Subvenciones para actuaciones en prevenir y paliar el absentismo y el abandono escolar en centros privados concertados (código 430)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Se ha resuelto el procedimiento mediante Orden de 12 de diciembre de 2013. (BORM nº 7 de 10/01/2014)

Realizar actuaciones para el Plan regional de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y reducción del abandono escolar en los centros docentes privados concertados de la Región de Murcia, para desarrollar en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de junio de 2014.

1.- Periodo de las actividades.

Las actividades se realizarán desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 30 de junio de 2014.

2.- Objetivos generales y proyecto de actuación. (Artículo 4 de la convocatoria)

3.- Criterios de selección.

a) Porcentajes relativos a: alumnado del centro con necesidad especifica de apoyo educativo, alumnado matriculado en el curso que le corresponde por su edad, alumnado que promociona en relación al total del alumnado matriculado, alumnado que promociona de curso con evaluación positiva en todas las áreas, alumnado repetidor, alumnado del centro con más de 20% de faltas de asistencia y alumnado del centro que abandona el sistema educativo sin obtener la titulación básica obligatoria.

Hasta 20 puntos.

b) Contexto socioeconómico del centro y necesidades derivadas, necesidad y oportunidad de las actuaciones, innovación y calidad del proyecto, coherencia, viabilidad y concreción de las actuaciones propuestas, adecuación a las necesidades del alumnado, relación y relevancia del proyecto con los planes educativos del centro, complementariedad de las actuaciones previstas con los programas y medidas existentes en el centro, profesorado implicado y coordinación del mismo, propuesta de evaluación del proyecto, y concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

Hasta un máximo de 30 puntos.

Serán excluidos aquellos proyectos que obtengan una puntuación igual o inferior a 25 puntos.

4.- Importe de las ayudas.

Los importes de las ayudas serán fijados en función de los proyectos presentados y seleccionados y de la puntuación total obtenida por cada uno de ellos, no pudiendo superar la cantidad máxima de 12.000 euros por centro educativo.

5.- Resolución de la convocatoria.

La resolución provisional, debidamente motivada, se notificará a los interesados mediante su publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo.

Se concede un plazo de 10 días para formular alegaciones.

6.- Seguimiento y evaluación de los proyectos seleccionados.

La Consejería de Educación, Universidades y Empleo realizará el seguimiento de los proyectos de actuación seleccionados.

Los centros educativos remitirán a la Consejería de Educación, Universidades y Empleo antes del 30 de julio de 2014 una memoria en la que se describan las actuaciones desarrollas y los gastos realizados.

7.- Compatibilidad.

Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos.

8.- Modificación de la concesión y obligaciones de los beneficiarios.

Artículos 12 y 13 de la convocatoria.

9.- Subcontratación de la actividad subvencionada.

Los beneficiarios podrán subcontratar la totalidad o parte de la realización de las actividades.

10.- Justificación de los fondos.

Artículo 16 de la convocatoria.

11.- Reintegro de las ayudas.

Si procede el reintegro de las ayudas, se exigirá el interés de demora correspondiente.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades y Administración.

Los centros educativos privados concertados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

Requisitos de solicitud o iniciación

a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.