Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por Discapacidad
Información general
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Organismo Autónomo
- Agencia Tributaria de la Región de Murcia
- Organismo Autónomo
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
Código y denominación
0121 - Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por Discapacidad
Objeto
Reconocer la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, a los titulares de vehículos que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Destinatarios
Ciudadanía.
Personas físicas con derecho a la exención, titulares de vehículos con domicilio en alguno de los municipios que tienen firmado convenio y han delegado la gestión y recaudación del Impuesto sobre Vehículos en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
Requisitos
Que el solicitante tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Que el vehículo este matriculado a su nombre y para su uso exclusivo.
Documentación
- Solicitud según modelo normalizado
- Declaración jurada
del solicitante, de que el vehículo es para uso exclusivo de la persona discapacitada.
- Certificación de discapacidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia *
- Certificación de discapacidad emitido por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
- Certificación
Certificado del INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social) que acredite tener reconocida una Invalidez Total, Absoluta o Gran Invalidez.
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(*) No está obligado a presentar los documentos marcados con *, siempre que en la solicitud autorice de forma expresa a esta Administración para que pueda obtener/ceder los datos/documentos de forma electrónica o por otros medios. Si no autoriza a la Administración la consulta de la citada información estará obligado a aportar la documentación exigida en este procedimiento junto con la solicitud.