Sección 4.ª Impuestos Especiales

Artículo 82. Impuesto sobre Hidrocarburos

Primero. Con efectos desde el 1 de julio de 2018 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: Dos. Se modifican el primer párrafo y la Tarifa 1.ª del apartado 1 del artículo 50, que quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 83. Exenciones en el Impuesto Especial sobre el Carbón

Con efectos desde el 1 de julio de 2018 y vigencia indefinida, se añade un apartado 4 al artículo 79 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 84. Impuesto Especial sobre la Electricidad

Con efectos desde el 1 de julio de 2018 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: