Programa Colegios Bilingües Región de Murcia (CBM) e incorporación al nuevo programa Sistema de Enseñanza Bilin

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
    • Consejería de Educación y Universidades
      • Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad

Código y denominación

1118 - Programa Colegios Bilingües Región de Murcia (CBM) e incorporación al nuevo programa Sistema de Enseñanza Bilingüe Español-Inglés

Objeto

Dictar instrucciones a los centros de Educación primaria adscritos al Programa Colegios Bilingües Región de Murcia (CBM) de cara a la adaptación de dicho programa a la nueva estructura curricular derivada de la implantación de la LOMCE en nuestra Comunidad Autónoma, durante el curso 2014/15.

Establecer el procedimiento a seguir para que los centros pertenecientes al programa CBM que lo deseen se adscriban al programa Sistema de enseñanza bilingüe. (SEBI).

Destinatarios

Administraciones y Empresas.

Los centros educativos que impartan Educación Primaria, adscritos al programa Colegios Bilingües Región de Murcia

Requisitos

1. Comisión de valoración

Las solicitudes de los centros presentadas serán estudiadas por una comisión de valoración que comprobará si se cumple con los requisitos necesarios para la modalidad solicitada. En caso de no disponer de profesorado necesario para esta modalidad, la comisión de valoración emitirá un informe proponiendo su adscripción a la modalidad y áreas para la cual el centro disponga de recursos suficientes.Composición de la comisión de valoración

Presidente:

La Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad o persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Inspección de educación.Un representante de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.Un representante de la Dirección General de Centros Educativos.Dos representantes de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, distribuidos de la siguiente manera:

i. Un representante del Servicio de Ordenación Académica

ii. Un representante del Servicio de Programas Educativos que actuará como secretario.

2. Tramitación del procedimiento

Corresponde al Jefe de Servicio de Programas Educativos o, en su caso, en quien designe la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad la instrucción del procedimiento.Corresponde a la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad la resolución del mismo.Concluido el plazo de presentación de solicitudes se constituirá la comisión de valoración que se reunirá al efecto, para analizarlas y valorarlas, conforme a los requisitos establecidos en la resolución de 2 de junio y elaborar la lista provisional de centros admitidos, con la propuesta de modalidad de adscripción, y en su caso, la lista de excluidos, indicando las causas de exclusión.El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución provisional con las listas de centros propuestos y centros excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y a efectos meramente informativos en la página web (www.carm.es/ceue/), concediendo un plazo de 10 días naturales para presentar alegaciones.Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso por los interesados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva, que contendrá la relación de centros seleccionados con indicación de la modalidad concedida.La resolución definitiva de la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad se publicará igualmente en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.

El plazo máximo para dictar y notificar dicha resolución definitiva será de cuatro meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.

 

Documentación

  • Solicitud según modelo normalizado
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Solicitud de participación. (Anexo I/Anexo II).
    2. Acta de aprobación del Claustro de profesores del centro.
    3. Acta de aprobación del Consejo escolar
    4. Propuesta del profesor/a candidato a la coordinación.
    5. Para aquellos centros que soliciten adscribirse al nuevo sistema de enseñanza bilingüe en la modalidad intermedia o avanzada y las áreas que propongan impartir sean diferentes de las cursadas en el presente curso adjuntarán la documentación acreditativa del nivel de ingles de todo el profesorado que impartirá el programa SEBI conforme a los requisitos contemplados en la resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, por la que se define el Programa Sistema de Enseñanza Bilingüe Español-Inglés en Educación primaria y se convocan adscripciones de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia para el curso 2014/15,
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