Homologación de diplomas y certificaciones en materia de animación y educación en el tiempo libre (código 772)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Realizar la homologación de los títulos, diplomas y certificados en materia de animación y educación en el tiempo libre expedidos por el Organismo competente en materia de Juventud de otras Comunidades Autónomas.

-En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

"8. Homologar en un plazo máximo de 2 meses desde la presentación de la solicitud los cursos de Animación y Tiempo Libre".

Destinatarios

Ciudadanía.

Personas tituladas por una Escuela de Animación y Educación en Tiempo Libre acreditada por el Organismo competente en materia de Juventud de otras Comunidades Autónomas.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)

Requisitos de solicitud o iniciación

Los diplomas o titulaciones de Director de Tiempo Libre, de Monitor de Tiempo Libre y de Animador Juvenil, expedidos por otras Comunidades Autónomas podrán tener validez en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la homologación del diploma o título

. Para la homologación de los diplomas o títulos será necesario que reúnan los siguientes requisitos:

Homologación al Diploma de Monitor de Tiempo Libre:

Los diplomas o titulaciones en materia de animación y tiempo libre para cuya obtención se haya exigido la realización de las siguientes fases:

  • Teórica, de un mínimo de 100 horas, cuyo programa haya incluido actividades en la naturaleza y urbanas.
  • Práctica, de, al menos, 10 días de actividad continuada o su equivalente en modalidad extensiva.

Homologación al Diploma de Director de Tiempo Libre:

Los diplomas o titulaciones en materia de animación y tiempo libre para cuya obtención se exija los siguientes requisitos:

  • Tener previamente el título de Monitor de Tiempo libre u otra titulación homologable a este, o bien acreditar experiencia suficiente en actividades en la naturaleza y urbanas.
  • Realizar una fase teórica de al menos 150 horas de duración, cuyo programa incluya actividades en la naturaleza y urbanas.
  • Realización de una fase de prácticas de al menos 10 días de actividad continuada o su equivalente en modalidad extensiva.

Homologación al Diploma de Animador Juvenil:

Los diplomas o titulaciones expedidos por otras Comunidades Autónomas para cuya obtención se exija lo siguiente:

  • Realizar una fase teórica de al menos 200 horas de duración, cuyo programa incluya actividades en la naturaleza y actividades urbanas, o de al menos 110 horas de duración si previamente ha debido realizar otro curso de animación o tiempo libre de los reglados en esa Comunidad para realizar este.
  • Realización de una etapa de prácticas.

Requisitos posteriores

Homologación de Diplomas, Títulos o Certificados en materia de animación y educación en el tiempo libre

  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (No obligatorio / No original)
    Copia del Diploma, titulación o certificado a homologar. En el caso de que en el diploma no se especifiquen los datos sobre la convocatoria del curso, contenidos y horas impartidas, adjuntar además certificado con datos de horas y programa, expedido por la Escuela donde se realizó el curso.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.