CAPÍTULO I · Disposiciones generales
Artículo 12. Naturaleza
Artículo 13. Ámbito territorial
2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.