Presidencia del Gobierno

  • PUBLICADA LA RESOLUCION DEFINITIVA DE ADMITIDOS AL CURSO Y ADJUDICATARIOS DE AYUDA DE VIAJE

    El 19 de junio de 2018 ha salido publicado en BOE el extracto de la Resolución de convocatoria de la 11ª edición del CIS SUMMER SEMINAR ON SOCIOLOGICAL AND POLITICAL RESEARCH AT HARVARD UNIVERSITY, que tendrá lugar del 6 al 10 de agosto de 2018.

    PLAZO DE INSCRIPCIÓN: DEL 20 AL 26 DE JUNIO DE 2018

    Cumplimentar en TODOS LOS CASOS el Anexo I – Solicitud; en caso de ser solicitante de ayuda de viaje, cumplimentar también: Anexo II; Anexo III y Anexo IV

    En el caso de haber realizado la PREINSCRIPCIÓN y haber enviado la documentación, ES CONDICIÓN INDISPENSABLE el envío de los Anexos, cumplimentados y firmados, a la dirección del CIS: Calle Montalbán, nº 8. 28014 Madrid, a través de un Registro Oficial, Sede Electrónica, o por correo postal certificado y urgente. El resto de la documentación acreditativa no es necesario que se vuelva a enviar.

    No serán consideradas válidas las solicitudes recibidas a través del correo electrónico.

    Las solicitudes no preinscritas, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRA/1004/2017, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de viaje para el Seminario sobre Investigación Sociológica y Política. (BOE Núm. 251 de 18/10/2017) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación desglosada del modo señalado:

    1. Podrán ser beneficiarios de la admisión en el Seminario todas aquellas personas de nacionalidad española que lo soliciten, así como los ciudadanos de algún Estado miembro de la Unión Europea o de terceros países con residencia legal en España. En todos los casos deberán encontrarse, en el plazo de presentación de las solicitudes, en posesión del título de graduado o licenciado, y cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I).

    2. Las solicitudes de ayuda de viaje, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRA/1004/2017, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de viaje para el Seminario sobre Investigación Sociológica y Política. (BOE Núm. 251 de 18/10/2017) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación desglosada del modo señalado:

    (a) Solicitud (según Anexo I), indicando expresamente si es solicitante de ayuda.

    (b) Acreditación, mediante declaración jurada, de que en el ejercicio inmediatamente anterior a la solicitud de la ayuda, sus ingresos anuales brutos resultaron inferiores al doble del Salario Mínimo Interprofesional de ese ejercicio (Anexo II).

    (c) Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en todo caso, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución. La presentación de las solicitudes conllevará la autorización de los solicitantes para que el órgano instructor obtenga de forma directa las mencionadas acreditaciones. No obstante lo anterior, el solicitante podrá denegar expresamente dicho consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las correspondientes certificaciones.

    (d) No podrán incurrir en el momento de presentación de la solicitud en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán cumplimentar una declaración responsable ad hoc que se incluye como Anexo III.

    (e) Acreditación de no padecer ninguna enfermedad, ni limitación física, o psíquica que les imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como beneficiarios de las ayudas recibidas (Anexo III).

    (f) Acreditación de que no cuentan con otro tipo de beca, o subvención pública o privada simultánea de similares características, mediante declaración jurada anexa (Anexo IV).

    Las ayudas de viaje se cuantifican en 1.000 US Dollars cada una, y su objetivo es ayudar a la asistencia y participación en el Seminario.

    Plazo de presentación de la solicitud.

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurridos cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (finaliza el 26/06/2018)

    Actualment es troba tancat el termini per al procediment

    Datos generales

    Òrgan responsable:

    Centro de Investigaciones Sociológicas

    Tipus de procediment:

    Certificacions i Cursos

    Contacte:

    gestion.sede@mpr.es

    Contacte:

    harvard@cis.es

    Informació sobre el procediment:

    ASISTENCIA AL SEMINARIO Y AYUDAS DE VIAJE PARA EL 11th SEMINAR ON SOCIOLOGICAL & POLITICAL RESEARCH CIS-RCCH 2017 HARVARD

    Plazo de presentación

    Desde:

    dimecres, 20 juny, 2018

    Hasta:

    dimarts, 26 juny, 2018

    Instrucciones del procedimiento

    Máximo de 30 plazas de las 37 existentes, para la asistencia al “11th SEMINAR ON SOCIOLOGICAL & POLITICAL RESEARCH CIS –RCCH”, y hasta un máximo de 15 ayudas de viaje para los solicitantes admitidos previamente al mismo

    La fecha límite para solicitar la admisión es el 26 de junio de 2018.

