Inscripción en el registro de explotaciones porcinas de la ampliación de una explotación porcina inscrita a partir d

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
    • Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
      • Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura

Código y denominación

1729 - Inscripción en el registro de explotaciones porcinas de la ampliación de una explotación porcina inscrita a partir de la entrada en vigor del RD 324/2000, de 3 de marzo

Objeto

Inscribir la ampliación de una explotación porcina en el Registro de explotaciones porcinas.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas.

Titulares de explotaciones porcinas.

Requisitos

Las ampliaciones de las explotaciones nuevas inscritas con posterioridad a la publicación del Real Decreto 324/2000, serán consideradas a todos los efectos como nuevas instalaciones, debiendo ajustarse al procedimiento general de inscripción de explotaciones.

Con carácter previo a la construcción e inscripción de la ampliación, el interesado deberá solicitar la idoneidad del terreno para dicha ampliación (Procedimiento 729).

Documentación

  • Solicitud
  • El proceso de ampliación consta de tres fases:

    a) Primera fase: solicitud de idoneidad del terreno (se realizará previa a la construcción de la explotación según el procedimiento 729).

    b) Segunda fase: una vez notificada la resolución favorable de idoneidad del terreno:

    Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad del terreno sobre el que va a ubicar la futura explotación.

    Plano de distribución general con expresión de la ubicación de cada una de las instalaciones que integran la explotación y con indicación de la infraestructura sanitaria exigida para cada grupo, realizadas por un técnico competente.

    Planos de planta y alzada de cada una de las nuevas instalaciones, con la distribución interior, realizada por un técnico competente.

    c) Tercera fase: ejecución y fin de obras.

    Solicitud de inscripción de la ampliación en el Registro Regional de Explotaciones Porcinas.

    Licencia municipal de apertura de la ampliación junto con el acta de puesta en marcha y funcionamiento.

    Evaluación zootécnico-sanitaria de la explotación, una vez realizada la ampliación, efectuada por un veterinario colegiado.

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