Devolución de ingresos indebidos de tributos propios, cedidos, tributos locales y demás ingresos de derecho público gestionado por delegación respecto de ingresos efectuados ante la Agencia Tributaria

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la devolución de ingresos realizados indebidamente al Tesoro Público de la Región de Murcia, ya sea por duplicidad de pago, pago en exceso, ingresos fuera de plazo de prescripción o anulación de deuda.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas y otras entidades que hayan realizado ingresos indebidos en el Tesoro Público de la Región de Murcia, así como sus sucesores.

Requisitos principales

  • Identificación del solicitante.
  • Identificación de la deuda por la que se solicita la devolución.
  • Certificado del Código IBAN de la cuenta del solicitante.
  • En caso de representación, documentación que lo acredite.

Plazos

El plazo para solicitar la devolución es de 4 años desde que se realizó el ingreso indebido o desde que la resolución que da derecho a la devolución adquiere firmeza.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La resolución de devolución puede ser impugnada en el plazo de un mes mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.

Resumen

Este trámite permite solicitar la devolución de ingresos que se hayan realizado de forma incorrecta a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM). Esto incluye casos como pagos duplicados, pagos por un importe mayor al debido, pagos realizados fuera del plazo establecido o ingresos relacionados con deudas que han sido anuladas.

Quién puede usar este servicio

Este servicio está disponible para ciudadanos, empresas y otras entidades que hayan realizado un ingreso indebido en el Tesoro Público de la Región de Murcia. También pueden solicitarlo los herederos o representantes de estas personas o entidades.

Antes de empezar

Es importante tener a mano la documentación que justifique el ingreso indebido y los datos de la cuenta bancaria donde se desea recibir la devolución.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Justificante del ingreso indebido: Documento que pruebe que el ingreso se realizó de forma incorrecta (por ejemplo, recibo de pago duplicado).
  • Certificado del Código IBAN: Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde se desea recibir la devolución.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación (si aplica): En caso de que la solicitud la presente un representante, se debe adjuntar la documentación que acredite su poder.

Requisitos previos

  • Identificación del solicitante.
  • Identificación de la deuda por la que se solicita la devolución.

Costes y plazos

  • Coste: Este trámite es gratuito.
  • Plazo para solicitar la devolución: 4 años desde que se realizó el ingreso indebido o desde que la resolución que da derecho a la devolución adquiere firmeza.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria: Justificante del ingreso indebido, certificado del código IBAN y, si aplica, escritura de apoderamiento.
  2. Presenta la solicitud: Puedes hacerlo de forma electrónica a través de la sede electrónica de la CARM o de forma presencial en las oficinas de la ATRM.
  3. Espera la resolución: La administración tiene un plazo de 6 meses para resolver la solicitud.

Información sobre cada etapa

  • Presentación electrónica: Requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve. Puedes acceder al formulario a través de este enlace: devolución de ingresos indebidos.
  • Presentación presencial: Debes dirigirte a las oficinas de la ATRM o a las entidades indicadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Es recomendable solicitar cita previa. Puedes descargar el formulario de solicitud aquí: FORMULARIO SOLICITUD DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS.

Tiempos de espera

  • El plazo máximo para que la administración resuelva la solicitud es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez resuelta la solicitud, la administración notificará la resolución al solicitante. Si la resolución es favorable, se procederá a la devolución del importe indebidamente ingresado.

Plazos de resolución

  • El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Siguiente pasos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes.

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(Ver sección FAQ)


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