Expedición de licencias de pesca fluvial (código 1707) (SIA 207305)
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a los ciudadanos obtener una licencia para la pesca en ríos y aguas continentales de la Región de Murcia.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, tanto mayores de edad como menores de edad mayores de doce años no emancipados.
Requisitos principales
- Ser mayor de edad o menor de edad mayor de 12 años no emancipado con autorización paterna.
- Poseer licencia de pesca fluvial en vigor de la Región de Murcia.
- Tener seguro obligatorio de responsabilidad civil por daños a terceros.
- Contar con seguro de daños propios por accidente durante la práctica deportiva.
- Disponer de un documento identificativo válido.
- Contar con el permiso correspondiente si se utilizan artes o medios de pesca fluvial que requieran autorización administrativa.
- Para pescar en cotos, tramos de formación deportiva o escenarios deportivos, se necesita un permiso del titular de la gestión.
Plazos
El plazo de presentación está abierto de forma continua.
Duración del trámite
La licencia puede ser expedida por un período de uno o cinco años.
Resumen
Este trámite permite obtener la licencia de pesca fluvial en la Región de Murcia. Es necesario para poder pescar en los ríos y aguas continentales de la región.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos mayores de edad.
- Menores de edad mayores de 12 años no emancipados, con autorización de sus padres o tutores.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Póliza y recibo del seguro de responsabilidad civil.
- Autorización escrita para menores de edad mayores de 12 años.
- Acreditación de la condición de pensionista (si aplica).
- Certificado municipal de residencia (si aplica).
Costes y plazos:
- La licencia de pesca de Clase P tiene un coste anual de 10 €, gratuita para menores de edad.
- El plazo de presentación está abierto de forma continua.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúne la documentación necesaria.
- Solicitud:
- Online: A través de la sede electrónica de la CARM, requiriendo DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
- Presencial: En las oficinas de asistencia en materia de registro de la CARM o en otras entidades según la Ley 39/2015, solicitando cita previa.
- Pago de la tasa: Se genera en la solicitud de expedición de la licencia.
- Obtención de la licencia: Una vez pagada la tasa, se expide el documento-licencia.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La licencia estará en vigor una vez realizado el pago de la tasa.
- Deberás llevar contigo la licencia y el resto de documentación requerida al practicar la pesca.
Ayuda
Contacto:
- Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consultar con el operador telefónico el precio de las llamadas.
Recursos adicionales:
- Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM
- Oficinas que realizan la tramitación inmediata de la licencia de pesca fluvial.
- Ayuda a la presentación electrónica
- Consulta del estado de un expediente
Normativa:
- Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia.
- Orden de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2009, por la que se habilita la tramitación telemática ante las Consejerías competentes en materia de medio ambiente y de tributos.
- Ley 8/2014, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias, de Simplificación Administrativa y en materia de Función Pública.
- Orden de 16 de agosto de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación sobre disposiciones generales de vedas para la pesca fluvial del año 2023.