    Para ello, se deberá presentar el formulario de solicitud cumplimentado y los documentos que se detallan en el texto de la convocatoria disponible en www.cis.es.

    La selección final de adjudicatarios, se decidirá por una comisión evaluadora, nombrada por el Presidente del CIS, que valorará las solicitudes de acuerdo al sistema de baremación que figura en la convocatoria.

    Los resultados serán publicados en la web del CIS.

    Para cualquier otra información adicional sobre el seminario se puede escribir a: harvard@cis.es.

    AdjuntMida
    ANEXO I - SOLICITUD203.51 KB
    ANEXO II - DECLARACION INGRESOS248 KB
    ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE REQUISITOS384.54 KB
    ANEXO IV DECLARACION RESPONSABLE SUBVENCIONES161.41 KB
    TABLA DE CONVERSION DE CALIFICACIONES316.66 KB
    RESOLUCION DE CONVOCATORIA HARVARD 20183.62 MB
    RESOLUCION PROVISIONAL ADJUDICACION1.51 MB
    RESOLUCION DEFINITIVA DE ADJUDICACION1.44 MB

  • Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS, en materias de interés para el Organismo. Las ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS podrán ser indistintamente para investigadores individuales y/o equipos de investigación. Se consideran temáticas de carácter prevalente, pero no excluyente, los proyectos de explotación del Banco de Datos del CIS siguientes: 1. Evolución de las actitudes hacia la desigualdad de género y roles de género 2. Evolución de los sentimientos de identidad territorial de los españoles 3. Evolución de los perfiles sociales, políticos e ideológicos de los votantes de los partidos políticos 4. Evolución de los principales problemas que más preocupan y más afectan personalmente a los españoles 5. Evolución de las actitudes de los españoles hacia la democracia y la participación 6. Evolución de la percepción de los españoles sobre la situación económica 7. Evolución de las percepciones públicas sobre el medioambiente 8. Evolución de la cultura política de los jóvenes 9. Evolución sobre la valoración de los líderes políticos 10. Evolución de los principales valores y actitudes políticas e ideológicas de los españoles 11. Evolución de las actitudes hacia la inmigración 12. Evolución de los españoles ante los impuestos y el fraude fiscal .

    Actualment es troba tancat el termini per al procediment

    Datos generales

    Òrgan responsable:

    Centro de Investigaciones Sociológicas

    Tipus de procediment:

    Subvencions

    Contacte:

    gestion.sede@mpr.es

    Contacte:

    fomento_investigacion@cis.es

    Informació sobre el procediment:

    Ayudas para la explotación del banco de datos del CIS

    Plazo de presentación

    Desde:

    dilluns, 29 abril, 2019

    Hasta:

    dilluns, 27 maig, 2019

    Instrucciones del procedimiento

    Este procedimiento requiere el uso de un certificado digital reconocido por cualquiera de las entidades oficiales de certificación nacionales, o del DNI electrónico.
    Para la realización de la firma electrónica de los documentos se requiere de un componente de @firma que tarda unos minutos en descargarse, instalarse y cargarse, por favor, sea paciente y lea las instrucciones de la instalación proporcionadas.

    Convocatoria

    Resolución de la Presidencia del CIS, 22 de abril de 2019 (BOE 26/04/2019).

    Objeto

    Ayudas a equipos de investigación para la explotación del Banco de Datos del CIS

    Número de ayudas y cuantía

    • Máximo 8 ayudas de 8.000 euros cada una

    Requisitos

    Investigador principal: acreditar la condición de doctor con experiencia investigadora en el ámbito de las ciencias sociales.
    Documentación a presentar

    Solicitud (anexo II), Declaraciones responsables (Anexos III y IV), curriculum vitae (máximo 3 hojas), breve memoria del proyecto de investigación o de tesis, ver la Resolución de convocatoria.
    Plazo de presentación de solicitudes

    20 días hábiles, a partir de la publicación del extracto de la Resolución en el BOE.

