Emisión de informe sanitario a proyectos de construcción, ampliación o reforma de baños termales (código 6284)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Emitir el informe sanitario preceptivo y vinculante en caso de ser negativo, previamente al otorgamiento de la autorización municipal para la construcción, ampliación o reforma de baños termales.

Para la emisión del informe sanitario, el titular remitirá, a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, un ejemplar del proyecto de obra a realizar, visado por el Colegio profesional correspondiente. En este informe se hará un dicatmen sobre las condiciones higiénico-sanitarias del proyecto.

El informe sanitario deberá de ser emitido, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al que se reciba en la Dirección General de Salud Pública y Adicciones el proyecto y la documentación correspondiente.

Dicho informe tiene carácter vinculante en caso de ser negativo.

En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos”.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Titulares de baños termales.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

Requisitos de solicitud o iniciación

Cumplir lo establecido en el Decreto nº 55/1997, de 11 de julio, sobre condiciones sanitarias de balnearios, baños termales y establecimientos de talasoterapia y de aplicación de peloides.

6284 - Emisión de informe sanitario a proyectos de construcción, ampliación o reforma de baños termales

  • Proyecto de la obra a realizar visado por el colegio profesional correspondiente
    (Obligatorio / No original)
    Contenido mínimo sanitario: memoria descriptiva del establecimiento, incluyendo las instalaciones de que dispone para realizar la actividad, así como equipamientos e infraestructuras necesarias para desarrollar la misma.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES

Plazo de resolución: 2 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.