Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego (código 86) (SIA 206544)
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas del sector de máquinas recreativas y de azar inscribirse en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y otras entidades (personas físicas o jurídicas) que operan en el sector de las máquinas recreativas y de azar.
Requisitos principales
- Las empresas dedicadas a la fabricación, comercialización, distribución, reparación o explotación de máquinas o salones de juego deben inscribirse en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.
- Las sociedades mercantiles deben tener un capital social mínimo de 90.000 euros.
- Las personas físicas deben contar con un patrimonio neto de 90.000 euros.
- Las empresas deben estar dadas de alta en la declaración censal y al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Plazos
El plazo de presentación está abierto de forma continua.
Duración del trámite
El plazo de resolución es de 0 días. El silencio administrativo es positivo para el interesado.
Información adicional
Las fianzas exigidas varían según el tipo de empresa y actividad, desde 30.000 € para operadores de máquinas tipo B hasta 90.000 € para fabricantes o importadores.
Resumen
Este trámite permite la inscripción de empresas relacionadas con máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego de la Región de Murcia.
Quién puede usar este servicio
Personas físicas o jurídicas (empresas) que se dediquen a la fabricación, comercialización, distribución, reparación o explotación de máquinas recreativas y de azar, o a la explotación de salones de juego en la Región de Murcia.
Antes de empezar
Es necesario disponer de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para realizar el trámite de forma electrónica.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio: (si es persona física y no presenta declaración, relación de bienes y derechos no inferior a 90.000 euros).
- Escritura pública: (si es sociedad, donde conste el capital desembolsado, socios, estatutos y certificado de inscripción en el Registro Mercantil).
- Memoria: Sobre la experiencia profesional, medios humanos y técnicos, locales, oficinas, etc.
- Certificación de alta en el Régimen de Seguridad Social correspondiente.
- Justificante de depósito de fianza.
- Escritura de apoderamiento o poder de representación: (si actúa mediante representante).
Requisitos previos
- Estar dado de alta en la declaración censal.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Las sociedades mercantiles deben tener un capital social mínimo de 90.000 euros.
- Las personas físicas deben contar con un patrimonio neto de 90.000 euros.
Costes y plazos
- Coste: Tasa T310 por Actuaciones Administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar. El importe varía según la autorización. Se puede realizar una simulación del cálculo en el siguiente enlace: Realizar simulación del cálculo
- Plazo de presentación: Abierto de forma continua.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria: Asegúrate de tener todos los documentos requeridos en formato electrónico.
- Accede a la sede electrónica de la CARM: A través del enlace proporcionado: Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego
- Cumplimenta el formulario: Rellena todos los campos obligatorios con la información solicitada.
- Adjunta la documentación: Sube los documentos requeridos al formulario.
- Firma y envía la solicitud: Utiliza tu DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para firmar y enviar la solicitud.
Información sobre cada etapa
- Es obligatorio el uso de la solicitud específica para este procedimiento.
- El tamaño máximo de cada archivo no puede superar los 5 MB y el total de los archivos 10 MB.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se emitirá una resolución.
Plazos de resolución
El plazo de resolución es de 0 días. El silencio administrativo es positivo para el interesado.
Siguiente pasos
Puede consultar el estado de su expediente a través del servicio de Consulta de Expedientes en la sede electrónica de la CARM.
Ayuda
Contacto
- Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consulte con su operador telefónico el precio de las llamadas.
Recursos adicionales
Preguntas frecuentes
Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.
Preguntas frecuentes
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes