Procedimiento para garantizar la objetividad en la evaluación de los alumnos de Educación Secundaria y Formación Pro
Información general
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Consejería de Educación y Universidades
- Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional
- Consejería de Educación y Universidades
Código y denominación
1965 - Procedimiento para garantizar la objetividad en la evaluación de los alumnos de Educación Secundaria y Formación Profesional de Grado Superior
Objeto
Establecer el procedimiento para garantizar el derecho de los alumnos a ser evaluados conforme a criterios objetivos y las condiciones que garantizan dicha objetividad en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia que impartan enseñanzas de Educación Secundaria y/o Formación Profesional de Grado Superior.
Destinatarios
Administraciones.
Los alumnos de Educación Secundaria y Formación Profesional de Grado Superior de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia.
Requisitos
El porcentaje de faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, que originan la imposibilidad de aplicación de la evaluación continua se establece en el 30% del total de horas lectivas de la materia o módulo.
El alumno que se vea implicado en esta situación se someterá a una evaluación extraordinaria, convenientemente programada, que será establecida de forma pormenorizada en la programación didáctica de cada una de las materias o módulos que conforman la etapa o el ciclo formativo.
A los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria que participen en el Programa de Atención Domiciliaria, y previo acuerdo del equipo docente, se les podrán realizar adaptaciones curriculares personalizadas para facilitar su aprendizaje y evaluación.
Documentación
- Solicitud