previsto.b) Nombre del responsable de la Oficina.c) Formación del personal al servicio de la Oficina.d) Teléfono y fax, en su caso.e) Descripción de la ubicación, tamaño, equipamiento y señalización de la Oficina.f) Cuantos otros datos se consideren necesarios para acreditar la suficiencia de medios en relación a las funciones que vaya a realizar.(No será necesario presentar la Memoria cuando se solicite sólo el cambio de denominación de la Oficina).

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada Consejero/a competente
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.