Proceso de Admisión de alumnos a los Programas Formativos Profesionales de la modalidad especial (código 1263)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Proceso para la admisión de alumnos con necesidades educativas especiales a los Programas Formativos Profesionales de la modalidad Especial que se imparten en centros educativos de la Región de Murcia con el fin de garantizar la objetividad y la igualdad en el acceso a estas enseñanzas en centros sostenidos con fondos públicos.

Oferta.

La Consejería de Educación y Universidades determinará los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartirán Programas Formativos Profesionales de la modalidad Especial.
Esta oferta educativa, así como toda la información general del proceso, estará disponible en el área temática de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Universidades en : http://www.carm.es.

Criterios para la admisión.

1. Los solicitantes serán ordenados, de acuerdo a los siguientes criterios y puntuaciones:

  • Por no haber participado anteriormente en otro programa formativo profesional: 1 punto.
  • Por cada año escolarizado en educación secundaria obligatoria: 0,5 puntos.
  • Por el nivel del último curso realizado:

4º ESO: 1,5 puntos.

3º ESO: 1 punto.

2º ESO: 0,5 puntos.

  • Por la adecuación del programa a cursar con los intereses y aptitudes del alumno, vista la documentación que acompaña a la solicitud: hasta 1 punto

2. Una vez aplicados los criterios anteriores, los empates que persistieran se dirimirán de acuerdo al sorteo electrónico, efectuado para la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso de la convocatoria.

3. Cada centro educativo publicará las listas provisionales el día 15 de junio de 2018 y las listas definitivas el día 22 de junio.

4. Las reclamaciones a las listas provisionales podrán hacerse mediante instancia general en los días 18 y 19 de junio.

5. Los alumnos deberán formalizar la matrícula en el centro del 25 al 29 de junio y el plazo para que los centros mecanicen las matrículas será hasta el 5 de julio.

6. Siempre que existan vacantes, la matriculación de alumnos permanecerá abierta hasta final del año de la convocatoria. En estos casos, el centro remitirá la solicitud recibida a la Comisión de Escolarización Específica.

Destinatarios

Ciudadanía.

Alumnos que presenten necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones personales de discapacidad y que posean un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.
Podrán incorporarse alumnos entre 15 y 21 años, cumplidos en el año natural de incorporación, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ni un título profesional básico.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán incorporarse a estos Programas, alumnos entre 15 y 21 años, cumplidos en el año natural de incorporación, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, ni un título profesional básico.

Los destinatarios de los programas serán alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad y que posean un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.

Solicitud para la admisión a Programas Formativos Profesionales de la modalidad Especial

  • Dictamen
    (Obligatorio / Original)
    Dictamen de escolarización.La conformidad de los padres o tutores legales del alumno (Anexo II) quedaráreflejada en el Dictamen de escolarización.
  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    Propuesta final de inscripción, según Anexo III.
  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    Evaluación psicopedagógica actualizada.
  • Informe de evaluación
    (No obligatorio / No original)
    Evaluación psicopedagógica actualizada.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

Plazo de resolución: 10 Día/s natural/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.