Subvenciones para artesanos individuales y empresas artesanas (código 389)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Conceder subvenciones, a otorgar en régimen de concurrencia especial, previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a los artesanos/as individuales y empresas artesanas que cumplan con las condiciones establecidas en la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 9/2015, para que los talleres artesanos diseñen e innoven, potencien su actividad productiva, mejoren la seguridad y calidad de sus talleres y productos, y aumenten su comercialización.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de subvenciones a artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 152 del 2 de julio de 2016; y por las disposiciones de carácter básico establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, en la categoría de PYME (de conformidad con la definición establecidas en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014), con una plantilla inferior a 10 trabajadores, dedicados a la elaboración de productos artesanos conforme la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 9/2015, y la reglamentación que la desarrolla; y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

No existen requisitos específicos

Subvenciones para artesanos individuales y empresas artesanas

  • Estatutos
    (Obligatorio / Original)
    y sus modificaciones, en el caso de personas jurídicas.
  • Estudio
    (Obligatorio / Original)
    cuando el firmante de la solicitud lo sea en representación de una persona jurídica.
  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    de las materias primas y proceso productivo, adjuntando fotografías, que sea concordante con la definición de artesanía artículo 3 de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 5/2015, y se cumpla con la descripción del oficio establecido en el Repertorio de Artesanía de la Región de Murcia, Catálogos o fotografías que ilustren claramente los productos artesanos que realiza y los procesos de producción.
  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    de las inversiones a realizar, o presupuesto detallado de gastos previstos parala realización de cada una de las actividades para las que se solicita subvención, firmado por el representante de la entidad solicitante, y/o factura proformade la actividad o adquisición a subvencionar por quien haya de suministrar el bien o prestar el servicio. Deberá hacerse constar la necesidad de subcontratar la realización de las actividades, en su caso (Anexo I) de la actividad a realizar.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
    expresado en el documento expedido por la entidad financiera en la que se haya de ingresar la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al beneficiario. Sólo se considerarán válidos los certificados de cuenta donde quede acreditada la titularidad de la misma, validados por la entidad bancaria mediante firma y sello.
  • Certificación de alta/baja en IAE.
    (Obligatorio / Original)
  • Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
    (Obligatorio / Original)
    Para los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación), deberán presentar además:Receta tradicional o innovadora sobre el proceso artesano, indicando los ingredientes y condimentos, así como el proceso natural de elaboración.
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    y declaración responsable conforme el Anexo I de la presente orden deberá ir debidamente cumplimentada y se acompañará, la siguiente documentación:
  • Proyecto Técnico
    (Obligatorio / Original)
    o memoria en la que se describa las actuaciones integrales de la Asociación Artesana.
  • Presupuesto
    (Obligatorio / Original)
    detallado de las inversiones a realizar, con la descripción de los ingresos y gastos para la realización de las actividades, especificando la cuantía, firmado por el representante de la entidad solicitante, y/o factura pro forma de la actividad, por quien haya de suministrar el bien o prestar el servicio.
  • Licencia de actividad
    (Obligatorio / Original)
    Declaración Responsable para la licencia de actividad del taller artesano, si procede, así como de la licencia fiscal correspondiente.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Documento de identidad: NIF
    (Obligatorio / Original)
    en el caso de personas físicas.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    de inocuidad de los productos para la salud, expedido por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo, en el caso de los artesanos en el oficio de elaborador de cosméticos naturales, perfumista y herborista.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    cuando el firmante de la solicitud lo sea en representación de una persona jurídica.
  • Memoria descriptiva
    (No obligatorio / No original)
    de las materias primas y proceso productivo, adjuntando fotografías, que sea concordante con la definición de artesanía artículo 3 de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 5/2015, y se cumpla con la descripción del oficio establecido en el Repertorio de Artesanía de la Región de Murcia, Catálogos o fotografías que ilustren claramente los productos artesanos que realiza y los procesos de producción.
  • Proyecto
    (No obligatorio / No original)
    o memoria en la que se describa las actuaciones integrales de la Asociación Artesana.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (No obligatorio / No original)
    expresado en el documento expedido por la entidad financiera en la que se haya de ingresar la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al beneficiario. Sólo se considerarán válidos los certificados de cuenta donde quede acreditada la titularidad de la misma, validados por la entidad bancaria mediante firma y sello.
  • Inscripción en el Registro Sanitario y en el Registro Agroalimentario
    (No obligatorio / No original)
    Para los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación), deberán presentar además:Receta tradicional o innovadora sobre el proceso artesano, indicando los ingredientes y condimentos, así como el proceso natural de elaboración.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.