Actas en materia de subvenciones del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) (código 2346)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Verificar el estado de ejecución de una operación subvencionable de una concurrencia de ayudas del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca que concluye con el levantamiento de un acta de inspección.
Hay tres tipos de acta de inspección:
1.- Acta de No Inicio, en el caso de que el proyecto no haya comenzado.
2.- Acta de Estado de Evolución, en el caso de que el proyecto haya comenzado.
3.- Acta Fin de Obras, en el caso de que el proyecto haya concluido.
Se trata de comprobaciones in situ según el procedimiento establecido en el manual de calidad de la inspección del Servicio de Pesca y Acuicultura (ISO 9001).
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Solicitantes de las ayudas en materia de pesca y acuicultura del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)
Requisitos de solicitud o iniciación
En función del tipo de acta solicitada:
1.- Acta de No Inicio. Los derivados de la normativa de subvenciones del FEMP (Procedimiento 1395).
2.- Acta de Estado de Evolución. Que se haya levantado Acta de No Inicio.
3.- Acta Fin de Obras. Que se haya levantado Acta de No Inicio y ser beneficiario de una ayuda FEMP.
Actas en materia de subvenciones del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
- Memoria descriptiva
(No obligatorio / No original)
Solamente en el caso 1, en el supuesto de Acta de No Inicio. Memoria descriptiva de la inversión a realizar en la que se incluya una estimación económica de la operación, así como el lugar o lugares de ejecución. - Descripción de las actividades o material
(No obligatorio / No original)
Solamente en el caso 2, en el supuesto de Acta de Estado de Evolución. Descripción de los elementos que se solicita inspeccionar, así como el lugar o lugares de ejecución.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actas en materia de subvenciones del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro Salud-Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca (Tramitación inmediata: No)
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Plazo de resolución: 10 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Normativa
- Orden de 12 de mayo de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas relativas al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en la Región de Murcia.
- Orden de 29 de marzo de 2017, por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2016 por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de Ayudas del Fondo Europeo y Marítimo de Pesca (FEMP) en la Región de Murcia.
- Orden de 17 de julio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo del ?Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia? en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
- Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
- Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 2328/2003, (CE) nº 861/2006, (CE) nº 1198/2006 y (CE) nº 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) nº 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Reglamento Delegado (UE) 2015/531 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2014, por el que se complementa el Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo determinando los costes que pueden optar a la financiación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca para mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores, proteger y recuperar la biodiversidad y los ecosistemas marinos, mitigar el cambio climático y aumentar la eficiencia energética de los buques pesqueros.