Interconexión de máquinas recreativas (código 87) (SIA 206545)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas del sector del juego obtener la autorización necesaria para conectar entre sí máquinas recreativas.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y otras entidades del sector del juego.

Requisitos principales

  • No existen requisitos específicos.

Plazos

Plazo de presentación: Abierto

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para interconectar máquinas recreativas en la Región de Murcia.

Quién puede usar este servicio

Empresas y otras entidades que operan en el sector del juego y que deseen interconectar sus máquinas recreativas.

Cómo hacerlo

Solicitud Electrónica

  1. Identificación: Necesitarás DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
  2. Formulario: Rellena el formulario de solicitud de interconexión de máquinas recreativas.
  3. Documentación: Adjunta la documentación requerida, como la escritura de apoderamiento (si aplica).
  4. Firma y Envío: Firma electrónicamente y envía la solicitud.

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Tasas

Debes abonar la Tasa T310 por actuaciones administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar. Puedes realizar una simulación del cálculo en este enlace.

Después de hacerlo

Plazo de Resolución

El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no recibes respuesta en este tiempo, se considera silencio administrativo positivo.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada ante el Consejero/a de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital.

Ayuda

Teléfonos de Información

  • 968 362 000
  • 012

Normativa

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