    AdjuntMida
    BASES REGULADORAS204.31 KB
    ANEXO III- DECLARACION RESPONSABLE CUMPLIMIENTO REQUISITOS BENEFICIARIO203.57 KB
    ANEXO IV - DECLARACION RESPONSABLE NO SUBVENCIONES189.89 KB
    ANEXO II - SOLICITUD AYUDAS EQUIPOS INVESTIGACION226.81 KB
    RESOLUCION CONVOCATORIA AYUDAS INVESTIGACION CIS 2019242.57 KB
    PUBLICACION EN BOE DEL EXTRACTO DE CONVOCATORIA178.71 KB
    INFORME RELACIÓN PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AYUDAS 2019638.78 KB
    INFORME DE RESOLUCION PROVISIONAL AYUDAS 2019.pdf348.75 KB
    RESOLUCION DEFINITIVA AYUDAS 2019.pdf1.16 MB
    RESOLUCION DE CONVOCATORIA AMPLIACION PLAZO ENTREGA.pdf219.17 KB

    Instrucciones del procedimiento

    Para realizar el procedimiento, acceda al formulario y rellene los datos requeridos. Cuando finalice, pulse enviar. Se registrará la petición en el registro electrónico del Ministerio, y se le devolverá un justificante del registro.

  • Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS, y dos ayudas para la finalización de tesis doctorales en ciencia política o sociología, en materias de interés para el Organismo. Las ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS podrán ser indistintamente para investigadores individuales y/o equipos de investigación. Se consideran temáticas de carácter prevalente, pero no excluyente, los proyectos de explotación del Banco de Datos del CIS siguientes: 1. Evolución de las actitudes hacia la desigualdad de género y roles de género 2. Evolución de los sentimientos de identidad territorial de los españoles 3. Evolución de los perfiles sociales, políticos e ideológicos de los votantes de los partidos políticos 4. Evolución de los principales problemas que más preocupan y más afectan personalmente a los españoles 5. Evolución de las actitudes de los españoles hacia la democracia y la participación 6. Evolución de la percepción de los españoles sobre la situación económica 7. Evolución de las percepciones públicas sobre el medioambiente 8. Evolución de la cultura política de los jóvenes 9. Evolución sobre la valoración de los líderes políticos 10. Evolución de los principales valores y actitudes políticas e ideológicas de los españoles 11. Evolución de las actitudes hacia la inmigración 12. Evolución de los españoles ante los impuestos y el fraude fiscal

    Actualment es troba tancat el termini per al procediment

    Datos generales

    Òrgan responsable:

    Centro de Investigaciones Sociológicas

    Tipus de procediment:

    Subvencions

    Contacte:

    gestion.sede@mpr.es

    Contacte:

    fomento_investigacion@cis.es

    Informació sobre el procediment:

    Ayudas individuales para explotación del Banco de datos del CIS y ayudas para finalización de tesis doctorales

    Plazo de presentación

    Desde:

    dilluns, 29 abril, 2019

    Hasta:

    dilluns, 27 maig, 2019

    Instrucciones del procedimiento

    Este procedimiento requiere el uso de un certificado digital reconocido por cualquiera de las entidades oficiales de certificación nacionales, o del DNI electrónico.
    Para la realización de la firma electrónica de los documentos se requiere de un componente de @firma que tarda unos minutos en descargarse, instalarse y cargarse, por favor, sea paciente y lea las instrucciones de la instalación proporcionadas.

    Convocatoria

    Resolución de la Presidencia del CIS, 22 de abril de 2019. (BOE 26/04/2019)

    Objeto

    Ayudas individuales para la explotación del Banco de Datos del CIS y para finalización de tesis doctorales en ciencia política o sociología.

    Número de ayudas y cuantía

    • Máximo 8 ayudas de 6.000 euros cada una para la explotación del Banco de Datos del CIS.
    • 2 ayudas de 6.000euros cada una para la finalización de tesis doctorales.

    Requisitos

    Ver Resolución de convocatoria.
    Documentación a presentar

    Instancia (Anexo I), Declaraciones Responsables (Anexos III y IV), curriculum vitae (máximo 3 hojas), breve memoria del proyecto de investigación o de tesis, carta del director/a de tesis


    Plazo de presentación de solicitudes

    20 días hábiles, a partir de la publicación del extracto de la Resolución en el BOE.

