Programa de ayudas para la transformación digital de la industria de la Región de Murcia (Industria 4.0) (código 1335)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
El programa pretende el desarrollo por parte de las PYMES industriales de la Región de Murcia de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, que consista en la introducción efectiva de las tecnologías digitales en la industria, permitiendo que dispositivos y sistemas colaboren entre ellos, y con otras industrias, para mejorar los productos, los procesos y los modelos de negocio. Los proyectos que se apoyarán incluirán, al menos, una o varias tecnologías de cada una de las siguientes Categorías, y finalizarán por tanto en una aplicación de gestión intraempresa o inter-empresa:
Categoría 1.- Tecnologías que permiten la hibridación del mundo físico (materiales y productos, maquinaria e instalaciones) y el digital, en el que la digitalización aportará información y control sobre los procesos/productos, que se canaliza y procesa con la segunda Categoría de tecnologías. Tecnologías: realidad aumentada e impresión 3D; automatización avanzada, robótica y vehículos no tripulados; Internet de las Cosas; sistemas inteligentes embebidos.
Categoría 2.- Tecnologías de la comunicación y tratamiento de los datos adquiridos por la primera Categoría de tecnologías. Tecnologías: Cloud computing, Ciberseguridad, Tecnologías de la comunicación.
Categoría 3.- Tecnologías que permitan dotar de inteligencia y control extremo a extremo de la Cadena de Valor de la empresa (Aplicación intraempresa), especialmente en los ámbitos de la fabricación y la logística; así como el desarrollo de plataformas de conexión entre empresas para el trabajo colaborativo y la integración online de las Cadenas de Valor de proveedores y otras empresas (Aplicación inter-empresa). Tecnologías: Big Data e inteligencia de negocio, tecnologías de la información para el desarrollo de plataformas colaborativas inter-empresas/de gestión de flujos, y para el desarrollo de aplicaciones en todo el ámbito de la cadena de valor de la empresa.
Costes elegibles:
Para que el proyecto o solicitud formulada sea considerado subvencionable, los costes elegibles deberán alcanzar un importe mínimo de 50.000 euros; teniendo la consideración de costes elegibles los siguientes conceptos:
a) Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software).
b) Colaboraciones externas, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación proyecto. Estos costes serán subvencionables hasta el límite del 30% de los costes subvencionables totales del proyecto.
Quedan excluidas las inversiones en terrenos, obra civil e instalaciones de la misma, así como las inversiones de sustitución.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Exclusivamente las PYMEs cuya actividad se corresponda a una industria manufacturera incluida en los CNAEs 10 al 33 (salvo las excluidas en el programa) y se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, siempre que se encuadren en el objeto, beneficiarios, requisitos y costes elegibles de este programa específico.
Tramitación inmediata
No
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14005437)
Requisitos de solicitud o iniciación
- No haber iniciado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
- Que el proyecto debe presentar una componente innovadora y/o tecnológica predominante, que redunde en un incremento de la competitividad de la empresa.
- Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa.
- Las inversiones y gastos del proyecto deberán realizarse en un Centro de Trabajo ubicado en la Región de Murcia, y el personal deberá estar dado de alta en la cuenta de cotización correspondiente a dicho Centro.
- El régimen de compatibilidad de las subvenciones otorgadas al amparo del presente Programa es el establecido en el artículo 6 de las Bases reguladoras.
- No podrán resultar beneficiarios las empresas que se encuentren en situación de crisis, según la definición establecida en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
- No podrán resultar beneficiarios las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión.
- El beneficiario de las ayudas contará con un plazo, para la ejecución y pago de los proyectos presentados, que abarca desde la presentación de la solicitud de la ayuda hasta un año a partir de la notificación de la resolución de concesión de ayuda.
- Tramitación y notificación electrónica exclusivamente.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.