Autorización de apertura y funcionamiento de local específico de apuestas (código 261) (SIA 206639)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas autorizadas obtener el permiso necesario para abrir y operar un local dedicado a las apuestas en la Región de Murcia.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y personas físicas o jurídicas autorizadas para la organización y explotación de apuestas.

Requisitos principales

  • Estar autorizado para la organización y explotación de apuestas.
  • Constituir una fianza de 20.000 euros en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma.
  • El local no debe estar ubicado a menos de 200 metros de otros locales de apuestas, salones de juego, casinos o salas de bingo.

Plazos

El plazo de presentación está abierto de forma continua.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para abrir y operar un local específico de apuestas en la Región de Murcia. Está dirigido a empresas y personas autorizadas para la organización y explotación de apuestas.

Lo que necesitas

  • Documentos requeridos:
    • Plano de situación del local.
    • Plano de medidas de seguridad.
    • Fotografía del rótulo.
    • Memoria descriptiva del local.
    • Memoria de seguridad e higiene.
    • Certificado de climatización.
    • Acreditación de disponibilidad del local.
    • Licencia municipal (o solicitud).
    • Justificante de fianza (20.000€).
    • Acreditación de representación (si aplica).
  • Requisitos previos:
    • Estar autorizado para la organización y explotación de apuestas.
    • Constituir fianza de 20.000€.
    • Cumplir con la distancia mínima a otros locales de juego.
  • Costes: Tasa T310.

Cómo hacerlo

  1. Solicitud electrónica:
    • Accede a la sede electrónica de la CARM.
    • Identifícate con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
    • Completa el formulario de solicitud.
    • Adjunta la documentación requerida.
    • Firma y envía la solicitud.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: Positivo (si no hay respuesta en 3 meses, se entiende aprobada).
  • Recursos: Alzada ante el Consejero/a de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital.

Ayuda


Preguntas frecuentes

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