CAPÍTULO I · Exenciones por categorías

Artículo 2. Exenciones por categorías

Artículo 3. Retirada de la exención

Artículo 4. Acuerdos excluidos del régimen de exención

Cuando por su naturaleza o contenido un acuerdo no se ajuste exactamente a ninguna de las categorías exentas, las partes deberán solicitar la autorización singular por el procedimiento previsto en el artículo 38 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, y en este real decreto.