Solicitud de prevaloraciones de carácter tributario de bienes inmuebles (código 1132)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Informar, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión
La tasa debe ser valorada por el Servicio de Inspección y Valoración Tributaria, previamente a su abono por las personas interesadas
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Los obligados tributarios titulares de los bienes objeto de la valoración solicitada o las personas autorizadas de forma expresa por aquellos.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
SERVICIO DE INSPECCIÓN Y VALORACIÓN TRIBUTARIA (A14028293)
Requisitos de solicitud o iniciación
Las solicitudes se formularán mediante en el modelo que más abajo se indica, junto con los documentos que en el mismo se especifican.
La información tendrá efectos vinculantes durante un plazo de tres meses, contados desde la notificación al interesado, siempre que la solicitud se haya formulado con carácter previo a la finalización del plazo para presentar la correspondiente autoliquidación o declaración y se hayan proporcionado datos verdaderos y suficientes a la Administración tributaria.
En el caso de solicitudes formalizadas para cumplimentar la autoliquidación por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Adquisiciones Mortis Causa, la información comunicada estará referida a la fecha de devengo del Impuesto, no siendo aplicable el límite temporal establecido en el párrafo anterior.
Dicha información no impedirá la posterior comprobación administrativa de los elementos de hecho y circunstancias manifestados por el obligado tributario.
Solicitud de Prevaloración
- Plano
(Obligatorio / No original)
Plano de situación de la finca en el Plan General de Ordenación Urbana o Normas Subsidiarias del municipio. - Escritura pública
(Obligatorio / No original)
Escritura pública de propiedad de bien inmueble o título anterior. - Acreditación
(No obligatorio / No original)
Acreditación de la condición de interesado, en caso de no ostentar la titularidad del bien inmueble. - Acreditación
(Obligatorio / No original)
Acreditación de la representación en caso de actuar por medio de representante. - Documento de identidad: NIF
(Obligatorio / No original)
Documento acreditativo de la identidad del titular del bien inmueble. - Certificado
(No obligatorio / No original)
Certificado de Defunción, en caso de herencia.
Modelos e información para solicitudes
- Modelo solicitud prevaloración bienes inmuebles urbanos
- Modelo solicitud prevaloración bienes inmuebles rústicos
- Modelo de autorización para solicitud de prevaloración
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Solicitud de Prevaloración
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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T530. Tasa por Prevaloraciones tributarias
H00001 - Prevaloraciones tributarias
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Órgano que dictó el acto
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Información adicional sobre recursos
El interesado no podrá entablar recurso alguno contra la información comunicada. Podrá hacerlo contra el acto o actos administrativos que se dicten posteriormente en relación con dicha información
Normativa
- LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.