Fase permanente de escolarización de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (código 144)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Tener la posibilidad de que los nuevos alumnos puedan escolarizarse o los alumnos ya matriculados puedan cambiar de centro a lo largo del curso escolar, garantizando en todo caso el derecho a la educación.
1.- Comisiones de escolarización que ejercerán su tarea durante el periodo lectivo del curso escolar 2018/2019:
- Comisión Permanente de Escolarización de primer ciclo de Educación Infantil.
- Comisión Permanente de Escolarización de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.
- Comisión Permanente de Escolarización de Educación Secundaria y Bachillerato.
- Comisión de Escolarización Específica de Educación Especial, encargada de escolarizar a los siguientes alumnos:
a) El alumnado con necesidades educativas especiales que requiera personal Auxiliar Técnico Educativo y fisioterapeutas en un centro ordinario.
b) El alumnado con medidas judiciales de reforma, promoción juvenil, y de protección y tutela de menores.
2.- Circunstancias contempladas.
- Cambio de domicilio del alumno escolarizado, procedente de otra localidad o su nueva residencia haga precisa su reescolarización.
- Incorporación tardía al sistema educativo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Otras circunstancias excepcionales.
3.- Adjudicación de centros.
Las Comisiones Permanentes adjudicarán un puesto escolar a cada una de las solicitudes recibidas por medio del Programa ADA, según el orden determinado por el número de identificación de las mismas en el citado programa.
Los centros escolares deberán consultar los listados de adjudicación en ADA, contactar con las familias de manera inmediata para comunicarles dicha adjudicación y proceder a la matriculación de este alumnado dentro de los tres días lectivos siguientes, previa comprobación de los preceptivos requisitos académicos y de edad.
4.- Consulta de listados.
Las familias y solicitantes de plaza en general, podrán consultar su adjudicación en los centros educativos receptores de la solicitud o en las oficinas de las sedes locales de la Inspección de Educación.
Destinatarios
Ciudadanía.
Alumnos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto- Presentación de solicitud: 02/07/2018 hasta 09/11/2019
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)
No existen requisitos específicos
Modelos e información para solicitudes
- Solicitud de plaza para Educación Infantil
- Solicitud de plaza para Educación Primaria
- Solicitud de plaza para Educación Secundaria Obligatoria (ESO)
- Solicitud de plaza para Bachillerato
- Solicitud de plaza para 2º de Bachillerato (Matrícula incompleta)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información adicional sobre recursos
Resuelve el procedimiento la Dirección General de Planificación Educativa y recursos Humanos.
Normativa
- Decreto n.º 23/2017, de 15 de marzo, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la admisión y escolarización del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la fase permanente de escolarización de alumnos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, para el curso 2018/2019.