    AdjuntMida
    BASES REGULADORAS204.31 KB
    ANEXO III- DECLARACION RESPONSABLE CUMPLIMIENTO REQUISITOS BENEFICIARIO203.57 KB
    ANEXO IV - DECLARACION RESPONSABLE NO SUBVENCIONES189.89 KB
    ANEXO I - SOLICITUD AYUDA INDIVIDUAL O TESIS225.74 KB
    RESOLUCION CONVOCATORIA AYUDAS INVESTIGACION CIS 2019242.57 KB
    PUBLICACION EN BOE DEL EXTRACTO DE CONVOCATORIA178.71 KB
    INFORME RELACIÓN PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AYUDAS 2019638.78 KB
    INFORME DE RESOLUCION PROVISIONAL AYUDAS 2019.pdf348.75 KB
    RESOLUCION DEFINITIVA AYUDAS 2019.pdf1.16 MB
    RESOLUCION DE CONVOCATORIA AMPLIACION PLAZO ENTREGA.pdf219.17 KB

    Requisitos técnicos

    Se requiere de un certificado digital de persona física o jurídica válido.

    En caso de que el formulario de solicitud admita ficheros adjuntos, se permite un tamaño máximo de 4MB por fichero y un total de 20 MB. Si necesita adjuntar un fichero de mayor tamaño, comprímalo usando un sistema de compresión como ZIP o RAR.

    En caso de necesitar enviar más ficheros que campos disponibles, agrupe los ficheros necesarios usando un compresor de los anteriormente mencionados.

    Para poder realizar el procedimiento será necesario disponer de versiones actualizadas de:

    Navegador(es)

    Internet Explorer/Edge, Firefox, o Google Chrome.

    AUTOFIRMA Es necesario instalar la última versión de esta aplicación para la realización de firmas electrónicas con certificado. Puede descargar la última versión desde este enlace.
    Lector de Documentos PDF Para poder acceder a los formularios en formato PDF debe tener instalado en su equipo un lector de documentos pdf.

  • Declaración de accesibilidad

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad se ha comprometido a hacer accesible este sitio web de comformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

    La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://sedempr.gob.es/

    Situación de cumplimiento

    Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

    Contenido no accesible

    El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

    • Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018:
      • Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web.
      • En el portal pueden existir contenidos en otros idiomas en los que no está etiquetado correctamente el cambio de idioma
      • Existen campos de formularios que solicitan información acerca del usuario y no se está identificando el propósito de la entrada.
    • Carga desproporcionada: No aplica.
    • Contenido que no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable: Podrían existir documentos en PDF u otros formatos ofimáticas así como páginas en HTML publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplen en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

    Preparación de la presente declaración de accesibilidad

    La presente declaración de accesibilidad fue preparada el 2 de Julio de 2019.

    El método empleado para la presente declaración ha sido una autoevaluación realizada propio Ministerio.

    Última revisión de la declaración: 2 de Octubre de 2019.

    Observaciones y datos de contacto

    • Comunicaciones: Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:
      • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
      • transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
      • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

      A través del correo electrónico: Sede.SGTSI@mpr.es

      Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Tecnologías y Servicios de Información del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

    • Solicitudes de información accesible y quejas: De acuerdo con el artículo 12 del RD 1112/2018, serán presentadas y registradas conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede iniciarse a través del siguiente enlace

    Procedimiento de aplicación

    El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 puede iniciarse a través del siguiente enlace.

    Contenido opcional

    Este sitio web cumple con los requisitos de la Norma UNE-EN 301549 v1.1.2:2015 considerando las excepciones del Real Decreto 1112/2018.

    El sitio web está optimizado para los navegadores M.S. Internet Explorer 8.0 y o versiones superiores y las últimas versiones vigentes de FireFox, Safari, Opera y Google Chrome. La resolución web mínima recomendada es de 1280x1024.

  • El Archivo Central del Ministerio de la Presidencia se encarga de la custodia de los documentos producidos o recibidos por las distintas unidades del Departamento, una vez finalizada su tramitación y transcurridos los plazos establecidos por la normativa vigente o en los calendarios de conservación.

    Acceder al procedimiento

    Datos generales

    Organo responsable:

    Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno

    Categoría:

    Archivo Central

    Contacto:

    archivocentral@mpr.es

    Regulación

    Los ciudadanos que deseen acceder a la documentación del Archivo deberán acogerse al procedimiento previsto para ello, a tenor de la legislación vigente en materia de acceso:

    Normativa básica:

    Constitución Española de 1978, artículo 105 b.

    Ley 9/1968, de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales, modificada por la Ley de 7 de octubre de 1978.

    Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 35 y 37, modificados por la disposición adicional primera de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    Decreto 242/1969, de 28 de febrero, por el que se desarrollan las disposiciones de la Ley 9/1968, de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales.

    Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.

    Orden de 24 de abril de 1997, por la que se regula el acceso al Archivo Central del Ministerio de la Presidencia.

    Orden PRE/680/2004 de 12 de marzo, por la que se modifica la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de la Presidencia

    Instrucciones para la tramitación de Asuntos en los Órganos colegiados del Gobierno (Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de julio de 1996).

    Forma de inicio: Solicitud de acceso, o a través de la Sede Electrónica del Departamento.

    Lugar de presentación: Archivo Central del Ministerio de la Presidencia, cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 o por medios electrónicos según se recoge en el art. 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

    Tramitación: Las resoluciones de las solicitudes de acceso y de consulta directa se notificarán por escrito al solicitante, con indicación de los recursos que procedan contra las mismas, el órgano administrativo o judicial ante el que deban interponerse y el plazo para hacerlo.

    En el supuesto de ser estimatorias, especificarán la forma y, en su caso, el plazo en que se facilitarán al interesado los documentos solicitados o será posible la consulta directa. Las resoluciones denegatorias serán motivadas. (R.D. 1708/2011, art. 29.1).

    Plazo de resolución: un mes, prorrogable por otro mes cuando se considere necesario y previa notificación al solicitante, desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. En la resolución se hará constar si se concede o se deniega el acceso.

    Transcurrido el plazo máximo para resolver sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud de acceso se entenderá estimada.

    Recursos: Contra toda resolución, expresa o presunta, recaida en el procedimiento regulado en el mencionado Real Decreto podrán interponerse los recursos administrativos y contencioso-administrativos que resulten procedentes de conformidad con la legislación aplicable.

    Documentación adjunta a la solicitud

    AdjuntoTamaño
    Plantilla para la relación detallada de documentos solicitados13.55 KB

    Instrucciones del procedimiento

    Para realizar el procedimiento, acceda al formulario y rellene los datos requeridos. Cuando finalice, pulse enviar. Se registrará la petición en el registro electrónico del Ministerio, y se le devolverá un justificante del registro.

    Requisitos técnicos

    Se requiere de un certificado digital de persona física o jurídica válido.

    En caso de que el formulario de solicitud admita ficheros adjuntos, se permite un tamaño máximo de 4MB por fichero y un total de 20 MB. Si necesita adjuntar un fichero de mayor tamaño, comprímalo usando un sistema de compresión como ZIP o RAR.

    En caso de necesitar enviar más ficheros que campos disponibles, agrupe los ficheros necesarios usando un compresor de los anteriormente mencionados.

    Para poder realizar el procedimiento será necesario disponer de versiones actualizadas de:

    Navegador(es)

    Internet Explorer/Edge, Firefox, o Google Chrome.

    AUTOFIRMA Es necesario instalar la última versión de esta aplicación para la realización de firmas electrónicas con certificado. Puede descargar la última versión desde este enlace.
    Lector de Documentos PDF Para poder acceder a los formularios en formato PDF debe tener instalado en su equipo un lector de documentos pdf.

  • Obligatoriedad de las condiciones generales

    Las presentes condiciones generales, disponibles con carácter permanente bajo http://datos.gob.es/datos/?q=aviso-legal, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas.

    Autorización de reutilización y cesión no exclusiva de derechos

    Las presentes condiciones generales permiten la reutilización de los documentos sometidos a ellas para fines comerciales y no comerciales. Se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de los órganos de la Administración General del Estado y los demás organismos y entidades del sector público estatal referidos en el artículo 1.2 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público estatal, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. La reutilización autorizada incluye, a modo ilustrativo, actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información.

    El concepto de documento es el establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, por lo que comprende toda información cualquiera que sea su soporte material o electrónico así como su forma de expresión gráfica, sonora o en imagen utilizada, incluyendo, en consecuencia, también los datos en sus niveles más desagregados o 'en bruto'.

    Esta autorización conlleva, asimismo, la cesión gratuita y no exclusiva de los derechos de propiedad intelectual, en su caso, correspondientes a tales documentos, autorizándose la realización de actividades de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, necesarias para desarrollar la actividad de reutilización autorizada, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo y por el plazo máximo permitido por la Ley.

    Condiciones generales para la reutilización

    Son de aplicación las siguientes condiciones generales para la reutilización de los documentos sometidos a ellas:

    1. Está prohibido desnaturalizar el sentido de la información.
    2. Debe citarse la fuente de los documentos objeto de la reutilización. Esta cita podrá realizarse de la siguiente manera: 'Origen de los datos: Ministerio de la Presidencia'.
    3. Debe mencionarse la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
    4. No se podrá indicar, insinuar o sugerir que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, titular de la información reutilizada, participa, patrocina o apoya la reutilización que se lleve a cabo con ella.
    5. Deben conservarse, no alterarse ni suprimirse los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización.

