Levantamiento de embargo en cuentas corrientes (código 3862) (SIA 2862936)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los contribuyentes solicitar el levantamiento de un embargo en sus cuentas corrientes, realizado por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, siempre que cumplan con los requisitos establecidos y lo soliciten dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del embargo.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos y empresas que hayan sufrido un embargo en sus cuentas corrientes por parte de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
Requisitos principales
- Que en la cuenta embargada se abonen sueldos, salarios o pensiones que estén por debajo de los límites de inembargabilidad según la ley.
- Que la deuda que originó el embargo ya haya sido pagada.
Plazos
La solicitud debe presentarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del embargo.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la situación.
Información adicional
Es crucial presentar la solicitud y la documentación dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del embargo para asegurar su tramitación.
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos y empresas solicitar el levantamiento de un embargo en sus cuentas corrientes realizado por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM). Es importante cumplir con los requisitos y plazos establecidos para que la solicitud sea tramitada.
Quién puede usar este servicio
Ciudadanos y empresas que hayan sufrido un embargo en sus cuentas corrientes por parte de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
Antes de empezar
- Asegúrate de que el embargo ha sido realizado por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
- Reúne toda la documentación necesaria.
- Ten en cuenta el plazo de 15 días naturales desde la fecha del embargo.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Solicitud de levantamiento de embargo (modelo específico disponible en la sede electrónica).
- Extracto bancario de los últimos tres meses.
- Justificante de ingresos (si aplica).
- Nómina (si aplica).
- Justificante de pago de la deuda (si aplica).
- Cualquier otra documentación relevante.
Requisitos previos
- Que los fondos embargados correspondan a sueldos, salarios o pensiones por debajo del mínimo inembargable, o que la deuda ya haya sido pagada.
- Presentar la solicitud dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del embargo.
Costes y plazos
- Este trámite es gratuito.
- El plazo para presentar la solicitud es de 15 días naturales desde la fecha del embargo.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria: Asegúrate de tener todos los documentos requeridos.
- Descarga el modelo de solicitud: Accede a la sede electrónica de la CARM y descarga el modelo de solicitud de levantamiento de embargo.
- Cumplimenta la solicitud: Rellena todos los campos del formulario con la información requerida.
- Presenta la solicitud: Puedes presentarla electrónicamente a través de la sede electrónica de la CARM o presencialmente en las oficinas de la ATRM con cita previa.
Información sobre cada etapa
- Presentación electrónica: Requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
- Presentación presencial: Necesitas solicitar cita previa en las oficinas de la ATRM.
Tiempos de espera
El tiempo de resolución puede variar. Es importante presentar la solicitud lo antes posible dentro del plazo establecido.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria de la Región de Murcia la revisará y, si cumple con los requisitos, procederá al levantamiento del embargo.
Plazos de resolución
El plazo de resolución puede variar. Se recomienda consultar el estado del expediente a través de la sede electrónica.
Siguiente pasos
Si la solicitud es aprobada, el embargo será levantado. Si es denegada, se te informará de los motivos y de los posibles recursos.
Ayuda
Contacto
- Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012.
- Consulten con su operador telefónico el precio de las llamadas.
Recursos adicionales
- Ayuda a la presentación electrónica
- Manual de procedimiento Presentación Telemática de solicitudes de levantamiento de embargo en cuentas bancarias
- Solicitud de levantamiento de embargo de cuentas
Preguntas frecuentes
Ver sección de preguntas frecuentes.
Preguntas frecuentes
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes