Autoliquidación Tasa 1,5 (código 4073) (SIA 3153921)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas de suministros autoliquidar la tasa por el uso privativo o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas explotadoras de servicios de suministros (agua, gas, electricidad, telecomunicaciones, etc.) que utilicen el dominio público local.

Requisitos principales

  • Ser una empresa explotadora de servicios de suministros que utilice el dominio público local.

Plazos

Autoliquidación por ejercicio o alta de actividad: del 1 al 31 de enero del año siguiente al devengado. Autoliquidación por baja de actividad: dentro del mes siguiente al trimestre en que se produce la baja.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La presentación telemática es obligatoria para profesionales, personas físicas o jurídicas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Resumen

Este trámite permite realizar la autoliquidación de la Tasa 1,5 (código 4073), que grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública por parte de empresas de suministros.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas explotadoras de servicios de suministros que utilicen el dominio público local.

Antes de empezar:

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Los documentos específicos que se requieran en el procedimiento para el que se realiza la autoliquidación.

Requisitos previos:

  • Ser una empresa explotadora de servicios de suministros que utilice el dominio público local.
  • Disponer de un sistema de firma electrónica (Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

Costes y plazos:

  • Este procedimiento no requiere el pago de tasas para su inicio.
  • Plazos de presentación e ingreso:
    • Autoliquidación por ejercicio o alta de actividad: del 1 al 31 de enero del año siguiente al devengado.
    • Autoliquidación por baja de actividad: dentro del mes siguiente al trimestre en que se produce la baja.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Acceder a la sede electrónica de la CARM.
  2. Identificarse mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
  3. Cumplimentar el formulario de autoliquidación (código 4073).
  4. Adjuntar la documentación requerida.
  5. Firmar y enviar la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • Para la presentación electrónica, se requiere un sistema de firma electrónica.
  • El tamaño máximo de cada archivo adjunto es de 5 MB, y el total no puede superar los 10 MB.
  • Una vez registrada, se recibirá un recibo en formato PDF con el número, fecha y hora de registro, y un código de verificación.

Tiempos de espera:

  • El sistema está operativo las 24 horas del día, todos los días del año, salvo interrupciones técnicas.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Plazos de resolución:

  • No especificado.

Siguientes pasos:

  • Realizar el pago de la tasa, si corresponde, según las indicaciones que se proporcionen.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012.
  • Consultar con el operador telefónico el precio de las llamadas.

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.

Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.