Agencias de Viajes: altas, bajas y modificaciones (código 654)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

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Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Obtener la clasificación turística para ejercer la actividad de agencia de viajes en la Región de Murcia (alta), así como comunicar el cese de la actividad (baja) o cualquier modificación de las circunstancias de las agencias de viajes que afecte a las condiciones que hayan ocurrido para su clasificación (cambios).

Cuando las agencias de viajes domiciliadas y clasificadas como tales por estados miembros de la Unión Europea o pertenecientes al Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o por otras comunidades autónomas pretendan abrir establecimientos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio de su actividad, deberán presentar la correspondiente declaración responsable.

Las agencias de viajes se clasifican en mayoristas, minoristas y mayoristas-minoristas.

La clasificación conlleva la inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

En la Carta de servicios del Instituto de Turismo de la Región de Murcia figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

"1. Oficina de Ordenación de Turismo: Clasificar agencias de viajes en un plazo máximo de 1 mes".

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tienen la consideración de agencias de viajes las empresas que se dedican profesional y comercialmente al ejercicio de actividades de mediación u
organización de servicios turísticos, pudiendo utilizar medios propios en la prestación de los mismos. La condición legal y la denominación de agencias de viaje queda reservada exclusivamente a las personas físicas o jurídicas a que se refiere el apartado anterior. Los términos «viaje» o «viajes» sólo podrán utilizarse como todo o parte del título o subtítulo que rotule sus actividades, por quienes tengan la condición legal de agencia de viajes.
Las agencias de viajes no podrán comercializar, contratar ni incluir en sus catálogos a aquellas empresas que presten servicio en el ámbito territorial de la Región de Murcia y no hayan comunicado el inicio de la actividad u obtenido la correspondiente clasificación turística.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

Requisitos de solicitud o iniciación

Las empresas explotadoras de agencias de viajes radicadas en la Región de Murcia deberán comunicar con carácter previo el inicio de la actividad por medio de la correspondiente declaración responsable. Por medio de ella declarará que cumple con las normas y requisitos específicos para el reconocimiento del ejercicio de la actividad de AGENCIA DE VIAJES, establecidos en el Decreto 100/2007, de 25 de mayo, por el que se regulan las agencias de viajes y centrales de reserva en la Región de Murcia, y que disponen de:

- Escritura de constitución de la sociedad y sus estatutos están debidamente inscritos en el Registro Mercantil, si procede.
- Poderes suficientes para actuar como representante legal de la titularidad, si procede.
- Seguro de responsabilidad civil que cubre los riesgos del ejercicio de la actividad en los conceptos y cuantía señalados
en el referido Decreto.
- La disponibilidad del local donde se ejerce la actividad, si procede.
- FIANZA, estar en posesión del documento expedido por la CAJA DE DEPOSITOS, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, de haber depositado la FIANZA por el importe del Grupo en que se ha encuadrado. Deberá de indicarnos
- Estar en posesión o haber solicitado el nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- Cumplir con el capítulo II del título I del Decreto reiterado, referido a la Organización, Intermediación y Comercialización de Servicios Turísticos a través de la Sociedad de la Información, en su caso.

- Designación del responsable de la agencia (Casa Central, Sucursal, Cambios).

Requisitos posteriores

Las agencias de viajes deberán cololar un distintivo a la entrada de la agencia que tendrá las características establecidas en el Anexo del Decreto 100/2007, de 25 de mayo.

1. En toda la propaganda impresa, correspondencia,documentación y publicidad realizada por una agencia de viajes, cualquiera que sea el medio empleado, se indicará su Código de Identificación, el nombre comercial y, en su caso, el de la marca o marcas comerciales registradas así como su dirección.

2. Los folletos y programas editados por las agencias de viajes no podrán incluir publicidad ilícita, de acuerdo con la normativa correspondiente.

Declaración Responsable de Clasificación Turística

  • Justificante de depósito de Fianza
    (Obligatorio / No original)
    Tras la presentación de la declaración responsable y antes de dictar la correspondiente resolución de clasificación, deberá remitir el justificante expedido por la Caja General de Depósitos de haber constituido la fianza en la forma y cuantía prevista según el grupo de pertenencia.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.