Acreditación de títulos españoles no universitarios en el ámbito de las ciencias de la salud (código 123)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Acreditar los títulos Españoles de formación profesional de la rama sanitaria a efectos de su ejercicio en otro país miembro de la Unión Europea

  • Títulos objeto de acreditación:
    • - Técnico en cuidados auxiliares de enfermería.
    • - Técnico en farmacia.
    • - Técnico superior en anatomía patológica y citología.
    • - Técnico superior en audioprótesis.
    • - Técnico superior en dietética.
    • - Técnico superior en documentación sanitaria.
    • - Técnico superior en higiene bucodental.
    • - Técnico superior en imagen para el diagnóstico.
    • - Técnico superior en laboratorio de diagnóstico clínico.
    • - Técnico superior en ortoprotésica.
    • - Técnico superior en prótesis dentales.
    • - Técnico superior en radioterapia.
    • - Técnico superior en salud ambiental.
  • Información respecto Tasas
    • Este procedimiento está sujeto al pago de tasa cuyo justificante ha de aportarse para tramitar la solicitud.La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM .
    • El justificante del abono, si presenta la solicitud electrónica, puede aportarlo como documento anexo, o mediante el formulario de actos de tramite de este procedimiento, en el supueto de que pueda hacer el pago con posterioridad a la presentación de la solicitud, deberá realizarlo dentro del plazo máximo que se establezca, e indicando el nº de registro de la solicitud inicial.

Destinatarios

Ciudadanía.

Serán destinatarios de la acreditación los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que hayan obtenido en España el titulo oficial correspondiente a las siguientes cualificaciones profesionales: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, Técnico en Farmacia, Técnico Superior en: Anatomía Patológica y Citología, Audioprótesis, Dietética, Documentación Sanitaria, Higiene Bucodental, Imagen para el Diagnóstico, Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Ortoprotésica, Prótesis Dentales, Radioterapia, Salud Ambiental)

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y de los demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que hayan obtenido una cualificación profesional en España.

Solicitud de Acreditación de títulos españoles no universitarios en el ámbito de ciencias de la salud

  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (Obligatorio / Original)
    Deberá presentar original o copia auténtica de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título en la que conste, entre otros extremos, la duración de los mismos en años académicos y las asignaturas cursadas.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / Original)
    Deberá presentar la documentación original o copia auténtica (sólo en caso de actuar mediante representación)
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / Original)
    Deberá adjuntar la justificación del abono de la tasa T010 por emisión de certificados en el caso de haber realizado previamente el pago presencial en las entidades colaboradoras.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

Plazo de resolución: 4 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.