    Exclusión de responsabilidad

    La utilización de los conjuntos de datos se realizará por parte de los usuarios o agentes de la reutilización bajo su propia cuenta y riesgo, correspondiéndoles en exclusiva a ellos responder frente a terceros por daños que pudieran derivarse de ella.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no será responsable del uso que de su información hagan los agentes reutilizadores ni tampoco de los daños sufridos o pérdidas económicas que, de forma directa o indirecta, produzcan o puedan producir perjuicios económicos, materiales o sobre datos, provocados por el uso de la información reutilizada.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no garantiza la continuidad en la puesta a disposición de los documentos reutilizables, ni en contenido ni en forma, ni asume responsabilidades por cualquier error u omisión contenido en ellos.

    Responsabilidad del agente reutilizador

    El agente reutilizador se halla sometido a la normativa aplicable en materia de reutilización de la información del sector público, incluyendo el régimen sancionador previsto en el artículo 11 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

    Quedan excluidas de las anteriores Condiciones generales las imágenes que no vayan firmadas como Pool Moncloa, que no podrán ser reutilizadas por estar sometidas a derechos de propiedad intelectual o industrial por parte de terceros

  • Obligatoriedad de las condiciones generales

    Las presentes condiciones generales, disponibles con carácter permanente bajo http://datos.gob.es/datos/?q=aviso-legal, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas.

    Autorización de reutilización y cesión no exclusiva de derechos

    Las presentes condiciones generales permiten la reutilización de los documentos sometidos a ellas para fines comerciales y no comerciales. Se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de los órganos de la Administración General del Estado y los demás organismos y entidades del sector público estatal referidos en el artículo 1.2 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público estatal, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. La reutilización autorizada incluye, a modo ilustrativo, actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información.

    El concepto de documento es el establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, por lo que comprende toda información cualquiera que sea su soporte material o electrónico así como su forma de expresión gráfica, sonora o en imagen utilizada, incluyendo, en consecuencia, también los datos en sus niveles más desagregados o 'en bruto'.

    Esta autorización conlleva, asimismo, la cesión gratuita y no exclusiva de los derechos de propiedad intelectual, en su caso, correspondientes a tales documentos, autorizándose la realización de actividades de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, necesarias para desarrollar la actividad de reutilización autorizada, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo y por el plazo máximo permitido por la Ley.

    Condiciones generales para la reutilización

    Son de aplicación las siguientes condiciones generales para la reutilización de los documentos sometidos a ellas:

    1. Está prohibido desnaturalizar el sentido de la información.
    2. Debe citarse la fuente de los documentos objeto de la reutilización. Esta cita podrá realizarse de la siguiente manera: 'Origen de los datos: Ministerio de la Presidencia'.
    3. Debe mencionarse la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
    4. No se podrá indicar, insinuar o sugerir que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, titular de la información reutilizada, participa, patrocina o apoya la reutilización que se lleve a cabo con ella.
    5. Deben conservarse, no alterarse ni suprimirse los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización.

    Exclusión de responsabilidad

    La utilización de los conjuntos de datos se realizará por parte de los usuarios o agentes de la reutilización bajo su propia cuenta y riesgo, correspondiéndoles en exclusiva a ellos responder frente a terceros por daños que pudieran derivarse de ella.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no será responsable del uso que de su información hagan los agentes reutilizadores ni tampoco de los daños sufridos o pérdidas económicas que, de forma directa o indirecta, produzcan o puedan producir perjuicios económicos, materiales o sobre datos, provocados por el uso de la información reutilizada.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no garantiza la continuidad en la puesta a disposición de los documentos reutilizables, ni en contenido ni en forma, ni asume responsabilidades por cualquier error u omisión contenido en ellos.

    Responsabilidad del agente reutilizador

    El agente reutilizador se halla sometido a la normativa aplicable en materia de reutilización de la información del sector público, incluyendo el régimen sancionador previsto en el artículo 11 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

    Quedan excluidas de las anteriores Condiciones generales las imágenes que no vayan firmadas como Pool Moncloa, que no podrán ser reutilizadas por estar sometidas a derechos de propiedad intelectual o industrial por parte de terceros

  • Obligatoriedad de las condiciones generales

    Las presentes condiciones generales, disponibles con carácter permanente bajo http://datos.gob.es/datos/?q=aviso-legal, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas.

