Sancionador en materia de Energía, Industria y Minas (código 1089)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Tramitar las sanciones por infracciones de la legislación en materia de energía, industria y minas.

Seguimiento de la tramitación:

Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.

Destinatarios

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Personas físicas y jurídicas.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, UNIVERSIDADES, EMPRESA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

No existen requisitos específicos

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada Consejero/a competente
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Contra la Resolución sancionadora podrá interponerse:Recurso de alzada o Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el Consejero de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo (artículo 121 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Recurso Contencioso- Administrativo ante la Administración de JusticiaContra la liquidación:Recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partirdel siguiente a la notificación, ante la Directora General de Energía y Actividad Industrial y Minera.Reclamación Económico ? Administrativa en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la notificación, ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública.(Artículos 222 a 225 de la Ley 58/20013, de 17de diciembre General Tributaria).

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.