TÍTULO VI · Envasado, etiquetado y rotulación
Art. 12
Art. 13
13.2 13.3 La información del etiquetado de los envases de los productos sujetos a esta Reglamentación que vayan destinados al consumidor final o a restaurantes, hospitales u otros establecimientos y colectividades similares, constará obligatoriamente de las siguientes especificaciones: