BECAS AL ALUMNADO PARTICIPANTE EN LA ETAPA DE PRÁCTICAS NO LABORALES DEL PROGRAMA DE ESCUELAS PROFESIONALES

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Incrementar las posibilidades de inserción laboral de los participantes del Programa de Formación Profesional Dual @aprendizext, concediendo subvenciones destinadas a becas del alumnado participante en las prácticas profesionales no laborales.

Destinatarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios de las becas objeto de la presente convocatoria el alumnado participante en la etapa de prácticas no laborales de los proyectos del Programa de Formación Profesional Dual @prendizext derivados de las convocatorias establecidas en la Orden de 29 de diciembre del 2014 y en la Orden de 17 de febrero de 2015 y siempre que cumplan lo establecido en el artículo 12 y Capítulos II y IV del Decreto 100/2013, de 18 de junio.

Plazo de presentación

En el plazo de 15 días hábiles desde la finalización de las prácticas no laborales o en el caso de abandono del proyecto por causa justificada, por enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de quince días desde la fecha de efectividad de dicho abandono

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Decreto 96/2016, de 5 de julio, por el que se regulan los Programas de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura” y “Unidades de Promoción y Desarrollo”, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a dichos programas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº132, de 11-07-16)

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo para la resolución y notificación será de 6 meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en las oficinas de registro integradas en el Sistema de Registro Único implantado por el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada.

Cumplir los requisitos de las bases de la convocatoria y en particular los establecidos en el artículo 12.2 y 3, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La cuantía de la beca a percibir por el/la alumno/a será de 9,00 € por día lectivo. Los/as alumnos/as no percibirán las becas correspondientes a los días lectivos que no hayan asistido, su justificación se realizará a través de los partes de asistencia presentados por la entidad promotora.

La solicitud (Anexo IV) se acompañará de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del D.N.I, para el caso que no se autorice a consultar sus datos de identidad personal. Cuando éste sea nacional de otro país comunitario deberá aportar copia compulsada del número de identificación de extranjero y además, si es nacional de terceros países copia compulsada del permiso de trabajo y residencia.

b) Alta de terceros (en el caso de no estar dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura).

c) En el supuesto de no autorizar al órgano gestor, certificado acreditativo de no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Decreto 96/2016, de 5 de julio, por el que se regulan los Programas de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura” y “Unidades de Promoción y Desarrollo”, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a dichos programas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº132, de 11-07-16)

Director/a General de Formación para el Empleo.

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo para la resolución y notificación será de 6 meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en las oficinas de registro integradas en el Sistema de Registro Único implantado por el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada.

í?rgano gestor

(SEXPE) D. GRAL. DE FORMACIí?N PARA EL EMPLEO
SAN SALVADOR, 9
06800 MERIDA
dgfe.sexpe@extremaduratrabaja.net
924027380

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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