Aplazamiento o fraccionamiento de deudas gestionadas por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (código 1766) (SIA 207336)

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas o empresas solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias gestionadas por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia cuando su situación económica les impide realizar el pago en los plazos establecidos.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas y otras entidades cuya situación económica les impida realizar el pago de deudas tributarias en los plazos establecidos.

Requisitos principales

  • Identificación del solicitante.
  • Identificación de la deuda.
  • Plazo y condiciones del aplazamiento/fraccionamiento solicitado.
  • Garantías ofrecidas (si aplica).
  • Lugar, fecha y firma del solicitante.
  • IBAN.

Plazos

Plazo de presentación: Abierto

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

En caso de que la notificación recibida dirija a los procedimientos 2577 o 1584, la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento debe hacerse por este procedimiento 1766.

Resumen

Este trámite permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas gestionadas por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. Se puede solicitar tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo, siempre que la situación económica del interesado le impida realizar el pago en los plazos establecidos.

Quién puede usar este servicio

Ciudadanos, empresas y otras entidades que se encuentren en una situación económica que les impida realizar el pago de sus deudas tributarias en los plazos establecidos.

Antes de empezar

Es importante tener a mano la documentación necesaria para justificar la situación económica y las posibles garantías que se puedan ofrecer.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas gestionadas por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
  • Garantía (si es necesario).
  • Documentación justificativa de la falta de liquidez.
  • Acreditación de la falta de liquidez.
  • Otra documentación acreditativa.
  • Cuentas anuales (si aplica).
  • IBAN.

Requisitos previos

  • Identificación del solicitante.
  • Identificación de la deuda.
  • Plazo y condiciones del aplazamiento/fraccionamiento solicitado.
  • Garantías ofrecidas (si aplica).
  • Lugar, fecha y firma del solicitante.
  • IBAN.

Costes y plazos

  • Este procedimiento no requiere el pago de tasas.
  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
  2. Presentar la solicitud: Puedes hacerlo de forma electrónica o presencial.
    • Electrónicamente: A través de la sede electrónica de la CARM, utilizando DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
    • Presencialmente: En las oficinas de atención al ciudadano, solicitando cita previa.
  3. Seguimiento de la solicitud: Puedes consultar el estado de tu expediente a través de la sede electrónica.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud electrónica: Requiere firma electrónica.
  • Solicitud presencial: Los formularios deben estar firmados por los interesados o sus representantes.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución al interesado.

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Siguiente pasos

Si la solicitud es aprobada, se indicarán las condiciones del aplazamiento o fraccionamiento. Si es denegada, se podrán interponer los recursos correspondientes.

Ayuda

Contacto

Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consultar con el operador telefónico el precio de las llamadas.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Cómo puedo solicitar el aplazamiento o fraccionamiento? Puedes solicitarlo electrónicamente con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en las oficinas de atención al ciudadano con cita previa.
  • ¿Qué documentos necesito para solicitarlo? Debes presentar la solicitud, la documentación que justifique tu falta de liquidez y, si es necesario, las garantías que ofreces.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? El plazo máximo para que la administración resuelva tu solicitud es de 6 meses.
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución? Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso potestativo de reposición o una reclamación económico-administrativa.
  • ¿Tengo que pagar alguna tasa para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento? No, este procedimiento no requiere el pago de ninguna tasa para iniciar su tramitación.
  • ¿Cuándo es necesario aportar garantías? Si la deuda es superior a 50.000 euros, generalmente se exige la aportación de garantías.
  • ¿Cómo puedo saber en qué estado se encuentra mi solicitud? Puedes consultar el estado de tu expediente a través de la sede electrónica de la CARM.
  • ¿Qué hago si no tengo DNI electrónico ni certificado digital? Si no tienes medios electrónicos, puedes presentar la solicitud presencialmente en las oficinas de atención al ciudadano, solicitando cita previa.

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