Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego (código 86) (SIA 206544)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas del sector de máquinas recreativas y de azar inscribirse en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y otras entidades (personas físicas o jurídicas) que operan en el sector de las máquinas recreativas y de azar.

Requisitos principales

  • Las empresas dedicadas a la fabricación, comercialización, distribución, reparación o explotación de máquinas o salones de juego deben inscribirse en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.
  • Las sociedades mercantiles deben tener un capital social mínimo de 90.000 euros.
  • Las personas físicas deben contar con un patrimonio neto de 90.000 euros.
  • Las empresas deben estar dadas de alta en la declaración censal y al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Plazos

El plazo de presentación está abierto de forma continua.

Duración del trámite

El plazo de resolución es de 0 días. El silencio administrativo es positivo para el interesado.

Información adicional

Las fianzas exigidas varían según el tipo de empresa y actividad, desde 30.000 € para operadores de máquinas tipo B hasta 90.000 € para fabricantes o importadores.

Resumen

Este trámite permite la inscripción de empresas relacionadas con máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.

Quién puede usar este servicio

Personas físicas o jurídicas (empresas) que se dediquen a la fabricación, comercialización, distribución, reparación o explotación de máquinas recreativas y de azar, o a la explotación de salones de juego en la Región de Murcia.

Antes de empezar

Es necesario disponer de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para realizar el trámite de forma electrónica.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio: (si es persona física y no presenta declaración, relación de bienes y derechos no inferior a 90.000 euros).
  • Escritura pública: (si es sociedad, donde conste el capital desembolsado, socios, estatutos y certificado de inscripción en el Registro Mercantil).
  • Memoria: Sobre la experiencia profesional, medios humanos y técnicos, locales, oficinas, etc.
  • Certificación de alta en el Régimen de Seguridad Social correspondiente.
  • Justificante de depósito de fianza.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación: (si actúa mediante representante).

Requisitos previos

  • Estar dado de alta en la declaración censal.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Las sociedades mercantiles deben tener un capital social mínimo de 90.000 euros.
  • Las personas físicas deben contar con un patrimonio neto de 90.000 euros.

Costes y plazos

  • Coste: Tasa T310 por Actuaciones Administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar. El importe varía según la autorización. Se puede realizar una simulación del cálculo en el siguiente enlace: Realizar simulación del cálculo
  • Plazo de presentación: Abierto de forma continua.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria: Asegúrate de tener todos los documentos requeridos en formato electrónico.
  2. Accede a la sede electrónica de la CARM: A través del enlace proporcionado: Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego
  3. Cumplimenta el formulario: Rellena todos los campos obligatorios con la información solicitada.
  4. Adjunta la documentación: Sube los documentos requeridos al formulario.
  5. Firma y envía la solicitud: Utiliza tu DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para firmar y enviar la solicitud.

Información sobre cada etapa

  • Es obligatorio el uso de la solicitud específica para este procedimiento.
  • El tamaño máximo de cada archivo no puede superar los 5 MB y el total de los archivos 10 MB.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se emitirá una resolución.

Plazos de resolución

El plazo de resolución es de 0 días. El silencio administrativo es positivo para el interesado.

Siguiente pasos

Puede consultar el estado de su expediente a través del servicio de Consulta de Expedientes en la sede electrónica de la CARM.

Ayuda

Contacto

  • Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consulte con su operador telefónico el precio de las llamadas.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.


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