    Autorización de reutilización y cesión no exclusiva de derechos

    Las presentes condiciones generales permiten la reutilización de los documentos sometidos a ellas para fines comerciales y no comerciales. Se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de los órganos de la Administración General del Estado y los demás organismos y entidades del sector público estatal referidos en el artículo 1.2 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público estatal, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. La reutilización autorizada incluye, a modo ilustrativo, actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información.

    El concepto de documento es el establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, por lo que comprende toda información cualquiera que sea su soporte material o electrónico así como su forma de expresión gráfica, sonora o en imagen utilizada, incluyendo, en consecuencia, también los datos en sus niveles más desagregados o 'en bruto'.

    Esta autorización conlleva, asimismo, la cesión gratuita y no exclusiva de los derechos de propiedad intelectual, en su caso, correspondientes a tales documentos, autorizándose la realización de actividades de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, necesarias para desarrollar la actividad de reutilización autorizada, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo y por el plazo máximo permitido por la Ley.

    Condiciones generales para la reutilización

    Son de aplicación las siguientes condiciones generales para la reutilización de los documentos sometidos a ellas:

    1. Está prohibido desnaturalizar el sentido de la información.
    2. Debe citarse la fuente de los documentos objeto de la reutilización. Esta cita podrá realizarse de la siguiente manera: 'Origen de los datos: Ministerio de la Presidencia'.
    3. Debe mencionarse la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
    4. No se podrá indicar, insinuar o sugerir que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, titular de la información reutilizada, participa, patrocina o apoya la reutilización que se lleve a cabo con ella.
    5. Deben conservarse, no alterarse ni suprimirse los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización.

    Exclusión de responsabilidad

    La utilización de los conjuntos de datos se realizará por parte de los usuarios o agentes de la reutilización bajo su propia cuenta y riesgo, correspondiéndoles en exclusiva a ellos responder frente a terceros por daños que pudieran derivarse de ella.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no será responsable del uso que de su información hagan los agentes reutilizadores ni tampoco de los daños sufridos o pérdidas económicas que, de forma directa o indirecta, produzcan o puedan producir perjuicios económicos, materiales o sobre datos, provocados por el uso de la información reutilizada.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no garantiza la continuidad en la puesta a disposición de los documentos reutilizables, ni en contenido ni en forma, ni asume responsabilidades por cualquier error u omisión contenido en ellos.

    Responsabilidad del agente reutilizador

    El agente reutilizador se halla sometido a la normativa aplicable en materia de reutilización de la información del sector público, incluyendo el régimen sancionador previsto en el artículo 11 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

    Quedan excluidas de las anteriores Condiciones generales las imágenes que no vayan firmadas como Pool Moncloa, que no podrán ser reutilizadas por estar sometidas a derechos de propiedad intelectual o industrial por parte de terceros

  • Obligatoriedad de las condiciones generales

    Las presentes condiciones generales, disponibles con carácter permanente bajo http://datos.gob.es/datos/?q=aviso-legal, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas.

    Autorización de reutilización y cesión no exclusiva de derechos

    Las presentes condiciones generales permiten la reutilización de los documentos sometidos a ellas para fines comerciales y no comerciales. Se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de los órganos de la Administración General del Estado y los demás organismos y entidades del sector público estatal referidos en el artículo 1.2 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público estatal, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. La reutilización autorizada incluye, a modo ilustrativo, actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información.

    El concepto de documento es el establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, por lo que comprende toda información cualquiera que sea su soporte material o electrónico así como su forma de expresión gráfica, sonora o en imagen utilizada, incluyendo, en consecuencia, también los datos en sus niveles más desagregados o 'en bruto'.

    Esta autorización conlleva, asimismo, la cesión gratuita y no exclusiva de los derechos de propiedad intelectual, en su caso, correspondientes a tales documentos, autorizándose la realización de actividades de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, necesarias para desarrollar la actividad de reutilización autorizada, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo y por el plazo máximo permitido por la Ley.

    Condiciones generales para la reutilización

    Son de aplicación las siguientes condiciones generales para la reutilización de los documentos sometidos a ellas:

    1. Está prohibido desnaturalizar el sentido de la información.
    2. Debe citarse la fuente de los documentos objeto de la reutilización. Esta cita podrá realizarse de la siguiente manera: 'Origen de los datos: Ministerio de la Presidencia'.
    3. Debe mencionarse la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
    4. No se podrá indicar, insinuar o sugerir que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, titular de la información reutilizada, participa, patrocina o apoya la reutilización que se lleve a cabo con ella.
    5. Deben conservarse, no alterarse ni suprimirse los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización.

