TÍTULO VI · Envasado, etiquetado y rotulación

Art. 12

Art. 13

13.2 13.3 La información del etiquetado de los envases de los productos sujetos a esta Reglamentación que vayan destinados al consumidor final o a restaurantes, hospitales u otros establecimientos y colectividades similares, constará obligatoriamente de las siguientes especificaciones: