Embargo de créditos, efectos y derechos realizables en el acto o a corto plazo (código 2425) (SIA 221425)

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite consultar las diligencias de embargo de créditos, efectos y derechos realizables recibidas por las entidades pagadoras, presentar contestaciones y obtener cartas de pago.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas, otras entidades y administraciones.

Requisitos principales

  • Para la presentación electrónica, se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
  • Para la presentación presencial, la solicitud debe estar firmada por el interesado o su representante.

Plazos

El plazo de presentación está abierto de forma continua.

Duración del trámite

El plazo de resolución es de 0 días.

Información adicional

Este servicio está disponible las 24 horas del día, todos los días del año, salvo interrupciones técnicas. En caso de indisponibilidad de la sede electrónica, la solicitud puede presentarse en el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.

Resumen

Este procedimiento permite a las entidades pagadoras consultar las diligencias de embargo de créditos, efectos y derechos realizables que hayan recibido. También permite presentar las contestaciones a estas diligencias y obtener las cartas de pago correspondientes.

Quién puede usar este servicio

Este servicio está disponible para ciudadanos, empresas, otras entidades y la administración.

Cómo hacerlo

Solicitud Electrónica

Para realizar la solicitud de forma electrónica, necesita:

  • DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve.

Pasos a seguir:

  1. Revise los requisitos y la documentación necesaria.
  2. Cumplimente el formulario.
  3. Adjunte los documentos requeridos.
  4. Firme y envíe la solicitud.

Dispone de los siguientes trámites:

Solicitud Presencial

Si no dispone de medios electrónicos y no está obligado a relacionarse electrónicamente con la administración, puede presentar la solicitud de forma presencial en las oficinas indicadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Recuerde solicitar cita previa.

Lo que necesitas

Documentación

No se especifican fases concretas de tramitación ni documentación obligatoria.

Tasas

Este procedimiento no requiere el pago de tasas.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

  • Forma de inicio: De Oficio
  • Plazo de resolución: 0 días

Recursos

Se pueden interponer los siguientes recursos:

  • Potestativo de reposición ante el JEFE/A SERVICIO RECAUDACION
  • Económico - Administrativo ante el JEFE/A SERVICIO RECAUDACION

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos


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