Enajenación de aprovechamientos forestales no cinegéticos en montes públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 7123)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Enajenar los aprovechamientos en montes públicos, como por ejemplo apícolas, de pastos, cultivos, aromáticas o esparto, de conformidad con el Plan anual de aprovechamientos.

Implica autorización para colocación de colmenas, el paso por terrenos del dominio público forestal para el disfrute del aprovechamiento, autorización para recogida de especies forestales dadas en aprovechamiento o esparto.

A resultas del procedimiento para la enajenación en concurrencia competitiva, se expide, con fundamento en el art. 213 del Reglamento de Montes, Licencia como título habilitante para hacer efectivo el disfrute. Esta licencia, será renovada en el mes de septiembre de cada año, para el caso de que el disfrute sea plurianual, conforme a las previsiones del Plan de Aprovechamientos de referencia.

Licencia de expedición, en el mes de septiembre de cada año, en caso de contratos por varios años.

No obstante, existen aprovechamientos en los que no se da la concurrencia, sino que depende de la necesidad de previa concesión por otros organismos, como es el caso del aprovechamiento de aguas.

Los aprovechamientos en montes públicos incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad de los Ayuntamientos y que gestiona la CARM, una vez aprobado el plan anual de aprovechamientos en que se encuentran también incluidos, son objeto de adjudicación por parte de la entidad propietaria de acuerdo con su legislación específica y con sometimiento a las prescripciones técnico-facultativas contenidas en el citado Plan anual. Una vez adjudicados, el órgano forestal de la Comunidad Autónoma, previo pago de las catidades correspondientes, expide la licencia reglamentaria.

Enajenar los aprovechamientos en montes públicos, como por ejemplo apícolas, de pastos, cultivos, aromáticas o esparto, de conformidad con el Plan anual de aprovechamientos.

Implica autorización para colocación de colmenas, el paso por terrenos del dominio público forestal para el disfrute del aprovechamiento, autorización para recogida de especies forestales dadas en aprovechamiento o esparto.

A resultas del procedimiento para la enajenación en concurrencia competitiva, se expide, con fundamento en el art. 213 del Reglamento de Montes, Licencia como título habilitante para hacer efectivo el disfrute. Esta licencia, será renovada en el mes de septiembre de cada año, para el caso de que el disfrute sea plurianual, conforme a las previsiones del Plan de Aprovechamientos de referencia.

Licencia de expedición, en el mes de septiembre de cada año, en caso de contratos por varios años.

No obstante, existen aprovechamientos en los que no se da la concurrencia, sino que depende de la necesidad de previa concesión por otros organismos, como es el caso del aprovechamiento de aguas.

Los aprovechamientos en montes públicos incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad de los Ayuntamientos y que gestiona la CARM, una vez aprobado el plan anual de aprovechamientos en que se encuentran también incluidos, son objeto de adjudicación por parte de la entidad propietaria de acuerdo con su legislación específica y con sometimiento a las prescripciones técnico-facultativas contenidas en el citado Plan anual. Una vez adjudicados, el órgano forestal de la Comunidad Autónoma, previo pago de las catidades correspondientes, expide la licencia reglamentaria.

La Administración forestal aprueba anualmente el Plan anual de aprovechamientos forestales, que incluye montes de la CARM y montes de los Ayuntamientos.

Respecto de los montes de Ayuntamientos, se les da traslado de los que ellos pueden adjudicar con sujeción a las prescripciones del Plan de aprovechamientos.

Respecto de los de propiedad de la CARM, se procede a convocar procedimiento de concurrencia pública para su enajenación, que puede ser conjunta o individualizada por tipo de aprovechamiento, según especifique la convocatoria.

Las solicitudes de participación para aprovechamientos en montes de la CARM, se ajustarán a los plazos, modelos y requisitos de la convocatoria y se adjudicarán según el criterio establecido en la convocatoria.

Para montes de la CARM; la Comisión de valoración propone la adjudicación y se procede a adjudicar por Resolución de la Dirección General de Medio Natural.

Cuando la Resolución de adjudicación es firme en vía administrativa, así como una vez comunicadas las adjudicaciones de aprovechamientos en montes municipales por parte de los Ayuntamientos propieatrios, se requiere al adjudicatario para el abono de la tasa correspondiente, previo a la expedición de la reglamentaria licencia por el órgano forestal, documento que habilita legalmente para el uso y disfrute del aprovechamiento.

En los casos en que el plazo de adjudicación sea superior al año, anualmente se procederá a liquidar la correspondiente tasa para expedieción de licencia anual.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Para el caso de solicitud de aprovechamientos apícolas y de pastos, se requiere que el interesado esté inscrito en el correspondiente Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) en vigor o situación de alta.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Recurso alzada: un mes desde la notificación.

Recurso potestativo de reposición: un mes desde la notificación de la liquidación.

Reclamación económico-administrativa: un mes desde la notificaión del acto liquidatorio o desde la resolución o desestimación por silencio del potestativo previo de reposición.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

Requisitos de solicitud o iniciación

La Administración forestal aprueba anualmente el Plan anual de aprovechamientos forestales, que incluye montes de la CARM y montes de los Ayuntamientos.

Respecto de los montes de Ayuntamientos, se les da traslado de los que ellos pueden adjudicar con sujeción a las prescripciones del Plan de aprovechamientos.

Respecto de los de propiedad de la CARM, se procede a convocar procedimiento de concurrencia pública para su enajenación, que puede ser conjunta o individualizada por tipo de aprovechamiento, según especifique la convocatoria.

Las solicitudes de participación para aprovechamientos en montes de la CARM, se ajustarán a los plazos, modelos y requisitos de la convocatoria y se adjudicarán según el criterio establecido en la convocatoria. Cuando dicha convocatoria lo exija, se presentará un sobre cerrado con la oferta económica para la adjudicación.

Para aprovechamientos de pastos y apícolas, es necesario que el solicitante aporte su número de inscripción vigente en el REGA.

Para montes de la CARM, la Comisión de valoración propone la adjudicación y se procede a adjudicar por Resolución de la Dirección General de Medio Natural.

Requisitos posteriores

Cuando la Resolución de adjudicación es firme en vía administrativa, así como una vez comunicadas las adjudicaciones de aprovechamientos en montes municipales por parte de los Ayuntamientos propieatrios, se requiere al adjudicatario para el abono de la tasa correspondiente, previo a la expedición de la reglamentaria licencia por el órgano forestal, documento que habilita legalmente para el uso y disfrute del aprovechamiento.

En los casos en que el plazo de adjudicación sea superior al año, anualmente se procederá a liquidar la correspondiente tasa para expedieción de licencia anual.

Solicitud de participación en el procedimiento de enajenación de aprovechamientos forestales en montes públicos de la CARM

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Las tasas no se pueden mostrar en este momento. Contactar con el Servicio de Atención Telefónica 012 o 968362000, de 8:30 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL
La adjudicación de los aprovechamientos en montes públicos de los Ayuntamientos, la efectúan los órganos competentes de los respectivos Ayuntamientos.

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Económico - Administrativo CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

La Resolución de adjudicación de los aprovechamientos en Montes de la CARM, es recurrible en alzada ante la Dirección General de Medio Natural.Los actos liquidatorios para la expedición de licencias son recurribles potestativamente en reposición ante la Dirección General de Medio Natural. Asimismo puede ser presentada contra ellos reclamación económico-administrativa ante la Consejería competente en materia de Hacienda.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.