Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables (código 157)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Expedir certificados de profesionalidad, a quienes lo hayan solicitado y demuestren haber superado los módulos correspondientes a dicho certificado, a través de vías formativas, o bien, hayan obtenido el reconocimiento y la acreditación de todas las unidades de competencia a través del PREAR (Procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las competencias profesionales).
Quienes no superen la totalidad de los módulos asociados al certificado de profesionalidad y superen los módulos asociados a una o varias unidades de competencia del mismo, recibirán una certificación de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas.
Se puede obtener información acerca del Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro de las competencias profesionales (PREAR) consultando el procedimiento 8446 de la Guía de procedimientos y servicios de la CARM.
Destinatarios
Ciudadanía.
Ciudadanos que se encuentren, al menos, en una de las siguientes situaciones:
- Haber superado la formación conducente a la obtención de certificado de profesionalidad, o bien, haber superado uno o varios módulos asociados al mismo para la obtención de acreditaciones parciales acumulables.
- Haber obtenido el reconocimiento y acreditación de unidades de competencia correspondientes a un certificado de profesionalidad a través del PREAR.
- Haber superado un Programa de Cualificación Profesional Inicial vinculado a un certificado de profesionalidad de nivel 1.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
Requisitos de solicitud o iniciación
Se deberá acreditar, al menos, una de las siguientes condiciones:
- Haber superado la formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, siempre que el último módulo formativo se haya cursado en la Región de Murcia. Se acreditará mediante el diploma que acredite la superación del curso de formación.
- Haber obtenido el reconocimiento y acreditación de unidades de competencia, correspondientes a un certificado de profesionalidad a través del PREAR. Se acreditará mediante certificado emitido por el ICUAM (Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia).
- Haber superado un Programa de Cualificación Profesional Inicial, vinculado a un certificado de profesionalidad de nivel 1. La certificación será expedida por la Dirección General competente en materia de formación profesional del sistema educativo.
- Haber superado uno o varios módulos asociados a un certificado de profesionalidad en la Región de Murcia, para acreditación parcial acumulable. Se acreditará mediante documento que demuestre la superación del módulo o módulos correspondientes.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo