Autoliquidación del Impuesto por emisiones de gases contaminantes a la atmósfera. Modelos 070 y 071 (código 2608) (SIA 1111070)
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite realizar la autoliquidación del Impuesto sobre emisiones de gases contaminantes a la atmósfera, utilizando los modelos 070 (anual) y 071 (trimestral).
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas y entes sin personalidad jurídica que exploten instalaciones que emitan gases contaminantes a la atmósfera.
Requisitos principales
- Estar dado de alta como sujeto pasivo del impuesto.
- Disponer de sistemas de firma electrónica (Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).
Plazos
Modelo 070: El plazo de presentación es durante el mes siguiente a la conclusión del periodo impositivo (anual). En caso de cese de actividad, el plazo es de un mes desde el cese. Modelo 071: Los pagos fraccionados se realizan en los primeros veinte días naturales de abril, julio y octubre.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Los sujetos pasivos pueden aplicar una reducción sobre la base imponible y tienen derecho a deducciones en la cuota íntegra por inversiones en infraestructuras y bienes de equipo orientadas al control, prevención y corrección de la contaminación atmosférica.
Resumen
Este trámite permite a las empresas y ciudadanos de la Región de Murcia realizar la autoliquidación del Impuesto sobre emisiones de gases contaminantes a la atmósfera. Se utilizan los modelos 070 (declaración anual) y 071 (pagos fraccionados trimestrales).
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas que operen instalaciones que emitan gases contaminantes a la atmósfera.
Antes de empezar:
- Asegúrate de tener un sistema de firma electrónica (DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve).
- Revisa la información del procedimiento en el Registro y Guía de procedimientos y servicios.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Modelos 070 y 071 (se cumplimentan telemáticamente).
- Justificante de inversiones en control, prevención y corrección de la contaminación atmosférica (si aplica).
Requisitos previos:
- Estar dado de alta como sujeto pasivo del impuesto.
- Disponer de conexión a internet y un navegador compatible.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- Modelo 070: Presentación en el mes siguiente a la finalización del año natural.
- Modelo 071: Pagos fraccionados en los primeros 20 días naturales de abril, julio y octubre.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica de la CARM.
- Selecciona el modelo correspondiente (070 o 071).
- Cumplimenta el formulario telemático.
- Adjunta la documentación requerida (si aplica).
- Firma y envía la solicitud.
- Descarga el justificante de registro.
Información sobre cada etapa:
- La cumplimentación, pago y presentación de los modelos se realiza íntegramente online.
- El sistema te devolverá un recibo en formato PDF, firmado electrónicamente, con el número, fecha y hora de registro y un código de verificación.
Tiempos de espera:
- El trámite es inmediato una vez presentada la solicitud.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la información proporcionada.
Plazos de resolución:
- No aplica, ya que es una autoliquidación.
Siguiente pasos:
- Conservar el justificante de presentación.
Ayuda
Contacto:
- Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consultar con el operador telefónico el precio de las llamadas al 012.
Recursos adicionales:
- Impuesto por emisiones de gases contaminantes a la atmósfera. Modelo 071
- Impuesto por emisiones de gases contaminantes a la atmósfera. Modelo 070
- Ayuda a la presentación electrónica
- Impuesto sobre emisiones de gases contaminantes a la atmósfera.
- Consulta del estado de un expediente
Preguntas frecuentes:
- ¿Cuál es el periodo impositivo del impuesto? El periodo impositivo coincide con el año natural, devengándose el 31 de diciembre de cada año. En caso de cese de actividad antes del 31 de diciembre, el periodo impositivo finaliza en la fecha de cese.
- ¿Cómo se pagan y presentan los modelos 070 y 071? Los modelos 070 y 071 se deben cumplimentar, pagar y presentar exclusivamente por medios telemáticos.
- ¿Qué ocurre si reconozco la deuda? Se puede reconocer la deuda por la totalidad de la cuota. El modelo de autoliquidación será firmado y presentado sin pasar por la pasarela de pagos de la CARM. En este caso, dicho modelo explicará el plazo del que se dispone para ingresar la cuota y ofrecerá un documento de pago por la cantidad pendiente.
- ¿Existe un mínimo exento? Los sujetos pasivos pueden aplicar una reducción sobre la base imponible de tres unidades contaminantes, en concepto de mínimo exento.
- ¿Qué deducciones puedo aplicar? Los sujetos pasivos tienen derecho a una deducción en la cuota íntegra por las inversiones realizadas en el periodo impositivo en infraestructuras y bienes de equipo orientadas al control, prevención y corrección de la contaminación atmosférica.
- ¿Qué diferencia hay entre el Modelo 070 y el Modelo 071? El Modelo 070 se utiliza para la declaración-liquidación anual del impuesto, mientras que el Modelo 071 se utiliza para los pagos fraccionados trimestrales a cuenta de la liquidación anual.
- ¿Quién está obligado al pago de este impuesto? Están obligados al pago del impuesto las personas físicas o jurídicas y los entes sin personalidad jurídica que exploten las instalaciones en las que se desarrollen las actividades que determinan las emisiones a la atmósfera gravadas por este impuesto.