CAPÍTULO PRELIMINAR · Objeto
Artículo 1. Objeto
Este real decreto tiene por objeto autorizar las categorías de acuerdos, decisiones, recomendaciones y prácticas concertadas o conscientemente paralelas a las que se refiere el artículo 5 de Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, ordenar el procedimiento para la concesión de autorizaciones singulares previsto en el artículo 4 de la citada ley y regular el Registro de defensa de la competencia.