    Exclusión de responsabilidad

    La utilización de los conjuntos de datos se realizará por parte de los usuarios o agentes de la reutilización bajo su propia cuenta y riesgo, correspondiéndoles en exclusiva a ellos responder frente a terceros por daños que pudieran derivarse de ella.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no será responsable del uso que de su información hagan los agentes reutilizadores ni tampoco de los daños sufridos o pérdidas económicas que, de forma directa o indirecta, produzcan o puedan producir perjuicios económicos, materiales o sobre datos, provocados por el uso de la información reutilizada.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no garantiza la continuidad en la puesta a disposición de los documentos reutilizables, ni en contenido ni en forma, ni asume responsabilidades por cualquier error u omisión contenido en ellos.

    Responsabilidad del agente reutilizador

    El agente reutilizador se halla sometido a la normativa aplicable en materia de reutilización de la información del sector público, incluyendo el régimen sancionador previsto en el artículo 11 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

    Quedan excluidas de las anteriores Condiciones generales las imágenes que no vayan firmadas como Pool Moncloa, que no podrán ser reutilizadas por estar sometidas a derechos de propiedad intelectual o industrial por parte de terceros

  • Obligatoriedad de las condiciones generales

    Las presentes condiciones generales, disponibles con carácter permanente bajo http://datos.gob.es/datos/?q=aviso-legal, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas.

    Autorización de reutilización y cesión no exclusiva de derechos

    Las presentes condiciones generales permiten la reutilización de los documentos sometidos a ellas para fines comerciales y no comerciales. Se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de los órganos de la Administración General del Estado y los demás organismos y entidades del sector público estatal referidos en el artículo 1.2 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público estatal, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. La reutilización autorizada incluye, a modo ilustrativo, actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información.

    El concepto de documento es el establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, por lo que comprende toda información cualquiera que sea su soporte material o electrónico así como su forma de expresión gráfica, sonora o en imagen utilizada, incluyendo, en consecuencia, también los datos en sus niveles más desagregados o 'en bruto'.

    Esta autorización conlleva, asimismo, la cesión gratuita y no exclusiva de los derechos de propiedad intelectual, en su caso, correspondientes a tales documentos, autorizándose la realización de actividades de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, necesarias para desarrollar la actividad de reutilización autorizada, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo y por el plazo máximo permitido por la Ley.

    Condiciones generales para la reutilización

    Son de aplicación las siguientes condiciones generales para la reutilización de los documentos sometidos a ellas:

    1. Está prohibido desnaturalizar el sentido de la información.
    2. Debe citarse la fuente de los documentos objeto de la reutilización. Esta cita podrá realizarse de la siguiente manera: 'Origen de los datos: Ministerio de la Presidencia'.
    3. Debe mencionarse la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
    4. No se podrá indicar, insinuar o sugerir que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, titular de la información reutilizada, participa, patrocina o apoya la reutilización que se lleve a cabo con ella.
    5. Deben conservarse, no alterarse ni suprimirse los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización.

    Exclusión de responsabilidad

    La utilización de los conjuntos de datos se realizará por parte de los usuarios o agentes de la reutilización bajo su propia cuenta y riesgo, correspondiéndoles en exclusiva a ellos responder frente a terceros por daños que pudieran derivarse de ella.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no será responsable del uso que de su información hagan los agentes reutilizadores ni tampoco de los daños sufridos o pérdidas económicas que, de forma directa o indirecta, produzcan o puedan producir perjuicios económicos, materiales o sobre datos, provocados por el uso de la información reutilizada.

    El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad no garantiza la continuidad en la puesta a disposición de los documentos reutilizables, ni en contenido ni en forma, ni asume responsabilidades por cualquier error u omisión contenido en ellos.

    Responsabilidad del agente reutilizador

    El agente reutilizador se halla sometido a la normativa aplicable en materia de reutilización de la información del sector público, incluyendo el régimen sancionador previsto en el artículo 11 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

    Quedan excluidas de las anteriores Condiciones generales las imágenes que no vayan firmadas como Pool Moncloa, que no podrán ser reutilizadas por estar sometidas a derechos de propiedad intelectual o industrial por parte de terceros

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