Solicitud y autorización del Programa de Aprendizaje Integral (PAI)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Información general

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Teléfonos de Información

012 desde la Región de Murcia

968 362 000

  • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
    • Consejerí­a de Educación, Juventud y Deportes
      • Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa (A14022320)

Órgano/s gestor/es

La Unidad Orgánica Responsable

Código y denominación

1446 - Solicitud y autorización del Programa de Aprendizaje Integral (PAI)

Objeto

Solicitar la implantación del Programa de Aprendizaje Integral (P.A.I.), según lo previsto en el artículo 28 del Decreto 220/2015, de 2 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Destinatarios

Administraciones.

Centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan la Educación Secundaria Obligatoria.

Requisitos

Será necesario un número mínimo de 10 alumnos para que se autorice el programa.

Documentación

  • Solicitud

    El Director del centro educativo solicitará, a la Dirección General competente, en materia de Atención a la Diversidad, antes del 15 de junio, la implantación del programa, utilizando el modelo previsto en el anexo II. Esta solicitud estará acompañada de la siguiente documentación:

    • Relación de alumnos propuestos para cursar el programa, conforme al anexo III. Será necesario un número mínimo de 10 alumnos para que se autorice el programa. Excepcionalmente, y, siempre que pueda organizarse con los recursos asignados al centro, se podrá autorizar la impartición del P.A.I con un número menor de alumnos. En ningún caso se autorizará más de un grupo por centro.
    • Propuesta horaria de las materias y ámbitos a cursar, así como la previsión de profesorado responsable de los ámbitos y materias que sean impartidos en grupo específico, conforme al anexo IV.
  • Relación

    Relación de alumnos propuestos para cursar el programa, conforme al anexo III.

  • Comunicación

    - Propuesta horaria de las materias y ámbitos a cursar, así­ como la previsión de profesorado responsable de los ámbitos y materias que sean impartidos en grupo especí­fico, conforme al anexo IV.

Modelos de solicitud

Tasas a abonar

  • Consultar tasas y obtener Carta de Pago si lo desea

Plazo de Presentación

Presentación de solicitud

Fecha inicio

14/05/2018

Fecha fin

15/06/2018

Dónde y Cómo tramitar

Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital

Presentación de solicitud de inicio

- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Actos de trámite en un expediente ya iniciado

- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así­ como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
- El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Presencialmente

Cumplimentación manual

- La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurí­dicas, entidades sin personalidad jurí­dica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artí­culo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Lugares presentación

Tanto la solicitud de participación, como las posibles alegaciones, se dirigirán a la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, pudiendo ser presentadas por comunicación interior (aplicativo COMINTER).

Resolución y Recursos

Forma de inicio

A solicitud del interesado

Autoridad que resuelve

Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa

Plazo de resolución

Antes del 15 de septiembre.

Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Alzada Consejera de Educación, Juventud y Deportes

Normativa

Decreto n.º 220/2015, de 2 de septiembre de 2015, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Publicado BORM Nº 203 03/09/2015)

Resolución de 10 de mayo de 2018, de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se modifica el plazo de solicitud de implantación de los Programas de Aprendizaje Integral en la Educación Secundaria Obligatoria y se establece su oferta para el curso académico 2018-2019 en centros públicos de la Región de Murcia (Tablón de Anuncios 14/05/2018).

Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se modifica el plazo de solicitud de implantación de los Programas de Aprendizaje Integral en la Educación Secundaria Obligatoria y se establece su oferta para el curso académico 2017-2018 en centros públicos de la Región de Murcia. (Tablón de Anuncios 08/06/2017)

Resolución de 15 de junio de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se regula el Programa de Aprendizaje Integral en la Educación Secundaria Obligatoria y su implantación en los centros públicos de la Región de Murcia (Publicado BORM Nº 142 21/06/2016)

Otros datos de interés

La finalidad principal de este programa es reducir la situación de absentismo y disminuir el riesgo de abandono escolar temprano, con objeto de favorecer la promoción del alumnado destinatario en el sistema educativo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 220/2015, de 2 de septiembre, el P.A.I. está destinado al alumnado de segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria, en edad de escolarización obligatoria, que valore negativamente el marco escolar y presente serias dificultades de adaptación al medio, debido a condiciones personales o de historia escolar que hagan muy difícil su incorporación y promoción en la etapa por presentar absentismo y riesgo de abandono escolar y no reúnan los requisitos de acceso a enseñanzas de formación profesional.

Excepcionalmente, podrá incorporarse a segundo curso dentro de este programa un alumno que cumpla al menos catorce años en el año de acceso al mismo y que, una vez cursado el primer curso de la etapa, no esté en condiciones de promocionar. Su incorporación se realizará conforme al procedimiento previsto en el punto 2 del apartado octavo.

La duración del P.A.I será de un curso académico y su organización curricular se ajustará a lo establecido en el artículo 28.5 del Decreto 220/2015, de 2 de septiembre.

La Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa autorizará la implantación de este programa en un máximo de quince centros educativos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso académico 2018-2019.

Otros Procedimientos del Órgano Gestor

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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