Recuperación de oficio de la posesión de bienes de la Comunidad Autonóma de la Región de Murcia
Información general
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Consejería de Hacienda
- Dirección General de Informática, Patrimonio y Telecomunicaciones (A14022311)
- Consejería de Hacienda
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0543 - Recuperación de oficio de la posesión de bienes de la Comunidad Autonóma de la Región de Murcia
Objeto
Recuperar por la Administración la posesión indebidamente perdida de los bienes de dominio público y de dominio privado.
Destinatarios
Administraciones.
Personas físicas, jurídicas o Administraciones.
Requisitos
Posesión indebidamente perdida de los bienes de dominio público, en cualquier momento.
Transcurso de un año desde la usurpación en los bienes de dominio privado.
Documentación
- Denuncia o petición razonada
-
Denuncia del particular en su caso, o bien escrito de la Administración fundamentando la necesidad de recuperación del bien.
Tasas a abonar
- Consultar tasas y obtener Carta de Pago si lo desea
Resolución y Recursos
Forma de inicio
De Oficio
Autoridad que resuelve
Consejero de Hacienda
Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo
No tiene efecto
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la Administración Regional | ||
Potestativo de reposición | Consejero de Hacienda | |
Recursos que proceden ante la Administración de Justicia | ||
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
Ley Regional 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM nº 189, de 14/08/1992).
Ley 89/1962, de 24 de diciembre, de Bases del Patrimonio del Estado. (BOE nº 310, de 27/12/1962).
Decreto 3588/1964, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio del Estado. (BOE nº 276, de 17/11/1964).
Decreto 1022&1964, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Bases del Patrimonio del Estado. (BOE nº 98, de 23/04/1964).
Otros datos de interés
La Comunidad Autónoma podrá solicitar los servicios de las Fuerzas de Seguridad para requerir a los usurpadores que cesen en su actuación.
Otros Procedimientos del Órgano Gestor
- Adquisición de inmuebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o Derechos Reales sobre los mismos
- Adquisición por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de bienes o derechos a título lucrativo
- Afectación expresa de inmuebles o muebles y adscripción a Organismos Autónomos por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Arrendamiento por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de bienes inmuebles propiedad de terceros
- Cesión gratuita en propiedad o en uso, a terceros, de inmuebles o muebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Desafectación de inmuebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Deslinde administrativo de inmuebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Enajenación de inmuebles o muebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Investigación de bienes y derechos que se presuman patrimoniales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Mutación demanial de inmuebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Permutas de inmuebles o muebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Reincorporación de muebles o inmuebles al patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Reversión de muebles o inmuebles a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Uso y aprovechamiento de inmuebles propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante arrendamiento a terceros