Sección 1.ª Impuesto sobre el Valor Añadido

Artículo 68. Lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el apartado dos del artículo 70 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 69. Tipos impositivos reducidos

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el número 1.º, del apartado uno.1 del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 70. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2021

Con efectos desde 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica la disposición transitoria decimotercera de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma: