Inscripción de constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia (código 1785)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Solicitar la inscripción de la constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

Las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones deberán inscribirse en el Registro de Asociaciones a los solos efectos de publicidad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la Constitución Española y 10.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, y es garantía tanto para los terceros que con ellas se relacionan como para sus propios miembros.

Se regirán por su legislación específica: los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones empresariales, las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios; así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales. En este sentido existen Registros Específicos por lo que habrá que referenciar la citada legislación en el articulado de los estatutos para su adecuada inscripción en el Registro correspondiente.

El artículo 7.1.d de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece que los fines y actividades de la asociación han de estar descritos de forma precisa en los estatutos.

Dirección postal del Registro de Asociaciones:

C/ Isaac Albéniz nº 4, Entresuelo- 30071 MURCIA.

Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.

Secretaría General.

Consejería de Presidencia y Hacienda.

Dirección electrónica del Registro de Asociaciones:

asociaciones@carm.es

Destinatarios

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Asociaciones cuyo ámbito territorial es la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y HACIENDA (A14028305)

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas de constituir una Asociación de ámbito regional en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

Inscripción de constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia

  • Acta
    (Obligatorio / No original)
    Acta Fundacional de la Asociación
  • Estatutos
    (Obligatorio / No original)
    Un ejemplar de Estatutos de la Asociación que se solicita inscribir, que debe ir firmado en todas sus páginas, al menos por el Presidente/a y el Secretario/a de la Asociación.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
  • Justificante del pago de la tasa
    (Obligatorio / No original)
    Justificante del pago de la Tasa T010.2 General de Administración, para la primera inscripción de constitución de una Asociación en el Registro.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: SECRETARIO/A GENERAL PRESIDENCIA Y HACIENDA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

Normativa


Preguntas frecuentes

¿Cuál es el mínimo de personas para asociaciones en Murcia?
¿Cómo puedo llamar al registro de asociaciones de Murcia?
¿Para que sirve el registro de asociaciones de Murcia?
¿Dónde está el registro de asociaciones en Murcia?
¿Qué tasa tengo que pagar para el registro de asociaciones en Murcia?
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