Autoliquidación Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y borradores de autoliquidación. Modelo 600. (código 2183) (SIA 200701)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos y empresas autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), así como realizar trámites relacionados con autoliquidaciones ya presentadas.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas y otras entidades.

Requisitos principales

  • Disponer de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para la presentación electrónica.
  • Presentar la autoliquidación dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha del acto o contrato.
  • En caso de autoliquidaciones que no correspondan a documentos notariales, presentar el documento privado, administrativo o judicial que originó el hecho imponible.

Plazos

El plazo para presentar la autoliquidación es de 30 días hábiles desde la fecha del acto o contrato.

Duración del trámite

El plazo de resolución no está especificado.

Información adicional

Para facilitar el cumplimiento de los modelos tributarios, los contribuyentes que no tengan la consideración de profesional pueden acudir, una vez obtenida su <a href="https://agenciatributaria.carm.es/CITAPREVIA">cita previa</a>, personalmente, en el horario de atención al contribuyente a las dependencias de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. Podrá consultar la dirección de las distintas oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia pinchando <a href="https://agenciatributaria.carm.es/web/guest/oficinas">aquí</a>.

Resumen

Este trámite permite realizar la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) en la Región de Murcia. También facilita la presentación de borradores de autoliquidación y la realización de trámites relacionados con autoliquidaciones ya presentadas.

Quién puede usar este servicio: Ciudadanos, empresas y otras entidades que realicen operaciones sujetas al ITP y AJD en la Región de Murcia.

Antes de empezar:

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Contrato de compraventa (si la operación se realiza en documento privado).
  • Escritura pública (si la operación se formaliza en escritura pública).
  • Documentación acreditativa (en caso de documentos judiciales o administrativos).

Requisitos previos:

  • Disponer de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve para la presentación electrónica.
  • Presentar la autoliquidación dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha del acto o contrato.
  • En caso de autoliquidaciones que no correspondan a documentos notariales, presentar el documento privado, administrativo o judicial que originó el hecho imponible.

Costes y plazos:

  • Este trámite no requiere el pago de tasas para su inicio.
  • El plazo para presentar la autoliquidación es de 30 días hábiles desde la fecha del acto o contrato.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Accede al formulario:
  2. Cumplimenta el formulario:
    • Rellena todos los campos obligatorios con la información requerida.
  3. Adjunta la documentación:
    • Sube los documentos necesarios según el tipo de operación.
  4. Firma y presenta:
    • Firma electrónicamente la autoliquidación y envíala.

Información sobre cada etapa:

  • Identificación: Deberás identificarte mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
  • Cumplimentación: Asegúrate de introducir correctamente todos los datos relativos al acto o contrato, así como los datos del sujeto pasivo y la base imponible.
  • Documentación: Adjunta los documentos que justifiquen la operación realizada (contrato, escritura, etc.).
  • Firma y presentación: Una vez revisados todos los datos, firma electrónicamente la autoliquidación y envíala. El sistema te devolverá un recibo en formato PDF con el número de registro, fecha y hora de presentación.

Tiempos de espera:

  • La presentación electrónica es inmediata.
  • El plazo para resolver y notificar la liquidación, en caso de revisión por la administración, puede variar.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Recibirás un justificante de presentación con el número de registro, fecha y hora.
  • La administración tributaria podrá revisar la autoliquidación y, en su caso, practicar una liquidación definitiva.

Plazos de resolución:

  • No especificado.

Siguientes pasos:

  • Conserva el justificante de presentación.
  • Si la administración tributaria te notifica una liquidación definitiva, deberás atenderla en los plazos y formas indicados.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Ver sección FAQ.

Preguntas frecuentes

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