Ayudas para la reconstitución del potencial de producción en almendro afectado por la sequía (código 1186)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder ayudas en forma de subvención y en régimen de concurrencia competitiva a titulares de explotaciones de almendros afectados por la sequía acaecida en el año 2014.
La ejecución, justificación y solicitud de pago se efectuará conforme a la siguiente tabla:
Anualidad para la que se otorgó la concesión | Fecha de ejecución y justificación del gasto | Fecha de presentación de solicitud de pago |
2015 | Hasta el 15 de abril de 2015 | Hasta el 16 de septiembre de 2015 |
2016 | Hasta el 15 de abril de 2016 | Hasta el 15 de abril de 2016 |
2017 | Hasta el 15 de abril de 2017 | Hasta el 15 de abril de 2017 |
2018 | Hasta el 15 de abril de 2018 | Hasta el 15 de abril de 2018 |
Tipo y Cuantía de la Ayuda:
La ayuda tendrá forma de subvención de capital basado en unos costes unitarios estándar. La ayuda corresponderá al 40% de la inversión auxiliable, según los módulos recogidos en el anexo I de la Orden.
Ampliacion del periodo de modificación de anualidad:
Consiste en ampliar el plazo (los tres primeros meses del año y de 10/11 a 10/12) de presentación de modificación de anualidad de concesión de los años 2016 y posteriores. Se modifican las posibles fechas de presentación del anexo VI.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Las personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, sean titulares de explotaciones agrarias de plantaciones de almendro afectadas por la sequía y que vayan a realizar acciones para la reconstitución de los mismos.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)
Requisitos de solicitud o iniciación
- No podrán ser beneficiarios las empresas que se encuentren en la categoría de empresas en crisis (articulo 2.16 del Reglamento CE nº 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006).
- Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden deberán cumplir los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en la presente orden.
- Las plantaciones objeto de la reconstitución deberán estar ubicadas en su totalidad dentro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ser de secano y estar afectadas por la sequía del año hidrológico 2014.
- No se procederá a la concesión de la subvención a aquellos solicitantes que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Los beneficiarios deberán estar inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- La identificación de los recintos y parcelas agrícolas declaradas a efecto de solicitudes de ayuda, se realizará conforme al sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC). Los recintos SIGPAC de las parcelas objeto de reconstitución deberán no disponer de un coeficiente de regadío superior a cero.
- La reconstitución consistirá en el reemplazo de los árboles afectados por la sequía por otros de nueva adquisición, no pudiendo en ningún caso realizar la reconstitución en otros recintos o parcelas distintas de las afectadas inicialmente.
- La reconstitución se realizara con planta injertada de variedades comerciales de almendro. Deberá estar suministrada por empresas que se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales y Productos Vegetales.
- Obligaciones de publicidad, para aquellas operaciones que así lo requieran (dependiendo de la ayuda y/o de la inversión), según modelo que se adjunta en este enlace.
- Para el cobro de la ayuda concedida al beneficiario deberá presentar una solicitud de pago para cada anualidad por la que se le concedió la ayuda.
AYUDA A LA RECONSTITUCIÓN DEL POTENCIAL PRODUCTIVO DE ALMENDROS AFECTADO POR SEQUÍA
- Certificado de cuenta bancaria
(Obligatorio / Original) - Código de identificación fiscal: CIF
(No obligatorio / Original) - Escritura pública
(No obligatorio / No original) - Documento de identidad: NIF
(Obligatorio / No original)
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
- Consulta de Datos de Identidad (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
- Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los Programas de Desarrollo Rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.
- Orden de 26 de enero de 2015, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2014 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los Programas de Desarrollo Rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.
- Orden de 28 de julio de 2015, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los Programas de Desarrollo Rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.
- Orden de 5 de noviembre de 2015, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los programas de desarrollo rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.
- Orden de 25 de abril de 2016, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los programas de desarrollo rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.
- Orden de 24 de marzo de 2017 de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrario como consecuencia de adversidades climáticas producidas en el año hidrológico 2014 en el marco de los programas de desarrollo rural 2007-2013 y 2014-2020 FEADER de la Región de Murcia.