Admisión Modular Formación Profesional Básica (código 2463)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Dictar instrucciones para el procedimiento de admisión en modalidad modular a la Formación Profesional Básica del sistema educativo en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia que impartan estas enseñanzas.

La oferta de modalidad modular consiste en los módulos profesionales que conforman los ciclos formativos para los que, tras finalizar el proceso de admisión en régimen ordinario, haya plazas vacantes.

- El alumno que se presente tras haber superado un Programa Formativo Profesional relacionado con el ciclo solicitado, deberá presentar certificación académica oficial, o en su defecto, emitido por el responsable de la entidad donde se desarrolló el programa, que haga constar los módulos cursados así como la nota obtenida en cada uno de ellos. En este caso, el centro pedirá la confirmación de los datos al Servicio de Formación Profesional mediante comunicación interior.

- El alumno que se presente tras haber superado alguno de los módulos del ciclo de Formación Profesional Básica, deberá presentar la correspondiente certificación académica oficial.

- El alumno que se presente tras haber quedado “no admitido” en el proceso de admisión para el acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional Básica, deberá presentar la Propuesta final de incorporación a estos ciclos realizada por su centro de procedencia con anterioridad a los periodos ordinario y extraordinario de admisión.

- El alumno que se presente tras haber superado unidades de competencia relacionadas con el ciclo de Formación Profesional Básica correspondiente, deberá presentar acreditación oficial de las unidades de competencia expedida por el órgano competente que corresponda.

- El alumno que se presente tras haber superado los módulos obligatorios (Primer curso ) de un Programa de Cualificación Profesional Inicial, deberá presentar certificación académica oficial, o en su defecto, certificado emitido por el responsable de la entidad donde se desarrolló el programa, que haga constar los módulos cursados así como la nota obtenida en cada uno de ellos. En este caso, el centro pedirá la confirmación de los datos al Servicio de Formación Profesional mediante comunicación interior.

Destinatarios

Ciudadanía.

Alumnos que deseen ser admitidos en la oferta modular de los Ciclos Formativos de la Formación Profesional Básica.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Con carácter general, los alumnos que deseen ser admitidos en la oferta modular deberán tener entre 17 y 19 años , o cumplir esa edad antes del 31 de diciembre del año de incorporación a esta modalidad (nacidos en 1999, 2000 y 2001). La edad máxima podrá ampliarse a 20 años para aquellos alumnos que vayan a cursar exclusivamente módulos del segundo curso de los ciclos de Formación Profesional Básica.

2. Además del requisito del apartado anterior, quienes deseen cursar módulos profesionales en modalidad modular deberán acreditar que disponen de alguno de los siguientes requisitos de acceso:

- Haber superado un Programa Formativo Profesional relacionado con el ciclo solicitado.

- Haber quedado “no admitido” en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia para el acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en el actual curso académico.

- Haber superado alguno de los módulos del ciclo de Formación Profesional Básica en cursos anteriores.

- Haber superado unidades de competencia relacionadas con el ciclo de Formación Profesional Básica correspondiente.

  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (Obligatorio / Original)
    El alumno que se presente tras haber superado un Programa Formativo Profesionalrelacionado con el ciclo solicitado, deberá presentar certificación académica oficial, o en su defecto, emitido por el responsable de la entidad donde se desarrolló el programa, que haga constar los módulos cursados así como la nota obtenida en cada uno de ellos. En este caso, el centro pedirá la confirmación de los datos al Servicio de Formación Profesional mediante comunicación interior.El alumno que se presente tras haber superado alguno de los módulos del ciclo de Formación Profesional Básica, deberá presentar la correspondiente certificación académica oficial.- El alumno que se presente tras haber quedado ?no admitido? en elproceso de admisión para el acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional Básica, deberá presentar la Propuesta final de incorporación a estos ciclosrealizada por su centro de procedencia con anterioridad a los periodos ordinario y extraordinario de admisión.- El alumno que se presente tras haber superado unidades de competencia relacionadas con el ciclo de Formación Profesional Básica correspondiente, deberá presentar acreditación oficial de las unidades de competencia expedida por el órgano competente que corresponda. - El alumno que se presente tras haber superado los módulos obligatorios (Primer curso ) de un Programa de Cualificación Profesional Inicial, deberá presentar certificación académica oficial, o en su defecto, certificado emitido por el responsable de la entidad donde se desarrolló el programa, que haga constar los módulos cursados así como la nota obtenida en cada uno de ellos. En este caso, el centro pedirá la confirmación de los datos al Servicio de Formación Profesional mediante comunicación interior.
  • Pasaporte
    (Obligatorio / Original)
    . Para la justificación del requisito de edad, los interesados deberán aportar fotocopia del documento de identidad (DNI/NIE/Permiso Residencia/Pasaporte) o cualquier otro documento oficial en el que figuren su nombre, apellidos, y fecha del nacimiento.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Preferentemente en el Centro elegido para cursas el modulo.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: Consejo Escolar de la Región de Murcia

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

Otras disposiciones y actos administrativos

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.